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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (21/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de diciembre de 2010 431264 cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección de Participación Comunitaria de la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al cirujano dentista César Antonio Torres Nonajulca en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección de Participación Comunitaria de la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud, dando por concluida su designación dispuesta por la Resolución Ministerial Nº 615-2009/MINSA. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 580478-3 Declaran la “Alerta Verde” en los Establecimientos de Salud a nivel nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1006-2010/MINSA Lima, 20 de diciembre del 2010 Visto el Expediente Nº 10-104266-001, que contiene el Informe Técnico Nº 021-2010-PMV-DG-OGDN/MINSA, de la Ofi cina General de Defensa Nacional; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 517-2004/ MINSA, se aprobó la Directiva Administrativa Nº 036- 2004/MINSA-V.01, “Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres”, cuyo objeto es establecer los lineamientos y procedimientos para la aplicación de la Declaratoria de Alertas ante emergencias y desastres a nivel nacional; Que, la referida Directiva establece que la Alerta Verde es la situación de expectativa ante la posible ocurrencia de un evento adverso o destructivo, lo cual determina que las dependencias de salud efectúen las acciones preparativas; Que, mediante Informe Técnico Nº 021-2010-PMV-DG- OGDN/MINSA, el Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional, emitió opinión señalando que estando próximas las celebraciones por fi estas navideñas y año nuevo estas generan el desplazamiento masivo de personas al interior del país, entre otras situaciones que hacen necesario adecuar la capacidad de respuesta del sector salud, como medida preventiva, a fi n de poder atender de forma oportuna y adecuada a las personas que pudieran verse afectadas por un evento adverso; Estando a lo informado por la Ofi cina General de Defensa Nacional; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la “Alerta Verde” en los Establecimientos de Salud a nivel nacional a partir de las 20.00 horas del día jueves 23 de diciembre de 2010, hasta las 08.00 horas del día lunes 03 de enero de 2011. Artículo 2º.- Disponer que las Direcciones Regionales de Salud, de conformidad a la Directiva Administrativa Nº 036-2004/MINSA-V.01, “Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres”, aprobado con Resolución Ministerial Nº 517-2004/MINSA, podrán incrementar la alerta al nivel que corresponda, siempre y cuando el área comprometida corresponda a su jurisdicción. Artículo 3º.- La Ofi cina General de Defensa Nacional, a través de las Direcciones de Salud y Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces, se encargarán de difundir, supervisar y evaluar la aplicación de la presente Resolución. Artículo 4º.- La Ofi cina General de Comunicaciones dispondrá la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 580526-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Modifican la R.M. Nº 279-2004-TR y aprueban la Directiva General Nº 001- 2010-MTPE/3/17.3 “Instructivo para la aplicación de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral y Regulación del Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 318-2010-TR Lima, 17 de diciembre de 2010 VISTOS: Ofi cios N°s. 1244 y 1264-2010-MTPE/3, del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Informe N° 063-3010-MTPE/4/9.3, de la Jefa de la Ofi cina de Organización y Modernización; el Ofi cio N°1063-2010-MTPE/4/9, del Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Ofi cio N°433- 2010-MTPE/4/13 del Jefe de la Ofi cina de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Ofi cio Nº 126-2010-MTPE/3/17.3, del Director (e ) de la Dirección de Migración Laboral; y, CONSIDERANDO: Que, el 25 de junio de 2003, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores de la Comunidad Andina aprobó la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral, que tiene como objetivo el establecimiento de normas que permitan de manera progresiva y gradual la libre circulación y permanencia de los nacionales andinos en la Subregión con fi nes laborales bajo relación de dependencia; Que, la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral es una norma comunitaria que tiene como objeto regular la migración laboral andina, esto es, el movimiento, derechos, libertades y obligaciones de los trabajadores migrantes andinos en el espacio comunitario; Que, la importancia de lograr la libre circulación y permanencia de los trabajadores, radica en tratar a cualquier trabajador andino como uno nacional, sin que existan mayores requisitos o topes para su ingreso al trabajo dependiente, siendo resaltante además que, la integración del mercado de trabajo andino permitirá la estandarización de las productividades de los trabajadores, promoviendo su empleabilidad y su calidad de vida; Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial Nº 279-2004-TR del 28 de octubre de 2004, se dictan disposiciones para el cumplimiento de la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migración Laboral;