Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2010 (08/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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a) Los contribuyentes que tengan expedientes en tramite sobre reclamaciones y/o impugnaciones, demanda contenciosa administrativa, accion de MORDAZA en tramite ante la Municipalidad, Tribunal Fiscal o Poder Judicial, salvo que presenten su solicitud de desistimiento de acuerdo a las normas del procedimiento administrativo, tributario, contencioso tributario y/o procesal civil, segun corresponda, caso contrario solo podran acogerse por la parte de la deuda no reclamada. b) Los contribuyentes que hubieren abonado y/o fraccionado el total de sus obligaciones con anterioridad a la entrada en vigencia del presente dispositivo. c) Aquellos contribuyentes que mantengan deuda en cobranza coactiva y que MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se les MORDAZA trabado Embargo en forma de Retencion. Articulo 14º.- PLAZO DE VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia desde el 09 de Diciembre al 28 de Diciembre del 2010. DISPOSICIONES FINALES Primero: Durante la vigencia de la presente Ordenanza, quedara suspendida la Ordenanza Municipal Nº 084-MDCH, de fecha 27 de MORDAZA del 2004, referida al Reglamento de Fraccionamiento de Incentivo al pago total de deudas Tributarias y no Tributarias. Segundo: Se encarga a la Subgerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Oficina de Ejecucion Coactiva, Subgerencia de Tecnologia de la Informacion y Comunicaciones, y Subgerencia de Tesoreria; el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, debiendo todas las demas dependencias de la Municipalidad prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Tercero: Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como tambien para establecer su prorroga de ser el caso. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 575486-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Regulan forma de pago de obligaciones tributarias y no tributarias mediante la ejecucion de obras de infraestructura vial y ornato
ORDENANZA Nº 316-C/MC Comas, 26 de noviembre de 2010. EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el expediente administrativo Nº 21310.2010, que contiene la comunicacion presentada por la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades son organos de gobierno local que esten investidos de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y rigen su accionar conforma a la Ley Organica de Municipalidades y demas leyes y normas tecnicas que, con arreglo a la constitucion, regulan el funcionamiento y actividades del sector publico nacional, entre las que se encuentran las de caracter tributario;

Que, el Articulo 192º de la Constitucion establece que "Las municipalidades tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales [...]", lo cual es concordante con el articulo 60º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada con Decreto Legislativo Nº 776 y con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, asi como con el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, en su Articulo 32º establece las formas de pago de la deuda tributaria, precisando en el parrafo MORDAZA que "... Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza Municipal, podran disponer que el pago de sus tasas y contribuciones se realice en especie; los mismos, que seran valuados, segun el valor de MORDAZA en la fecha en que se efectuen..."; Que, es politica de la presente gestion municipal dictar medidas que favorezcan el desarrollo de la comunidad, otorgar facilidades a los contribuyentes para el pago de sus obligaciones tributarias, reducir el indice de morosidad y trabajar para alcanzar las metas institucionales; Que mediante Informe Nº 148-2010-GAT/MC, la Gerencia de Administracion Tributaria senala que, conforme a lo dispuesto en el Art. 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades pueden modificar, suprimir o exonerar tributos dentro de los limites establecidos por ley; y, por su parte, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, con Informe Nº 537-2010-GDU/MC, senala que, en el caso de aprobarse lo solicitado en el documento de visto, "la Municipalidad, a traves del organo correspondiente, debe aprobar el expediente tecnico, supervisar y valorizar las obras que se ejecuten", de modo que dicha valorizacion corresponda y pueda ser utilizada para "compensar sus obligaciones tributarias pendientes de pago", lo cual exige que la ejecucion de la obra se enmarque en los planes institucionales, que el expediente tenga la viabilidad y el expediente tecnico aprobados, que se efectue la supervision correspondiente, a fin de que la valorizacion de la misma pueda ser reconocida como pago de la obligacion tributaria pendiente; Que, la Gerencia de Asuntos Juridicos, a traves del informe Nº 332-2010-GAJ/MC, de fecha 25 de noviembre del 2010, senala que es viable lo sostenido en el Informe de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y que para tal efecto es necesario emitir la correspondiente ordenanza; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades el Pleno del Concejo Municipal, luego de las deliberaciones correspondientes, aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA FORMA DE PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS, CON LA EJECUCION DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y ORNATO Articulo 1º.- Finalidad La finalidad de la presente Ordenanza es aprobar la forma de pago de obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de cancelacion, mediante ejecucion de obras de infraestructura vial y ornato en la jurisdiccion del distrito de Comas, asi como los requisitos que deberan cumplir los contribuyentes interesados. Articulo 2º.- Alcances Las disposiciones de comprende a: la presente Ordenanza

a. Los contribuyentes que manifiestan su voluntad de canje, la que se concretiza con la MORDAZA de la solicitud respectiva b. Las Unidades Organicas de la Municipalidad en lo que sea de su competencia. Articulo 3º.- Definiciones a. Deuda.- Esta constituida por la Obligacion Tributaria y Administrativas pecuniarias. b. Deudor.- Persona natural o juridica obligada al pago de la deuda.

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