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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (21/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de diciembre de 2010 431254 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL RR. Adms. Nºs. 283, 284 y 285-2010-CE-PJ.- Crean Juzgados de Paz en los Centros Poblados Natividad y Progreso, así como en la Comunidad Nativa Limón Cocha, Distritos Judiciales de Ayacucho y Loreto 431272 Res. Adm. Nº 369-2010-CE-PJ.- Felicitan labor de magistrada provisional, servidor de la Gerencia General y de perito en diseño y actualización del Sistema para el Cálculo de Intereses y de Compensación por Tiempo de Servicios y de la Tabla de Cálculo 431274 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 41-2010-CED-CSJLI/PJ.- Disponen que Juzgados en materia de Familia Civil - Tutelar conozcan de manera aleatoria procesos en Materia Tutelar que tengan su origen en un Juzgado Civil, salvo en supuestos de prevención 431275 Res. Adm. Nº 42-2010-CED-CSJLI/PJ.- Aclaran alcances de la Res. Adm. N° 35-2010-CED-CSJLI/PJ mediante la cual se dispuso la remisión a la Mesa de Partes de diversos expedientes nuevos ingresados a juzgados penales con reos en cárcel de Lima 431276 Res. Adm. Nº 957-2010-P-CSJLI-PJ.- Felicitan a magistrados y trabajadores de la Corte Superior de Justicia de Lima que participaron como expositores en programa radial “El Juez en la Radio” 431277 Fe de Erratas Res. Adm. Nº 956-2010-P-CSJLI/PJ 431278 ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Rectifi cación RR. N°s. 472 y 473-2010-CNM 431278 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Ordenanza Nº 021-2010-MPMN.- Aprueban adecuación de municipalidad delegada por la de Municipalidad del Centro Poblado de Titire, ubicada en el distrito de San Cristóbal 431278 Ordenanza Nº 026-2010-MPMN.- Aprueban adecuación de funcionamiento de Municipalidad por la de Municipalidad del Centro Poblado de Sacuaya, ubicado en el distrito de Cuchumbaya 431280 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO Acuerdo Nº 021-2010-MDPN.- Exoneran de proceso de selección la contratación de la obra del Proyecto de inversión “Construcción de Boulevard Del Pisco, Pistas y Veredas en el Distrito de Pueblo Nuevo, Provincia y Departamento de Ica” 431283 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29635 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE LIBERTAD RELIGIOSA Artículo 1º.- Libertad de religión El Estado garantiza el derecho fundamental de toda persona a la libertad de religión reconocido y amparado por la Constitución Política del Perú y por los tratados internacionales ratifi cados por el Estado peruano. El ejercicio público y privado de este derecho es libre y tiene como único límite tanto la protección del derecho de los demás al ejercicio de sus libertades públicas y derechos fundamentales como la protección del orden, la salud y moral públicos. Artículo 2º.- Igualdad ante la ley Toda persona natural es igual ante la ley. Se prohíbe toda acción u omisión que discrimine a una persona en razón de sus creencias religiosas. El Estado reconoce la diversidad de las entidades religiosas. En igualdad de condiciones, gozan de los mismos derechos, obligaciones y benefi cios. Artículo 3º.- Ejercicio individual de la libertad de religión La libertad de religión comprende, entre otros, el ejercicio de los siguientes derechos: a. Profesar la creencia religiosa que libremente se elija y cambiar o abandonar la que se tenga en cualquier momento, conforme al procedimiento propio de cada iglesia, confesión o comunidad religiosa. En todo caso, se respeta la libertad religiosa individual. b. Practicar de forma individual o colectiva, en público o en privado, los preceptos religiosos de su confesión, sus ritos y actos de culto. c. Recibir asistencia religiosa por su confesión. Las instituciones públicas competentes adoptan las medidas y normas necesarias para facilitar la asistencia religiosa en el ámbito de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, en las prisiones, en los centros públicos hospitalarios, asistenciales y otros bajo su dependencia. d. Elegir para sí o para los menores o los incapaces sujetos a su patria potestad, dentro y fuera del ámbito escolar, la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. e. Reunirse o manifestarse públicamente con fi nes religiosos y asociarse para desarrollar comunitariamente sus actividades religiosas. f. Conmemorar las festividades y guardar el día de descanso que se considere sagrado en su religión, debiéndose armonizar los derechos de los trabajadores con los de la empresa o administración pública para la que labore, y de