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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (16/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de diciembre de 2010 431054 POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 09 de diciembre del 2010, el Dictamen N° 287-2010-MML- CMAEO, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 1145, QUE REGLAMENTA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MUNICIPAL Y REGIONAL DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo 1º.- De la modifi catoria Modifíquense los artículos 2º y 5º de la Ordenanza Nº 1145, que reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo Municipal y Regional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con el objeto de adecuarla a los nuevos dispositivos legales que regulan el proceso de presupuesto participativo basado en resultados, con los siguientes textos: “Artículo 2º.- Base Legal - Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización. - Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. - Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria la Ley Nº 27902. - Ley Nº 27293 – Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y sus modifi catorias. - Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. - Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modifi catoria la Ley Nº29298. - Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que precisan criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el presupuesto participativo. - Resolución Directorial Nº 007-2010-EF/76.01, que aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 – Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en resultados”. “Artículo 5º.- Defi niciones Básicas Para efectos del presente Reglamento, se considerará: Presupuesto Participativo.- (…) Agentes Participativos.- (…) Equipo Técnico.- Son los funcionarios de la Corporación Municipal que brindan soporte técnico al proceso y a la actuación de los Agentes Participantes, facilitan información para el desarrollo de los Talleres de Trabajo, realizando la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos propuestos, así mismo preparan y presentan la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y fi nanciera, carecen de facultad de voto. Está integrado por: - Por la Municipalidad Metropolitana de Lima: • El Gerente de Planifi cación, quién presidirá el Equipo Técnico. • El Gerente de Finanzas. • El Gerente de Participación Vecinal. - Por el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana: • El Subgerente Regional de Planeamiento y Presupuesto. • El Subgerente Regional de Administración y Finanzas. • El Subgerente Regional de Infraestructura. Podrá además estar integrado por profesionales provenientes de la Sociedad Civil con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto. Plan de Desarrollo Concertado.- (…) Plan Estratégico Institucional.- (…) Objetivos del Presupuesto Participativo.- - Hacer más efi ciente la asignación y ejecución en el gasto de los recursos municipales y regionales en base a resultados de acuerdo a las prioridades consideradas en los objetivos de los Planes de Desarrollo Concertado y en los Programas Estratégicos del Presupuesto por Resultados, teniendo como valor principal el involucrar a la población en una perspectiva de participación, pero también haciéndola responsable de mejorar los ingresos, es decir una participación con responsabilidad tributaria. - Reforzar la relación entre la municipalidad y sus ciudadanos y organizaciones a fi n de que los proyectos de inversión estén orientados y claramente articulados a productos y resultados específi cos que la población necesite. - Involucrar y participar a la sociedad civil en la gestión municipal y regional. Talleres de Trabajo.- (…) Comité de Vigilancia.- Está compuesto por cuatro (4) miembros que representan a la sociedad civil, debiendo ser de diferentes distritos. Tendrán vigencia durante el ejercicio fi scal para el cual fueron elegidos. Su trabajo es Ad-Honorem, por tanto no recibirán retribución pecuniaria alguna. Los miembros del Comité de Vigilancia son elegidos por los agentes participantes en el Taller de Priorización y Formalización de Acuerdos, debiendo ser reconocidos formalmente por el Concejo Metropolitano de Lima, para lo cual deberán cumplir con los requisitos establecidos en la normativa legal vigente”. Artículo 2º.- De la actualización Modifíquense los artículos 6º, 7º y 8º de la Ordenanza Nº 1145, que Reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo Municipal y Regional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fi n de reemplazar toda mención al “Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01” por la del “Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01”, además de suprimir en lo que corresponde al Proceso antes indicado, la mención al ejercicio presupuestal. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 13 de diciembre de 2010 MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitano de Lima Encargado de la Alcaldia 578743-1 Derogan la Ordenanza Nº 1466 ORDENANZA Nº 1477 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 09 de diciembre del 2010, el pedido formulado por el señor Teniente Alcalde, Encargado de la Alcaldía; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA Nº 1466 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO EL 02 DE DICIEMBRE DEL 2010 Artículo Primero.- Derogar la Ordenanza Nº 1466, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 02 de diciembre