Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de diciembre de 2010 430553 VISTO, el Ofi cio Nº 578-2010-SNCP/ST de fecha 3 de diciembre de 2010 de la Secretaria Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial – SNCP, por el cual eleva a la Presidencia del Consejo Nacional de Catastro, la Directiva Nº 02-2010-SNCP/ST denominada “Estructura de Datos Gráfi cos de la Base de Datos Catastral Urbana del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial - SNCP”; elaborada por el equipo técnico de la Secretaría Técnica y aprobada por los miembros del Consejo Nacional de Catastro del SNCP en la sesión realizada el jueves 02 de Diciembre de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28294, se creó el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios - SNCP, con la fi nalidad de regular la integración y unifi cación de los estándares, nomenclaturas y procesos técnicos de las diferentes Entidades Generadoras de Catastro en el país, Que, de conformidad con los incisos d) y f) del artículo 8º de la Ley Nº 28294, es facultad del Consejo Nacional de Catastro, aprobar las normas técnicas requeridas para la integración catastral y su vinculación con el Registro de Predios, así como establecer los estándares y especifi caciones técnicas para la formulación, actualización y mantenimiento de la información catastral. Asimismo, el artículo 3º inciso a) del Reglamento de la citada Ley, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-JUS, dispone que, la Base de Datos Catastral – BDC, es el conjunto de datos gráfi cos y alfanuméricos que describen las características físicas, jurídicas y económicas de predios catastrados; que, el artículo 33º del Reglamento de la Ley Nº 28294, establece que la administración de la información de la Base de Datos Catastral - BDC es acopiada, integrada, custodiada y difundida por la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial – SNCP y gestionada por un Sistema de Información Geográfi ca - SIG; y; Que, por Resolución Nº 002-2008-SNCP/CNC el Consejo Nacional de Catastro delega la administración de la Base de Datos Catastrales - BDC y del Sistema de Información Catastral – SIC al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley Nº 28294, establece que el Contenido de la Base de Datos Catastrales está compuesta por toda la documentación, actual o antigua, que describe al predio con datos alfanuméricos y gráfi cos; que, el Artículo 35º del Reglamento de la citada Ley, establece que, el Consejo Nacional de Catastro aprobará el diseño y la Estructura de la Base de Datos Catastral; Que, para efectos de facilitar la transferencia e intercambio de información catastral entre las Entidades Generadoras de Catastro, la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial y el Registro de Predios, resulta necesario establecer la normalización y homogenización de estructuras de datos catastrales; Que, la Secretaría Técnica ha propuesto ante el Consejo Nacional de catastro la Directiva Nº 02-2010- SNCP/ST denominada Estructura de Datos Gráfi cos de la Base de Datos Catastral Urbana del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial - SNCP. Que, siendo el Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial-SNCP, el Ente Rector de la Gestión Catastral a nivel nacional, y en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 1º, 6º y 8º de la Ley Nº 28294, emite la Directiva Nº 02-2009-SNCP/ST denominada “Estructura de Datos Gráfi cos de la Base de Datos Catastral Urbana del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial”; Que, estando a lo acordado y de conformidad con lo dispuesto; RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 02-2010-SNCP/ ST Estructura de Datos Gráfi cos de la Base de Datos Catastral Urbana del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial-SNCP, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las Entidades Generadoras de Catastro son las responsables de la correcta aplicación y cumplimiento de la presente Directiva, de acuerdo a su competencia. La Secretaría Técnica Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial-SNCP supervisará dicho cumplimiento. Artículo 3º.- La presente Resolución, será publicada en la página web del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial-SNCP. Artículo 4º.- La presente Resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALVARO DELGADO SCHEELJE Superintendente Nacional de los Registros Públicos – SUNARP Presidente del Consejo Nacional de Catastro del SNCP DIRECTIVA Nº 02-2010-SNCP/ST “Estructura de Datos Gráfi cos de la Base de Datos Catastral Urbana del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial-SNCP” I. FINALIDAD La presente Directiva tiene por fi nalidad aprobar la Estructura de Datos Gráfi cos de la Base de Datos Catastral Urbana del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial - SNCP, a fi n de estandarizar y homogenizar los datos que permitan intercambiar y almacenar la información catastral de los predios y su vinculación con el Registro de Predios. II. ALCANCE La presente Directiva es de aplicación obligatoria para todas las Entidades Generadoras de Catastro. III. BASE LEGAL - Ley Nº 28294, que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios. - Decreto Supremo Nº 005-2006-JUS, Reglamento de la Ley Nº 28294. - Resolución Jefatural Nº 079-2006-IGN/OAJ/DGC - Resolución Jefatural Nº 112-2006-IGN/OAJ/DGC/J - Resolución Ministerial Nº 381-2008-PCM. IV. CONTENIDO Los siguientes Anexos forman parte de la presente Directiva: a. Anexo 01: Estructura de Datos Gráfi cos de la Base de Datos Catastral Urbana (Modelo Catastral Urbano - Diccionario de Datos). b. Anexo 02: Modelo Entidad-Relación de la Estructura de Datos Gráfi cos de la Base de Datos Catastral Urbana. Los mencionados Anexos serán publicados en la Página Web del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial SNCP. V. REMISIÓN DE LA BASE DE DATOS CATASTRAL - BDC La remisión de la Base de Datos Catastral Urbana de la Entidad Generadora de Catastro se realizará según los procedimientos establecidos en la Directiva Nº 02- 2009-SNCP/ST denominada “Declaración de Zona Catastrada”. VI. RESPONSABILIDAD Las Entidades Generadoras de Catastro son responsables de la correcta aplicación y cumplimiento de la presente Directiva, de acuerdo a su competencia. La Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial – SNCP supervisará dicho cumplimiento. 575510-1