Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (21/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de diciembre de 2010 431261 Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, a favor de los mencionados pliegos hasta por la suma total de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 200 000,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, hasta por la suma de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 200 000,00), para ser destinados, en el caso del pliego Congreso de la República, a fi nanciar gastos relacionados con el cumplimiento de la función legislativa y de representación de los señores congresistas establecidas en la Constitución Política del Perú y en el Reglamento del Congreso, así como para efectuar compromisos en el marco de la Ley Nº 29402; y en el caso del pliego Jurado Nacional de Elecciones, para la realización de actividades preliminares con ocasión de las Elecciones Generales 2011, a realizarse el día domingo 10 de abril de 2011, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 4 200 000,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 4 200 000,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 028 : Congreso de la República UNIDAD EJECUTORA 001 : Congreso de la República FUNCIÓN 01 : Legislativa PROGRAMA FUNCIONAL 001 : Acción Legislativa SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0001 : Acción Legislativa ACTIVIDAD 000552 : Legislación FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 2 000 000,00 -------------------- SUB TOTAL EGRESOS CONGRESO DE LA REPUBLICA 2 000 000,00 =========== SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 031 : Jurado Nacional de Elecciones UNIDAD EJECUTORA 001 : Jurado Nacional de Elecciones FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 012 : Identidad y Ciudadanía SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0025 : Justicia Electoral ACTIVIDAD 002162 : Gestión Electoral FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 2 200 000,00 -------------------- SUB TOTAL EGRESOS JURADO NACIONAL DE 2 200 000,00 ELECCIONES =========== TOTAL EGRESOS 4 200 000,00 =========== Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1º del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 580532-2 Designan Presidente y Miembro Permanente del Comité de PROINVERSIÓN en Activos, Inmuebles y otros proyectos del Estado - PRO VALOR RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 130-2010-EF Lima, 20 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660, se determina la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, como organismo público descentralizado adscrito al sector economía y fi nanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, por Decreto Supremo Nº 042-2009-EF, publicado el 19 de febrero de 2009, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN; Que, el Artículo 10º del citado Reglamento de Organización y Funciones, establece que los Comités Especiales están conformados por los Comités de PROINVERSIÓN y se constituyen por Resolución Suprema del Sector Economía y Finanzas, a propuesta del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN; Que, mediante Resolución Suprema Nº 047-2009- EF, de fecha 29 de abril de 2009, se designó al señor Juan Valdivia Romero como Presidente del Comité de