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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de diciembre de 2010 431354 Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, de fecha 26 de Julio de 2006, Aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública, establece los requisitos mínimos para la elaboración de los instrumentos de gestión, que se ha cumplido estrictamente. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículo 9° y 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modifi cado por la Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali en Sesión Ordinaria de fecha 21 de octubre del 2010, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Ucayali, el mismo que consta de ocho (08) títulos, cinco (05) capítulos, treinta y seis (36) artículos y ocho (08) disposiciones transitorias complementarias y fi nales, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Ucayali, publicar la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano y en un diario de circulación local. Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil díez WILDER JOSÉ ALGUAYO ARGANDOÑA Consejero Delegado Consejo Regional POR LO TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los veinticinco días del mes de octubre del dos mil díez. LUTGARDO GUTIÉRREZ VALVERDE Presidente Regional (e) 580064-1 Aprueban modificación de la Estructura Orgánica y las funciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Ejecutiva Forestal y de Fauna Silvestre de Ucayali ORDENANZA REGIONAL N° 020-2010-GRU/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modifi cado por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV sobre Descentralización, Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por las Leyes N° 27902, Nº 28961, N° 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias, en sesión Ordinaria de fecha 21 de octubre del 2010, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos, materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional. Que, de conformidad con lo prescrito en el Artículo 35º, literal c) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional; asimismo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las instituciones públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional. Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2007-AG, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 22 de febrero de 2007, se Aprueba la transferencia de Funciones del INRENA a los Gobiernos Regionales que suscriben el acta de entrega y recepción. Así mismo dicha norma legal, modifi ca el Reglamento de la Ley Forestal y Fauna Silvestre y en su Artículo 2º establece que los Gobierno Regionales que suscriben el acta de entrega y recepción, deberán adecuar sus instrumentos institucionales y de gestión a fi n de ejercer las funciones específi cas del literal “e” y “q” de la 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. Que, con Resolución Ministerial Nº 0019-2010-AG, Declaran concluido el proceso de efectivización de Transferencia en materia agraria al Gobierno Regional de Ucayali, de las funciones especifi cas consignadas en los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, de fecha 26 de Julio de 2006, Aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública, establece los requisitos mínimos para la elaboración de los instrumentos de gestión, que se ha cumplido estrictamente. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículo 9° y 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por la Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobaron la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR la modificación de la Estructura Orgánica y las funciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones -ROF, de la Dirección Ejecutiva Forestal y de Fauna Silvestre de Ucayali, conteniendo ocho (08) Títulos, diez (10) Capítulos, treinta y dos (32) Artículos y cinco (05) Disposiciones Complementarias y Finales, que consta de quince (15) folios que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Ejecutiva Forestal y de Fauna Silvestre de Ucayali, publicar la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano y en un diario de mayor circulación regional y a la Oficina de Sistemas para su difusión a través del Portal Web Electrónico del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali (www.regionucayali.gob. pe). Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación.