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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (16/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de diciembre de 2010 431056 - Derecho de licencia de edifi cación.- Reducción en 50% del derecho de licencia - Multa por construir sin licencia.- Anulación del 100%. b. Uso Comercial o Industrial hasta 500 m2: - Derecho de trámite.- Reducción en 50% - Derecho de licencia de edifi cación.- Se mantiene en 0.61% del Valor de Obra - Multa por construir sin licencia.- Se reduce la multa al 0.5% del Valor de Obra. c. Uso Comercial o Industrial mayor a 500 m2: - Derecho de trámite.- Reducción en 50% - Derecho de licencia de edifi cación.- Se mantiene en 0.61% del Valor de Obra - Multa por construir sin licencia.- Se reduce la multa al 1.5% del Valor de Obra. Artículo 3º.- En mérito a la presentación del expediente de regularización acogiéndose a la presente Ordenanza, se suspenderá por tres meses el proceso de la multa en el estado que se encuentre (vía administrativa o proceso coactivo), luego del cual si no se concluye satisfactoriamente, el procedimiento continuará su trámite correspondiente. Artículo 4º.- Para acogerse a la presente Ordenanza se presentará los siguientes requisitos: a. Formulario FUE y Anexo D por triplicado debidamente suscritos, b. Copia Literal de Dominio expedida por el Registro de Predios con vigencia máximo de 30 días, c. Si el solicitante no es propietario presentará además documentación que acredite su derecho a edifi car y represente al titular, d. Si el solicitante es Persona Jurídica, acompañará vigencia de poder expedida por Registro de Personas Jurídicas con vigencia máximo de 30 días, e. Boleta de Habilitación de Profesional de profesionales que suscriben la documentación técnica, f. Presupuesto de la obra calculado en base al cuadro de Valores Unitarios ofi ciales de Edifi cación, g. Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorio, h. Recibo de pago por derecho de revisión de la Comisión Ad Hoc de ser el caso, i. Documentación Técnica por duplicado y debidamente fi rmados y sellados por los profesionales correspondientes y por el propietario: - Plano de Ubicación y Localización según formato, - Plano de Arquitectura, - Carta de seguridad de obra fi rmado por Ing. Civil colegiado, - Memoria Descriptiva fi rmado por el profesional responsable de obra, - Plano de Seguridad de Obra y Evacuación amoblado de ser de caso cuando se requiera la intervención de los delegados Ad Hoc del INDECI o el CGBVP. Artículo 5º.- Quedan comprendidos automáticamente dentro de la presente Ordenanza, aquellos contribuyentes cuyos expedientes se encuentran en trámite de regularización de licencia de obra y que no hayan sido resueltos, ni se les haya expedido la Resolución de Gerencia de Regularización de Licencia de Edifi cación. Artículo 6º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento de la presente Ordenanza; y a la Secretaría General su publicación de la Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en los medios de comunicación de la Municipalidad. Artículo 7º.- Dispénsase del trámite de lectura y aprobación de Acta a fi n de que la presente Ordenanza se publique de inmediato. Regístrese, comuníquese y cúmplase MIGUEL ANGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 577606-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Amplían plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 269-MDL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 15-2010-ALC-MDL Lince, 9 de diciembre del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: VISTOS: El Memorándum Nº 720-2010-MDL-OAT, de la Oficina de Administración Tributaria, el Informe Nº 7742010-MDL-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Vo. Bo. de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 269-MDL, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el día 05 de junio del 2010, se aprobó la Regularización y Saneamiento de Resoluciones de Multas Administrativas o Resoluciones de Sanción Administrativa, teniendo como vigencia noventa (90) días calendario; Que, asimismo, en mérito a la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 269-MDL, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza, así como, para establecer la prórroga de este benefi cio, de ser el caso; Que, por Decreto de Alcaldía Nº 014-2010-ALC- MDL, de fecha 02 de setiembre del 2010, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, el 11 de setiembre del 2010, fue ampliado el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 269-2010 por 90 (noventa) días calendario, el cual vence indefectiblemente el 10 de diciembre del 2010; Que, mediante documento de vistos, la Ofi cina de Administración Tributaria, hace suyo el Informe el Nº 363- 2010-MDL-OAT-UEC, de fecha 07 de diciembre de 2010, emitido por la Unidad de Ejecución Coactiva, la misma que informa sobre el estado situacional de las multas administrativas, en vía coactiva, que se encuentran con benefi cio otorgado a mérito de la Ordenanza Nº 269-MDL, precisándose que a la fecha, aún continúa en proceso la Campaña de Sinceramiento de Multas Administrativas, encontrándose en la etapa de trabar Medidas Cautelares a los infractores que han sido ubicados, asimismo, se viene recuperando gran parte de la cartera pesada por concepto de Multas Administrativas; Que, asimismo, la Unidad de Ejecución Coactiva, está realizando las verifi caciones del caso a fi n de agotar todas las acciones y mecanismos de cobranza, a través de RENIEC, SUNAT, etc., y existiendo dentro de este universo, multas de cobranza dudosa, sugiere ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 269-MDL, por un periodo similar, es decir, de 90 (noventa) días calendario; Que, estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Art. 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 269-MDL, por 90 (NOVENTA) días calendario, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto. Artículo Segundo.- Encargar a la Ofi cina de Administración Tributaria y a las Unidades de Recaudación y Control, y Ejecución Coactiva, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 577724-1