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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 4 de enero de 2010 410373 aceptadas por Resolución del titular de la entidad pública donataria, debiendo especifi car el valor de los bienes donados; los numerales 3.2.3 y 3.2.6 señalan que la entidad pública donataria deberá emitir un Informe pronunciándose sobre la procedencia o improcedencia de la aceptación de la donación, y que los bienes muebles donados serán dados de alta por la entidad pública donataria en mérito a la Resolución que acepta dicha donación; Que, de acuerdo con lo actuado, debe expedirse la resolución correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 29370, el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la transferencia en la modalidad de donación, efectuada por el Gobierno Regional de Piura a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del bien mueble cuyo valor y características se detallan a continuación: - Un (1) Tractor sobre Orugas - Marca : Fiat Allis - Modelo : 21-C - Año : 1975 - Registro : 803 - Serie Chasis: 71A21268 - Motor Marca : Allis Chalmers - Motor Modelo : 21000 - Motor Serie : C21-14490 - Color : Naranja - Valor de Tasación : S/. 46 801,61 (Cuarenta y Seis Mil Ochocientos Uno y 61/100 Nuevos Soles) Artículo 2º.- Las Ofi cinas de Patrimonio y Finanzas de la Ofi cina General de Administración procederán al ingreso patrimonial y contable respectivamente, del bien mueble descrito en el artículo 1º. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución al Gobierno Regional de Piura y a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 441252-1 Autorizan transferencias financieras a favor del Gobierno Regional de Ucayali RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 866-2009-MTC/01 Lima, 23 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, en el artículo 57º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se establecen las funciones que en materia de telecomunicaciones corresponde a los Gobiernos Regionales; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 81° de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones, así como de los recursos y presupuesto asignados al gobierno regional es gradual y se realiza por etapas, conforme a lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y las disposiciones que sobre el particular dicte el Poder Ejecutivo a través del Consejo Nacional de Descentralización, hoy Secretaría de Descentralización, como organismo responsable de normar y monitorear las acciones y transferencias señaladas en cada una de las etapas del proceso; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM se aprobó el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, el mismo que incluye las funciones pendientes de los Planes Anuales 2004, 2005 y 2006, encontrándose dentro de dichas funciones las referidas a comunicaciones; Que, el literal g) del numeral 5.1.9 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM- SD, dispone que los Ministerios emitirán la respectiva Resolución Ministerial que formaliza la transferencia de las funciones sectoriales, especifi cando cada una de las funciones establecidas en la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 850-2009- MTC/01 de fecha 18 de diciembre de 2009, se declara concluido el proceso de transferencia de las funciones sectoriales específi cas en materia de comunicaciones contenidas en el “Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, al Gobierno Regional de Ucayali; Que, mediante Decreto Supremo Nº 083-2008-PCM, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2009 los plazos para culminar las transferencias programadas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007; Que, mediante Ley Nº 29448 se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a realizar, mediante Resolución Ministerial, transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales, con cargo a su presupuesto institucional, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, para apoyar el fortalecimiento de la gestión de las funciones que en materia de telecomunicaciones les han sido transferidas a los citados Gobiernos Regionales en el marco del proceso de descentralización; asimismo, para fi nanciar el mantenimiento de los equipos y/o redes o sistemas de telecomunicaciones; Que, en tal sentido es necesario realizar transferencias fi nancieras a favor del Gobierno Regional, hasta por la suma de Ciento Diecisiete Mil Setenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles (S/. 117.073,00), para ser destinados sólo a los fi nes señalados; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM que aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007” y la Ley Nº 29448 que regula transferencias de recursos a los Gobiernos Regionales para el fortalecimiento de las funciones transferidas en materia de telecomunicaciones en el Marco del Proceso de Descentralización; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización de Transferencias Financieras Autorizar Transferencias Financieras del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor del Gobierno Regional de Ucayali, hasta por la suma de CIENTO DIECISIETE MIL SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 117.073,00), para apoyar el fortalecimiento de la gestión de las funciones que en materia de telecomunicaciones le han sido transferidas al citado Gobierno Regional en el marco del proceso de descentralización; asimismo, para fi nanciar el mantenimiento de los equipos y/o redes o sistemas de telecomunicaciones. Las Transferencias Financieras aprobadas por la presente Resolución Ministerial se realizarán, con cargo al presupuesto institucional aprobado en el presente año para el Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones, fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, conforme se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Destino de los recursos transferidos Los recursos de las transferencias a que hace referencia el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3º.- Monitoreo y seguimiento de los recursos transferidos La Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL, son los responsables, según corresponda, del monitoreo y seguimiento de los recursos transferidos, para el cumplimiento de los fi nes para los cuales fueron transferidos dichos recursos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones