Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2010 (15/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de diciembre de 2010

El deficit de los aportes de Recreacion Publica y Otros fines fueron cancelados a esta entidad edilicia segun consta en el MORDAZA considerando. El deficit de los aportes para Parques Zonales, Renovacion MORDAZA y Ministerio de Educacion sera redimido en dinero ante las entidades competentes previo a la Recepcion de Obras. La zonificacion ZRP no esta afecta a aportes reglamentarios segun ordenanza 836-MML AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con el Proyecto de Obras Generales de Agua Potable y Alcantarillado del proyecto de Agua para Todos del sector San MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en dicho esquema; correspondiendo ademas, tomar conocimiento SEDAPAL, sobre la fecha de inicio y termino de las obras. ENERGIA ELECTRICA: Electricidad.- Los interesados deberan solicitar a LUZ DEL SUR la instalacion definitiva de las obras parciales ejecutadas correspondientes a las redes primarias y secundarias de energia electrica publica y domiciliaria, los cuales seran ejecutados de acuerdo a los planes de expansion de dicha compania. PAVIMENTACION DE PISTAS Y VEREDAS: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, sera necesario efectuar una evaluacion de la superficie del terreno natural, eliminando el que contenga restos organicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adicion de material granular, mezclandose con riego sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como minimo el 95% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice C.B.R. minimo de 20 Las particulas solidas de esta MORDAZA tendran un diametro MORDAZA de 2". Base.- Posterior a la MORDAZA anterior debe colocarse una MORDAZA de base afirmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diametros MORDAZA de 1 ½"), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactacion se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como minimo el 95% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice de C.B.R. de 80. Se procurara una superficie MORDAZA y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicacion de una futura MORDAZA asfaltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura .- Suelo estabilizado. Aceras.- Sera de concreto simple de 4" de espesor con una resistencia a la compresion axial de f´c=140 Kg./ cm2, construido sobre una base granular de 4" de espesor compactada al 100% de la densidad seca del MORDAZA estandar. Sardineles.- Se construira sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construira en ambos lados. El vertido del concreto debera realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregacion de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberan construirse, con un pavimento de las mismas caracteristicas de las calzadas adyacentes. Asi tambien estas quedaran en tierra nivelada compactada. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construiran rampas peatonales,

que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas tecnicas NTE U.190 adecuacion urbanistica para personas con discapacidad, aprobadas por R.M. Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero de 2001. Articulo Tercero.- DISPONER, que el Lote Nº 08 y Nº 09 de la Manzana "A" y Nº 03 de la Manzana "B" queden como garantia de pago del Ministerio de Educacion, Parques Zonales y Renovacion MORDAZA respectivamente, los cuales se redimira en dinero previo a la recepcion de obra de conformidad con el Articulo 10 de la Ordenanza 836-MML. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de treinta (30) dias calendario contados a partir de su notificacion a cargo de los interesados. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos para los efectos de la inscripcion de la Habilitacion MORDAZA, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, al MINISTERIO DE EDUCACION; a SERPAR ­ MORDAZA, a EMILIMA, y a los interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA YAFAC MORDAZA Subgerente Planificacion MORDAZA y Catastro

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MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan plazo de beneficio de regularizacion de obligaciones tributarias y no tributarias otorgado mediante Ordenanza Nº 247-MDS
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2010-MDS
Surquillo, 30 de noviembre de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; VISTO, el Informe Nº 057-2010-GR-MDS de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 1667-10-SGAT-GR-MDS de fecha 30 de noviembre de 2010 de la Sub Gerencia de Administracion Tributaria, relativos a la prorroga de la fecha de vencimiento del Beneficio de Regularizacion de Obligaciones Tributarias y No Tributarias para deudores del distrito de Surquillo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 247-MDS se aprobo el Beneficio de Regularizacion de Obligaciones Tributarias y No Tributarias para deudores del distrito de Surquillo, estableciendose como fecha de termino el 30 de noviembre de 2010; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza citada faculta al MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, prorrogue los plazos de aplicacion de los beneficios de la regularizacion de las obligaciones tributarias y no tributarias; Que, en atencion a los Informes de Vistos, resulta conveniente seguir brindando las facilidades expuestas en la precitada Ordenanza ante la respuesta positiva de los vecinos en cuanto a su acogimiento para la regularizacion de sus obligaciones tributarias y no tributarias, disponiendose la prorroga con arreglo a las facultades contenidas en la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 247-MDS; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades;

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