Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2010 (15/12/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES
Senor Gerente General:

430989

b.2 Registro Unico de Contribuyentes (R.U.C.), de ser el caso; b.3 Objeto social y actividad economica principal (comercial, industrial, construccion, transporte, etc.); b.4 Identificacion de los Administradores considerando la informacion requerida para las personas naturales, en lo que resulte aplicable; b.5 Identificacion de los socios o asociados que tengan directa o indirectamente mas del 5% del capital social, aporte o participacion de la persona juridica, considerando la informacion requerida para las personas naturales, en lo que resulte aplicable; b.6 Personas juridicas vinculadas al cliente, en caso corresponda; b.7 Ubicacion y telefonos de la oficina o local principal, agencias, sucursales u otros locales donde desarrollan las actividades propias al giro de su negocio; b.8 Representantes, considerando la informacion requerida en el caso de personas naturales; b.9 Finalidad de la relacion a establecerse con la empresa. 3. Medio y Oportunidad La informacion senalada en el numeral precedente, debera ser remitida a las empresas de seguros de conformidad con los Anexos que se adjuntan a la presente circular, cuando se solicite la emision o renovacion de una poliza de seguros. Para efectos de supervision del cumplimiento de la presente Circular, los corredores de seguros deberan conservar MORDAZA del cargo de la recepcion de los formatos de reportes en el archivo correspondiente al seguro intermediado. Si en un seguro contratado o renovado, el tomador o contratante y asegurado son personas distintas, se debera presentar un formulario de reporte de informacion por cada uno. Los Anexos 1, 2, 3 y 4 forman parte integrante de la presente circular y se publican en el MORDAZA electronico institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. 4. Sanciones El incumplimiento de la obligacion senalada en la presente circular constituye infraccion grave segun lo senalado en el inciso 39) del numeral II "Infracciones graves" del Anexo III "Infracciones especificas del sistema de seguros", de Reglamento de Sanciones aprobado por Resolucion SBS N° 816-2005 y sus modificatorias y sancionada segun las normas contenidas en el mismo. 5. Vigencia La presente Circular entra en vigencia a los treinta (30) dias de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Sirvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, asi como de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualizacion trimestral, correspondiente al periodo diciembre 2010 ­ febrero 2011, del monto MORDAZA de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depositos, senalado en el articulo 153º de la mencionada Ley General, disponiendose su publicacion en virtud de lo senalado en el Decreto Supremo N° 0012009-JUS. En tal sentido, el monto MORDAZA de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depositos durante el periodo diciembre 2010 ­ febrero 2011 se indica a continuacion:
COBERTURA DEL FONDO DE SEGURO DE DEPOSITOS Monto en Nuevos Soles DICIEMBRE 2010 ­ FEBRERO 2011 (*) 85,793

(*) Actualizacion para el trimestre diciembre 2010 ­ febrero 2011 en base a la Variacion IPM diciembre 1998 ­ noviembre 2010: 1.38375730 Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

577227-1

UNIVERSIDADES
Disponen otorgar duplicado de diploma del grado de Bachiller en Ingenieria Electrica de la Universidad Nacional del Centro del Peru
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCION Nº 1064-CU-2010
Huancayo, 29 de noviembre de 2010 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 216744 de fecha 20 de octubre del 2010, por medio el cual don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita Duplicado del Diploma de Grado de Bachiller en Ingenieria Electrica, por perdida. CONSIDERANDO: Que, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita duplicado de diploma del Grado de Bachiller en Ingenieria Electrica, por perdida; el Diploma de Grado de Bachiller fue expedido el 06.06.1989, Diploma registrado con el Nº 504, registrado a Fojas 394 del Tomo 014 - B, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el item 4 de la Directiva Nº 001-2006-SG-UNCP; Que, mediante la Resolucion Nº 01304-CU-2007 del 19.01.2007, la Universidad aprueba la "Directiva para otorgar Duplicado de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales expedidos por la Universidad Nacional del Centro del Peru"; Que, con Resoluciones Nº 1525-2006-ANR y 18952006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedicion de Duplicados de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626, por medio del cual faculta a las universidades

577239-1

Actualizan monto MORDAZA de cobertura del Fondo de Seguro de Depositos correspondiente al trimestre diciembre 2010 - febrero 2011
CIRCULAR Nº B-2194-2010
MORDAZA, 10 de diciembre de 2010 CIRCULAR Nº B ­ 2194 - 2010 F - 534 - 2010 CM ­ 382 - 2010 CR - 250 - 2010 --------------------------------------------------Ref.: Actualizacion del monto MORDAZA de cobertura del Fondo de Seguro de Depositos correspondiente al trimestre diciembre 2010 ­ febrero 2011 ----------------------------------------------------

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.