Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (15/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de diciembre de 2010 430996 en el portal estatal (www.psce.gob.pe) y en el portal institucional (www.municallao.gob.pe). POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PIO SALAZAR VILLARAN Alcalde del Callao 577455-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Establecen Régimen de Incentivos Tributarios a favor de Contribuyentes ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2010-MPH Huaral, 30 de noviembre de 2010. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que establece el Régimen de Incentivos Tributarios; y, CONSIDERANDO; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modifi car, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. Asimismo, el Artículo 41º del citado Código, prescribe que: “Excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar el tributo. Que, en ese sentido, las Municipalidades pueden establecer benefi cios y facilidades de pago a sus administrados con la fi nalidad de regularizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de las sanciones administrativas teniendo en cuenta la capacidad contributiva y la mejora en la calidad de vida de los vecinos de Huaral. Que, mediante Informe Técnico Nº 021-2010-GAT/ MPH de fecha 02 de Setiembre de 2010, la Gerencia de Administración Tributaria indica que el Programa de Modernización Municipal (PMM) y el Plan de Incentivos para la mejora de la Gestión Municipal (PI) se crean con la fi nalidad de impulsar reformas que permitan lograr el crecimiento y el desarrollo sostenible de la economía local y la mejora de su gestión, en el marco del proceso de descentralización y mejora de la competitividad. El objetivo principal es incentivar a los gobiernos locales para que se modernicen y avancen hacia un enfoque por resultados; por lo que se hace necesario establecer un Régimen de Incentivos Tributarios y No Tributarios que contribuya a que el Administrado en forma voluntaria, honre sus compromisos. Que, con Informe Nº 069-2010-MPH/GTTSV, la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, informa que existen papeletas de infracción que se encuentran en calidad de incobrables durante muchos años y en algunos casos se encuentran en la Sub Gerencia de Ejecutoría coactiva, por lo que es conveniente que se genere una política municipal de facilidades de pago; señalando que se hace necesario establecer el Régimen de Incentivos que permita al administrado honrar de forma voluntaria las deudas adquiridas con la Municipalidad Provincial de Huaral. Que, a través del Informe Nº 575-2010-MPH-GDU, la Gerencia de Desarrollo Urbano señala que a fi n de brindar los mecanismos necesarios a efecto que los administrados puedan cumplir con las deudas no tributarias que tienen con la entidad edil, se debe canalizar los instrumentos con la fi nalidad de aplicar lo dispuesto en la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones y Ley Nº 29476 que Modifi ca y Complementa la Ley Nº 29090 y mejorar los ingresos municipales, por lo que se debe desarrollar la normatividad relacionada con la implementación del “Programa de Regularización de Edifi caciones Ejecutadas sin Licencia de Obra y Benefi cio de Condonación de Parte de la Multa por Regularización” y “Ampliación de Plazo del Benefi cio de Pago con Descuentos de Multas Administrativas establecidas en la Ordenanza Municipal Nº 001-2010-MPH generadas por la Gerencia de Desarrollo Urbano”; considerando conveniente que se proponga al Concejo Municipal el otorgamiento de benefi cios para aquellos que se cojan al cumplimiento de las normas municipales. Que, a través del Informe Nº 401-2010-MPH-GAT/ CECCH, la Ofi cina de Asesoría Jurídica señala que de acuerdo al numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal aprobar las Ordenanzas Municipales en concordancia con el Artículo 40º primer párrafo del mismo cuerpo legal; por lo que, resulta procedente otorgar beneficios tributarios y administrativos a nivel de gobierno local. Asimismo, con Informe Nº 236-2010- MPH-GM, la Gerencia Municipal recomienda elevar los actuados al Pleno de Sesión de Concejo a fi n que se apruebe el Proyecto de Ordenanza para el régimen de Incentivos Que, a través de Dictamen Nº 006-2010-MPH-CAEP, la Comisión de Administración, Economía y Planeamiento indica que el presente Proyecto de Ordenanza tiene por fi nalidad facilitar al administrado honrar sus compromisos de pago con el Municipio en forma voluntaria, reduciendo de esta manera los niveles de morosidad y mejorar la efi ciencia en las recaudaciones que permita adecuarnos a la Ley de Modernización Municipal y el Plan de Incentivos por Transferencias. Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 9º, Numeral 8) y Numeral 16) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, y con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que establece el Régimen de Incentivos Tributarios a favor de los Contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Huaral, cuyo objeto es: “Reducir los niveles de morosidad, aplicables a los administrados deudores por sus obligaciones tributarias y administrativas, contraídas y/o por contraer con la Municipalidad Provincial de Huaral”, cuyo texto forma parte integrante como anexo de la presente norma. Artículo Segundo.- El periodo de vigencia de la presente Ordenanza será por 30 días útiles, contados a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- Suspéndase, por el plazo de vigencia de la presente Ordenanza Municipal, toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente norma facultándose al Alcalde para que, mediante Decreto prorrogue los plazos y dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para su aplicación. Artículo Cuarto.- DISPONER a la Sub Gerencia de Sistemas y Cooperación Internacional, la publicación del íntegro de la presente Ordenanza en la Página Web de esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (wwww.peru.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 577631-1