Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2010 (29/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de diciembre de 2010

Articulo 5.- Horario de atencion al publico El JEE establecera el horario de atencion al publico y el radio urbano. Ambos datos seran publicados en el panel correspondiente desde que son establecidos hasta la culminacion del MORDAZA electoral. El horario no podra iniciarse MORDAZA de las 08.00 horas ni culminar despues de las 18.00 horas, a excepcion del dia en que finalice el plazo para la MORDAZA de solicitudes de inscripcion de formulas y listas de candidatos, respectivamente, dia en el cual la atencion culminara a las 23.59.59 horas. En ningun caso, la atencion al publico podra ser menor de seis (6) horas ni mayor de ocho (8) horas diarias, salvo la excepcion MORDAZA senalada, y debera comprender los siete (7) dias de la semana. TITULO II MORDAZA DE SOLICITUDES PARA LA INSCRIPCION DE CANDIDATOS SUBTITULO I DE LOS CANDIDATOS A LA PRESIDENCIA Y VICEPRESIDENCIAS DE LA REPUBLICA Articulo 6- Requisitos para ser elegido Presidente y Vicepresidente de la Republica Para ser elegido Presidente de la Republica, todo ciudadano requiere: a. Ser peruano de nacimiento. b. Tener como minimo treinta y cinco (35) anos, cumplidos al 10 de enero de 2011, fecha limite para la MORDAZA de la solicitud de inscripcion de la formula presidencial. c. Gozar del derecho de sufragio. d. Estar inscrito en el RENIEC. Asimismo, deben tenerse presente los impedimentos para postular establecidos en el articulo 107 de la LOE. Los mismos requisitos e impedimentos rigen para los candidatos a vicepresidentes. Articulo 7.- Formula de candidatos y concurrencia de postulaciones 7.1 Cada partido politico o alianza electoral solo puede solicitar la inscripcion de una formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de la Republica. La formula esta constituida por un (1) Presidente y dos (2) Vicepresidentes. 7.2 El candidato a la Presidencia de la Republica no puede integrar la lista de candidatos al Congreso de la Republica. 7.3 El candidato que integre una formula ya inscrita no puede figurar en otra formula. 7.4 Los candidatos a las Vicepresidencias pueden, simultaneamente, integrar la lista de candidatos al Congreso de la Republica o a representantes ante el Parlamento Andino. 7.5 De conformidad con el articulo 24 de la LPP, los candidatos a Presidente y Vicepresidentes deben ser necesariamente elegidos en el MORDAZA de eleccion interna de la organizacion politica. 7.6 Ningun candidato afiliado a un partido politico inscrito en el ROP podra postular por otra organizacion politica, a menos que hubiese renunciado a dicha afiliacion MORDAZA del 10 de agosto de 2010, y presentado MORDAZA de la renuncia al ROP hasta el 6 de octubre de 2010; o cuenten con autorizacion expresa del partido politico al que pertenecen, la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripcion, y que este no presente candidato en la respectiva circunscripcion. Articulo 8.- Plazo para la MORDAZA de la solicitud de inscripcion de la formula de candidatos Las organizaciones politicas deben presentar su solicitud de inscripcion de formula de candidatos hasta noventa (90) dias naturales MORDAZA de la fecha de las elecciones, plazo que vence indefectiblemente el 10 de enero de 2011. Todo reemplazo de candidatos solamente podra realizarse MORDAZA del vencimiento de dicho plazo.

Articulo 9.- Documentos que se presentan al momento de solicitar la inscripcion de la FORMULA DE CANDIDATOS El personero legal inscrito ante el ROP o ante el JEE esta autorizado para presentar la solicitud de inscripcion ante el JEE. El JNE a traves de su Secretaria General le brinda clave de acceso al sistema para el llenado de la respectiva solicitud y de los formularios requeridos, los cuales seran impresos y entregados al JEE, conforme con las siguientes indicaciones: 9.1 La impresion del formulario Solicitud de Inscripcion de Formula de Candidatos firmado por todos los candidatos y el personero legal. 9.2 El acta original, o MORDAZA firmada por el personero legal, que debe contener la eleccion interna de los candidatos a Presidente y Vicepresidentes, efectuada por el organo partidario de acuerdo con el Estatuto. Para tal efecto, el acta MORDAZA senalada debera incluir las siguientes caracteristicas: a. Lugar y fecha de suscripcion. b. Nombre completo y numero del DNI de los candidatos elegidos y el orden de los candidatos a vicepresidentes. c. Modalidad empleada para la eleccion de los candidatos, conforme con el articulo 24 de la LPP. d. Nombre completo, numero del DNI y firma de los miembros del comite electoral o el organo colegiado que haga sus veces. 9.3 La impresion del Plan de Gobierno y Formato Resumen del Plan de Gobierno, ambos documentos firmados por el personero legal de la organizacion politica; y la MORDAZA de su ingreso en el MORDAZA institucional del JNE, de conformidad con los articulos 31 y 32 del presente reglamento. 9.4 La impresion de la Declaracion Jurada de MORDAZA de cada uno de los candidatos integrantes de la formula, ingresada en el MORDAZA institucional del JNE, la misma que, en cada una de las paginas, debe estar firmada por el candidato junto con su huella digital del indice derecho, y estar firmada tambien por el personero de la organizacion bajo responsabilidad, de conformidad con el articulo 28 del presente reglamento. 9.5 El original o MORDAZA legalizada del documento en el que conste la renuncia al cargo, en el caso de aquellos ciudadanos que deben cumplir con dicha exigencia para postular, conforme con el articulo 107 de la LOE. 9.6 El original o MORDAZA legalizada de la autorizacion expresa, suscrita por el Secretario General de la organizacion politica en la que el candidato esta inscrito, para que pueda postular por otra organizacion politica. 9.7 MORDAZA simple del DNI de cada integrante de la formula; y 9.8 El comprobante original del pago como tasa de 10% de la UIT (S/. 360). El JEE podra comprobar la veracidad de la informacion presentada, de ser el caso, conforme con sus atribuciones. SUBTITULO II DE LOS CANDIDATOS AL CONGRESO DE LA REPUBLICA Y A REPRESENTANTES ANTE EL PARLAMENTO MORDAZA Articulo 10.- Requisitos para ser elegido congresista o parlamentario MORDAZA Para ser elegido congresista o parlamentario MORDAZA, todo ciudadano requiere: a. Ser peruano de nacimiento; b. Tener como minimo veinticinco (25) anos, cumplidos al 9 de febrero de 2011, fecha limite para la MORDAZA de la solicitud de inscripcion de las listas de candidatos. c. Gozar del derecho de sufragio; y, d. Estar inscrito en el RENIEC. Asimismo, deben tenerse presente los impedimentos para ser candidatos establecidos en los articulo 113 y 114 de la LOE.

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