TEXTO PAGINA: 6
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de diciembre de 2010 431258 Designan Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada - PMAAP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0764-2010-AG Lima, 16 de diciembre de 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 2056-2010-AG-DGIH de fecha 03 de diciembre de 2010 del Director General de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica, y el Informe Nº 109- 2010-AG-DGIH-DP-PMAAP de fecha 09 de setiembre del 2010 emitido por el Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0564-96-AG, modifi cada por Resolución Ministerial N° 0131-98-AG, se crea el Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada, con la fi nalidad de administrar y supervisar la maquinaria pesada y agrícola e implementos adquirida para la ejecución de obras de encauzamiento de ríos y canales, defensas ribereñas y prestación de servicios de mecanización agrícola, el cual está a cargo de un Coordinador Nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 799-2009-AG, se determina, entre otros, que el Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada – PMAAP, dependerá de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica – DGIH del Ministerio de Agricultura, encargándose asimismo, al Ingeniero Alberto Marquina Pozo, la Coordinación Nacional del Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada del Ministerio de Agricultura; Que, por otro lado, resulta necesario regularizar la validez de los contratos de compra venta realizados en cumplimiento de la Resolución Ministerial Nº 0276-2005- AG; así como, designar al Coordinador Nacional para que desempeñe dichas funciones, teniendo en cuenta que existen actividades y labores pendientes, referidas a la mecanización agraria (promoción, articulación, normativo, asistencia técnica y orientación a instituciones pública y/o privadas) en el ámbito nacional; De conformidad con la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, Decreto Legislativo N° 997 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. Manuel Ángel Quispe Quispe, como Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada – PMAAP – del Ministerio de Agricultura. Artículo 2º.- Validar los Contratos de Compraventa al contado de Maquinaria, suscritos desde el 22 de febrero del 2010 a la fecha de la expedición de la presente Resolución, en representación del Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL QUEVEDO FLORES Ministro de Agricultura 580087-3 Aprueban la “Guía para la Elaboración de los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental en el Sector Agrario” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0765-2010-AG Lima, 16 de diciembre de 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 1428-2010-AG-DVM-DGAA-DGA, de fecha 15 de noviembre del 2010, mediante el cual, la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, solicita la aprobación de la “Guía para la Elaboración de Programas de Adecuación y Manejo Ambiental en el Sector Agrario”; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el marco de la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que entre las competencias del Poder Ejecutivo respecto de la gestión de los recursos naturales, esta el dictar normas y lineamientos técnicos, los cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en los tres niveles de Gobierno; Que, el artículo 50° del Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, establece que las autoridades sectoriales competentes para conocer sobre los asuntos relacionados con la aplicación de las disposiciones sobre el Medio Ambiente y los Recursos Naturales, son los Ministerios de los sectores correspondientes a las actividades que desarrollan las empresas; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 9º de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, la competencia del Estado en materia ambiental tiene carácter compartido y es ejercida por las autoridades del Gobierno Nacional, Regional y por las municipalidades, en el marco de sus competencias establecidas en la Constitución Política del Perú y en sus leyes orgánicas; Que, en el caso de los Ministerios y de sus organismos públicos adscritos, el artículo 10º de la Ley Nº 28245, establece que éstos, son responsables de la regulación ambiental de las actividades de aprovechamiento de los recursos naturales, de las actividades productivas, de comercio, de servicios que se encuentren dentro de sus ámbitos de competencia, debiendo complementarse con las competencias de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, así como las de la autoridad nacional de salud; siendo que la regulación ambiental a cargo del Gobierno Nacional incluye entre otros, el establecimiento de la normativa específi ca, la fi scalización, el control y la imposición de sanciones por el incumplimiento de la normativa ambiental; Que, de conformidad a lo prescrito por el artículo 26º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, la autoridad competente puede aprobar Programas de Adecuación y Manejo Ambiental –PAMA, debiendo asegurar su debido cumplimiento a través de objetivos de desempeño ambiental explícitos, metas y un cronograma de avance de cumplimiento, así como las medidas de control, mitigación, recuperación y eventual compensación que corresponda; Que, en el caso específi co del Sector Agrario, el artículo 63º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, establece que la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, es el órgano de línea encargado de ejecutar los objetivos y disposiciones del Sistema Nacional de Gestión Ambiental en el ámbito de competencia del Sector. Asimismo, el literal h) del artículo 64º del referido Reglamento, dispone que es función de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, proponer las normas y manuales de funciones y procedimientos en el ámbito de su competencia; Que, la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, ha propuesto la Guía para la Elaboración de Programas de Adecuación y Manejo Ambiental en el Sector Agrario, la cual, recoge los aportes y comentarios del Ministerio del Ambiente, así como de personas naturales e instituciones públicas y privadas interesadas, al haberse sometido el proyecto a un proceso de consulta pública a