TEXTO PAGINA: 60
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de diciembre de 2010 430992 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 113351-2009, de fecha 09 de setiembre de 2009, promovido por los copropietarios ANTONIO ANGELOS GAZIS NAVARRO, MARLENE MARÍA TUESTA FLORES, OSWALDO ARROYO NOVOA, GLADYS ISABEL CORTEZ HERRERA, DELTA LUISA LANFRANCO LAYSECA, MARÍA IBETH LANFRANCO LAYSECA, CARLOS ALBERTO LANFRANCO LAYSECA, CARMEN ELSA LANFRANCO LAYSECA, CECILIA ABEDUL LANFRANCO LAYSECA, LOURDES PATRICIA LANFRANCO LAYSECA, ADA EUGENIA LANFRANCO LAYSECA, SANDRA LORENA LANFRANCO LAYSECA y LUIS EUGENIO LANFRANCO LAYSECA, solicitan la Subdivisión de Lote Urbano Sin Obras Complementarias, del terreno de 609.10 m², califi cado con zonifi cación Comercio Zonal - CZ, constituido por el Sub Lote Nº 1-A de la Mz. I1,de la Urbanización Los Cipreses, ubicado con frente a la Av. Oscar R. Benavides (antes Av. Colonial) Nº 2509, esquina con la Av. Aurelio García García Nº 1116, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 199-2010-MML-GDU- SPHU-DSAC, de fecha 15 de junio de 2010 (fs. 141 al 144), emitido por la División de Subdivisión y Acciones Complementarias de esta Subgerencia, manifi esta que de acuerdo a la Ordenanza Nº 893-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 27 de diciembre del 2005, que aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo del Cercado de Lima, el terreno materia del presente está califi cado con el Uso de Comercio Zonal - CZ; asimismo el Reglamento Nacional de Edifi caciones, en el Capítulo II de la Norma GH.010, establece que las subdivisiones constituyen las particiones de predios ya habilitados y se sujetan a las condiciones propias de los lotes normativos de cada zonifi cación; además en la aludida Ordenanza establece que el tamaño de Lote para uso de comercio es el existente o según proyecto; Que, el citado Informe agrega que, la propuesta presentada los cuatro (04) Sublotes resultantes de la Subdivisión del Lote matriz denominados SUBLOTE 1-A- 1 con un área del terreno: 160.20 m², SUBLOTE 1-A-2 con un área del terreno: 153.60 m², SUBLOTE 1-A-3 con un área del terreno: 151.60 m² y SUBLOTE 1-A-4 con un área del terreno: 143.80 m², los lotes resultantes tienen frente a la vía pública a la Av. Oscar R. Benavides y Av. Aurelio García y García, respectivamente, con lo que la accesibilidad e integración a la trama urbana estaría resuelta; en consecuencia y en aplicación a la Ordenanza Nº 893-MML y el Reglamento Nacional de Edifi caciones se considera procedente lo solicitado; Que, asimismo añade, que el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 1188-MML, que ratifi ca la Vigencia del Decreto Ley Nº 19543 y su modifi catoria aprobado por Decreto Supremo Nº 038-85-VC, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 14 de noviembre de 2008; señala que en todos los casos de Subdivisiones sin Cambio de Uso se hará efectivo el aporte para Parque Zonales (correspondiente al 2% del valor arancelario del predio), como condición ineludible para el otorgamiento de la respectiva Resolución; Que, en atención a ello, por Ofi cio Nº 1467-2010- MM-GDU-SPHU de fecha 23 de julio de 2010 (fs. 145) se requiere a los administrados que deberán acreditar el pago efectuado a SERPAR-LIMA en cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza Nº 1188-MML, arriba descrito; Que, mediante los Documento Simple Nº 105681-2010 de fecha 26 de julio de 2010 (fs. 163) los administrados adjuntan el Recibo de Ingresos Nº 0071248 de fecha 26 de julio de 2010 (fs.164), emitido por SERPAR-LIMA, que acreditan la cancelación del aporte para Parques Zonales del área de 12.18 m², que asciende a la suma de S/.1,959.27 (Mil novecientos cincuentinueve y 27/100 Nuevos Soles); correspondiente al proceso de Subdivisión de Lote Urbano Sin Obras Complementarias del terreno de 609.10 m²; Que, mediante Informe Nº 347-2010-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 25 de octubre de 2010 (fs. 219 al 221), el Área Legal de esta Subgerencia manifiesta, en lo que corresponde verificar legalmente, los administrados han cumplido con acreditar la copropiedad e inscripción del terreno objeto de Subdivisión el mismo que encuentra inscrito en la Ficha Nº 327092 y continua en la Partida Nº 40246908, del Registro de Predios, obrantes a fojas 27 al 40 y 175; respecto al pedido formulado estando a la evaluación técnica efectuada y en atención Ordenanza Nº 893-MML y el Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE, esta Subgerencia deberá declarar procedente la Subdivisión de Lote Urbano sin Obras Complementarias, del inmueble constituido por el Sub Lote Nº 1-A de la Mz. I1,de la Urbanización Los Cipreses, ubicado con frente a la Av. Oscar R. Benavides (antes Av. Colonial) Nº 2509, esquina con la Av. Aurelio García García Nº 1116, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; Con el visto bueno de la División de Subdivisiones y Acciones Complementarias y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Ley Nº 27444, Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE; Ordenanzas Metropolitanas Nº 893-MML-MML, Nº 1188-MML; SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR, la Subdivisión de Lote Urbano sin Obras Complementarias, del terreno de 609.10 m², califi cado con zonifi cación Comercio Zonal - CZ, constituido por el Sub Lote Nº 1-A de la Mz. I1, de la Urbanización Los Cipreses, ubicado con frente a la Av. Oscar R. Benavides (antes Av. Colonial) Nº 2509, esquina con la Av. Aurelio García García Nº 1116, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima. La autorización que se autoriza se conforma de la siguiente manera: Denominación Área en m2 Frente SUB LOTE 1 – A1 160.20 9.50 SUB LOTE 1 – A2 153.60 8.00 SUB LOTE 1 – A3 151.50 8.00 SUB LOTE 1 – A4 143.80 8.00 Las características de los Sub-Lotes resultantes fi guran en el Plano signado con el Nº 008-2010-MML-GDU-SPHU y la Memoria Descriptiva signada con el Nº 003-2010-MML- GDU-SPHU, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- NOTIFICAR la presente Resolución a los copropietarios ANTONIO ANGELOS GAZIS NAVARRO, MARLENE MARÍA TUESTA FLORES, OSWALDO ARROYO NOVOA, GLADYS ISABEL CORTEZ HERRERA, DELTA LUISA LANFRANCO LAYSECA, MARÍA IBETH LANFRANCO LAYSECA, CARLOS ALBERTO LANFRANCO LAYSECA, CARMEN ELSA LANFRANCO LAYSECA, CECILIA ABEDUL LANFRANCO LAYSECA, LOURDES PATRICIA LANFRANCO LAYSECA, ADA EUGENIA LANFRANCO LAYSECA, SANDRA LORENA LANFRANCO LAYSECA y LUIS EUGENIO LANFRANCO LAYSECA, conforme a Ley. Artículo 3º.- OFICIAR la presente Resolución a la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, SERPAR – LIMA, al Instituto Metropolitano de Planifi cación - IMP, a la Sub Gerencia de Autorizaciones Urbanas y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras, de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, al Instituto Catastral de Lima – ICL, para su conocimiento y fi nes pertinentes, acorde a sus competencias. Artículo 4°.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a cargo de los administrados, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROSA CACERES VALENCIA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 577514-1