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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de diciembre de 2010 431263 Que, asimismo mediante la Segunda Disposición Final de la Ley N° 29523 se establece que la mencionada Ley también incluye a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar modifi catorias a la Directiva N° 004-2009-EF/76.01 - Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de las Entidades de Tratamiento Empresarial, vinculadas a los alcances de la Ley N° 29523; y asimismo, es necesario precisar el aplicativo informático a través del cual las entidades registran su Presupuesto Institucional de Apertura; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese los Artículos 7°, literal b) del Artículo 8°; 10° y 17° de la Directiva N° 004-2009- EF/76.01 - Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de las Entidades de Tratamiento Empresarial conforme a los siguientes textos: Modifi cación del Artículo 7º: “Artículo 7º.- Titular de la ETE El Titular de la ETE, es la máxima Autoridad Ejecutiva y es responsable de la Gestión Presupuestaria de la ETE. La titularidad corresponde ser ejercida por aquella autoridad ejecutiva conforme lo establezcan las respectivas normas que regulan su organización y funciones de cada una de las ETEs.” Modifi cación del literal b) del Artículo 8°: “Artículo 8º.- Procedimiento de Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) (…) b) La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la ETE, sobre la base del reporte “Aprobación Institucional del Presupuesto para el Año Fiscal …….”, desagrega la información complementaria en los Formatos y Anexos establecidos en el Cuadro “Reporte Ofi cial, Formatos, Anexos y Modelo”, que forman parte de la Directiva y que se encuentran habilitados en el “Sistema Integrado de Administración Financiera - ETES” disponible en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe. (…) (…)” Modifi cación del Artículo 10°: “Artículo 10º.- Registro de Información del Presupuesto de Apertura Las ETEs deben efectuar el registro de la Información Presupuestaria en el “Sistema Integrado de Administración Financiera - ETES” que para tal fi n se encuentre disponible en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe. El registro de la información por este medio, no exime a la ETE de su obligación en la presentación a la Dirección General del Presupuesto Público, de los Formatos y Anexos detallados en el Cuadro “Reporte Ofi cial, Formatos, Anexos y Modelo”. Dichos Formatos y Anexos serán impresos del “Sistema Integrado de Administración Financiera - ETES” disponible para tal efecto.” Modifi cación del Artículo 17°: “Artículo 17°.- Absolución de Consultas Las Unidades Orgánicas canalizan a través de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la ETE respectiva, sus consultas dirigidas a la Dirección General del Presupuesto Público - DGPP sobre la aplicación de lo establecido en la presente Directiva. La DGPP sólo responde las consultas que se efectúen a través de este procedimiento, en el marco del artículo 6° de la Ley General. Asimismo, la DGPP con la fi nalidad de absolver las consultas sobre la presente Directiva, pone a disposición de las ETEs la siguiente dirección electrónica: dgpp_apt@mef.gob.pe.” Artículo 2º.- Disponer que el Texto Único Ordenado de la Directiva N° 004-2009-EF/76.01 - Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de las Entidades de Tratamiento Empresarial, así como los Formatos, Anexos y Modelo, se publican en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGER DÍAZ ALARCÓN Director General Dirección General del Presupuesto Público 580137-1 SALUD Designan Director Ejecutivo de la Dirección de Participación Comunitaria de la Dirección General de Promoción de la Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 993-2010/MINSA Lima, 20 de diciembre del 2010 Visto el Expediente Nº 10-097071-001 que contiene el Ofi cio Nº 586-2010-DGPS/MINSA del Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 615-2009/ MINSA de fecha 15 de setiembre de 2009, se designó, entre otros, al médico cirujano Jaime Robert Valderrama Gaitán y al cirujano dentista César Antonio Torres Nonajulca, en los cargos de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección de Participación Comunitaria de la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud, y Director, Nivel F-3, de la Dirección de Promoción de Vida Sana de la referida Dirección General, respectivamente; Que estando a lo solicitado con el documento de visto y por convenir al servicio, resulta necesario dar término a la designación de los profesionales antes citados y designar al profesional propuesto para el cargo de Director Ejecutivo de la Dirección de Participación Comunitario de la Dirección General de Promoción de la Salud; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010; y el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del médico cirujano Jaime Robert Valderrama Gaitán en el