Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2010 (21/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 21 de diciembre de 2010

cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Direccion de Participacion Comunitaria de la Direccion General de Promocion de la Salud del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al cirujano dentista MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nonajulca en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Direccion de Participacion Comunitaria de la Direccion General de Promocion de la Salud del Ministerio de Salud, dando por concluida su designacion dispuesta por la Resolucion Ministerial Nº 615-2009/MINSA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 580478-3

Articulo 3º.- La Oficina General de Defensa Nacional, a traves de las Direcciones de Salud y Direcciones Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces, se encargaran de difundir, supervisar y evaluar la aplicacion de la presente Resolucion. Articulo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones dispondra la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la direccion electronica http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 580526-1

Declaran la "Alerta Verde" en los Establecimientos de Salud a nivel nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1006-2010/MINSA MORDAZA, 20 de diciembre del 2010 Visto el Expediente Nº 10-104266-001, que contiene el Informe Tecnico Nº 021-2010-PMV-DG-OGDN/MINSA, de la Oficina General de Defensa Nacional; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 517-2004/ MINSA, se aprobo la Directiva Administrativa Nº 0362004/MINSA-V.01, "Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres", cuyo objeto es establecer los lineamientos y procedimientos para la aplicacion de la Declaratoria de Alertas ante emergencias y desastres a nivel nacional; Que, la referida Directiva establece que la Alerta MORDAZA es la situacion de expectativa ante la posible ocurrencia de un evento adverso o destructivo, lo cual determina que las dependencias de salud efectuen las acciones preparativas; Que, mediante Informe Tecnico Nº 021-2010-PMV-DGOGDN/MINSA, el Director General de la Oficina General de Defensa Nacional, emitio opinion senalando que estando proximas las celebraciones por MORDAZA navidenas y ano MORDAZA estas generan el desplazamiento masivo de personas al interior del MORDAZA, entre otras situaciones que hacen necesario adecuar la capacidad de respuesta del sector salud, como medida preventiva, a fin de poder atender de forma oportuna y adecuada a las personas que pudieran verse afectadas por un evento adverso; Estando a lo informado por la Oficina General de Defensa Nacional; Con el visado del Director General de la Oficina General de Defensa Nacional, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la "Alerta Verde" en los Establecimientos de Salud a nivel nacional a partir de las 20.00 horas del dia jueves 23 de diciembre de 2010, hasta las 08.00 horas del dia lunes 03 de enero de 2011. Articulo 2º.- Disponer que las Direcciones Regionales de Salud, de conformidad a la Directiva Administrativa Nº 036-2004/MINSA-V.01, "Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres", aprobado con Resolucion Ministerial Nº 517-2004/MINSA, podran incrementar la alerta al nivel que corresponda, siempre y cuando el area comprometida corresponda a su jurisdiccion.

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Modifican la R.M. Nº 279-2004-TR y aprueban la Directiva General Nº 0012010-MTPE/3/17.3 "Instructivo para la aplicacion de la Decision Nº 545, Instrumento MORDAZA de Migracion Laboral y Regulacion del Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 318-2010-TR MORDAZA, 17 de diciembre de 2010 VISTOS: Oficios N°s. 1244 y 1264-2010-MTPE/3, del Viceministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral; el Informe N° 063-3010-MTPE/4/9.3, de la Jefa de la Oficina de Organizacion y Modernizacion; el Oficio N°1063-2010-MTPE/4/9, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Oficio N°4332010-MTPE/4/13 del Jefe de la Oficina de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones; el Oficio Nº 126-2010-MTPE/3/17.3, del Director (e ) de la Direccion de Migracion Laboral; y, CONSIDERANDO: Que, el 25 de junio de 2003, el Consejo MORDAZA de Ministros de Relaciones Exteriores de la Comunidad MORDAZA aprobo la Decision Nº 545, Instrumento MORDAZA de Migracion Laboral, que tiene como objetivo el establecimiento de normas que permitan de manera progresiva y gradual la libre circulacion y permanencia de los nacionales andinos en la Subregion con fines laborales bajo relacion de dependencia; Que, la Decision Nº 545, Instrumento MORDAZA de Migracion Laboral es una MORDAZA comunitaria que tiene como objeto regular la migracion laboral MORDAZA, esto es, el movimiento, derechos, libertades y obligaciones de los trabajadores migrantes andinos en el espacio comunitario; Que, la importancia de lograr la libre circulacion y permanencia de los trabajadores, radica en tratar a cualquier trabajador MORDAZA como uno nacional, sin que existan mayores requisitos o topes para su ingreso al trabajo dependiente, siendo resaltante ademas que, la integracion del MORDAZA de trabajo MORDAZA permitira la estandarizacion de las productividades de los trabajadores, promoviendo su empleabilidad y su calidad de vida; Que, en ese sentido, mediante Resolucion Ministerial Nº 279-2004-TR del 28 de octubre de 2004, se dictan disposiciones para el cumplimiento de la Decision Nº 545, Instrumento MORDAZA de Migracion Laboral;

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