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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de diciembre de 2010 430517 Artículo 3º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese. ROLANDO A. ESTEBAN MOSCOSO Secretario de Descentralización DIRECTIVA Nº 004-2010-PCM/SD “NORMAS ESPECÍFICAS PARA LA VERIFICACIÓN Y EFECTIVIZACIÓN DEL PROCESO DE TRANSFERENCIA DEL PROGRAMA DE COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA DEL MIMDES A LOS GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES DE LA PROVINCIA DE LIMA” 1. OBJETIVO. La presente Directiva tiene por objetivo establecer los procedimientos y plazos para la verifi cación y efectivización del proceso de transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA a cargo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del MIMDES, a favor de los gobiernos locales distritales de la provincia de Lima. 2. BASE LEGAL. 2.1. Ley Nº 25307: Ley que crea el Programa de apoyo a la labor alimentaria de las Organizaciones Sociales de Base. 2.2. Ley Nº 27783: Ley de Bases de la Descentralización establece entre otros el régimen especial para la provincia de Lima Metropolitana precisando que las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a las Municipalidades Distritales. 2.3. Ley Nº 27867: Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. 2.4. Ley Nº 27972: Ley Orgánica de Municipalidades, entre otros establece que es función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales ejecutar el Programa Vaso de Leche y demás programas de apoyo alimentario con participación de la población y en concordancia con la legislación sobre la materia. 2.5. Ley Nº 29597: Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. 2.6. Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM: Que aprueba Reglamento de la Ley Nº 25307. 2.7. Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM: que aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”. 2.8. Decreto Supremo Nº 078-2007-EF: A través del cual se dispone que el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA, continúe ejecutando el PCA para el caso de Lima Metropolitana. 3. ALCANCES Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de aplicación a los Titulares, funcionarios, servidores públicos y personal en general, de los Gobiernos Locales Provincial y Distritales de Lima, así como, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; que se encuentren vinculados con la entrega y recepción del Programa de Complementación Alimentaria – PCA del MIMDES. 4. DEFINICIONES Para los efectos de la presente Directiva, cuando se haga mención a los términos que se señalan a continuación, se entenderán referidos a: 4.1 Programa de Complementación Alimentaria - PCA: Programa que tiene como objetivo otorgar un complemento alimentario a la población en situación de pobreza o extrema pobreza, grupos vulnerables: niñas, niños, personas con TBC, adultos mayores y personas con discapacidad en situación de riesgo moral, abandono y víctimas de violencia familiar y política. Esta se realiza a través de la población organizada y centros de atención, ubicados en zonas marginales y rurales 4.2 Recursos asociados al PCA: Recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario directamente vinculados al PCA, que deberán ser transferidos por el MIMDES a los Gobiernos Locales Distritales verifi cados, para la gestión descentralizada de acuerdo a la Matriz de Delimitación de los roles de los niveles de gobierno. 4.3 Gobiernos Locales Verifi cados: A los Gobiernos Locales Distritales verifi cados por la Secretaría de Descentralización y declarados como aptos para la transferencia del PCA. 4.4 Gobiernos Regionales: Aquellos Gobiernos Regionales acreditados con quienes el MIMDES ha culminado la transferencia de funciones previstas en los artículos 50º y 60º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en cuyo ámbito se ejecutan el Programa de Complementación Alimentaria. 4.5 Efectivización: Etapa por la cual se formaliza la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria, comprende un conjunto de pasos y plazos que se detallan en la presente directiva. 4.6 Acta de Entrega y Recepción: Documento mediante el cual el Titular del Pliego MIMDES y el Alcalde Distrital o a quienes éstos deleguen, efectivizan la transferencia de funciones y recursos asociados del Programa de Complementación Alimentaria. Tiene efecto y fuerza legal, al dar cumplimiento a lo establecido en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización. El Acta de Entrega y Recepción va acompañada del respectivo Informe Final. 4.7 Informe Final: Documento elaborado por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social conteniendo la información y documentación materia de transferencia tales como: lineamientos de política, normas y procedimientos para la gestión descentralizada y el respectivo acervo documentario; documentos técnicos sobre el personal, bienes, recursos presupuestales y cualquier otra información, resultante del ordenamiento legal, técnico y administrativo vinculados a la transferencia del PCA. 4.8 Comisión Sectorial de Transferencia: Conjunto de funcionarios representantes del MIMDES designados por Resolución Ministerial, encargados de realizar las acciones correspondientes para la transferencia de las funciones sectoriales, fondos, programas, proyectos a los Gobiernos Regionales y Locales. 4.9 Grupo de Trabajo del MIMDES para la transferencia del PCA: Conformado por funcionarios representantes del PRONAA, designados por su Director Ejecutivo; a fi n de realizar las acciones correspondientes para la efectivización de la transferencia del PCA. 4.10 Comisión Local de Transferencia del Gobierno Local Distrital: Conformado por el Gerente Municipal, el Gerente de Planifi cación y Presupuesto, el Gerente de Desarrollo Social, el Gerente de Administración o quienes hagan sus veces; a fi n de encargarse de realizar las acciones correspondientes para recibir la transferencia del PCA. 4.11 Decreto Supremo de transferencia de recursos. Norma legal mediante el cual se da por concluido el proceso de efectivización de la transferencia de funciones, recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario asociados a la transferencia del PCA. 4.12 Convenio de Gestión: Acuerdo que deberá suscribir el MIMDES con cada uno de los Gobiernos Locales Distritales, que han concluido el proceso de transferencia, en el cual se establecen las obligaciones y responsabilidades de las partes; así como se defi nirán los objetivos, metas e indicadores, con el objeto de garantizar una gestión efi caz y efi ciente del PCA.