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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2010 (14/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de enero de 2010 411187 Estando al Informe Nº 335-2009-SGOP-GDU/ML de la Sub Gerencia de Obras Privadas de la Gerencia de Desarrollo Urbano e Informe Nº 2204-2009-GAJ/ML de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Lurín y; De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas y Decreto de Alcaldía Nº 079 MML y Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 y; considerando las facultades conferidas en la Ordenanza Municipal Nº 157/ML del 31 de Mayo de 2007; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano de Lotización HU-2 signado para efectos de Registros como Plano Nº 003-2009-SGOP-GDU/ML, y Memoria Descriptiva (03 hojas), el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva de Lote Único para Uso de Industria Liviana - I2, en el terreno de un área de 30,955.00 m2, constituido por el Acumulado de la Sección 1 y 2, ubicado con frente a la calle 7, La Pradera de Lurín, Distrito de Lurín, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la empresa B. BRAUN MEDICAL PERÚ S.A para que en el plazo de 18 meses, contados a partir de la expedición de la presente Resolución, ejecute las obras de habilitación urbana, cuyos proyectos se aprueban, debiendo sujetarse los trabajos a lo indicado en los planos fi rmados y sellados por este municipio, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO.-Teniendo en cuenta que el terreno materia de habilitación está califi cado con Zonifi cación Industria Liviana - I2, se aprueba el siguiente Cuadro de Áreas: CUADRO GENERAL DE AREAS AREA BRUTA 30,955.00 m2 AREA ÚTIL 30,955.00 m2 TOTAL 30,955.00 m2 APORTES REGLAMENTARIOS.- De acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Metropolitana Nº 836-MML y teniendo en cuenta la zonifi cación Industria Liviana - I2, se determinan los siguientes Aportes Reglamentarios, calculados en función del área bruta del terreno de 30,955.00 m2., materia de habilitación: CUADRO DE APORTES ZONIFICACION (I 2) ORDENANZA 836-MML PROYECTO DEFICIT (m2) % AREA (m2) % AREA (m2) Parques Zonales (SERPAR) 5 1,547.75 --- 0.00 1,547.75 Renovación Urbana (FOMUR) 3 928.65 --- 0.00 928.65 Servicios Públicos Complementarios 2 619.10 --- 0.00 619.10 Total 10 3,095.50 --- 0.00 3,095.50 En el proceso de Habilitación Urbana se deberá de respetar las siguientes especifi caciones técnicas: Pavimentos.- Las características de las obras de Pavimentación serán las siguientes: Sub-Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de sub-rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural eliminado el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mezclándose con riesgos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95 % de la densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esa capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m. de espesor, compactado proveniente de cantera seleccionada que contenga proporciones adecuadas de material grueso (con diámetro máximo de 1 ½”, fi nos y ligantes en proporción adecuada). La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se presentará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro de los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán ejecutadas de Concreto de calidad de 140 Kg./cm2 Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremo en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m. de concreto de calidad de f’c=140 Kg/cm2., en ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confi nando sus bordes se construirán sardineles sumergidos de concreto de calidad de f’c = 210 Kg/cm2. y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán las aceras y las calzadas, de acuerdo con la Norma A.120 Accesibilidad para Personas con Discapacidad y De las Personas Adultas Mayores aprobada mediante Decreto Supremo Nº 010- 2009-VIVIENDA publicado el 09 de mayo de 2009. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados deberán poner en conocimiento de la empresa concesionaria, la fecha de inicio y término de las obras, las mismas que se ejecutarán de acuerdo con los Proyectos que serán aprobados por LUZ DEL SUR. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, la interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- PRECISAR que la empresa B. BRAUN MEDICAL PERÚ S.A, ha cumplido con redimir en dinero el Aporte Reglamentario correspondiente al proyecto de Habilitación Urbana materia de aprobación, al haber cancelado el défi cit de Aporte para Servicios Públicos Complementarios, equivalente a 619.10 m2 ante la Municipalidad de Lurín, mediante Recibos de pago Nº 0005350 de fecha 16/09/2008 por el monto de 26,281.60 (Veintiséis Mil Doscientos Ochenta y Uno y 60/100 Nuevos Soles) y Nº 0041707 de fecha 29 de mayo de 2009, por el monto 339.70 (Trescientos treinta y nueve y 70/100 Nuevos Soles), que hacen el monto total de 26,621.30 (Veintiséis Mil Seiscientos Veintiuno y 30/100 Nuevos Soles) Artículo Cuarto.- DISPONER, que la empresa B. BRAUN MEDICAL PERÚ S.A, cumpla con redimir en dinero a SERPAR -LIMA el aporte correspondiente a Parques Zonales de un área de 1,547.75 m² equivalente al 5 % del área afecta a aportes y para la Municipalidad Metropolitana de Lima el aporte para Renovación Urbana de un área de 928.65 m² equivalente al 3 % del área afecta a aportes, a la Recepción de las Obras de Habilitación Urbana. Artículo Quinto.- DISPONER, que la empresa B. BRAUN MEDICAL PERÚ S.A, en calidad de propietarios, cumpla con efectuar la inscripción de la presente Resolución Gerencial ante la SUNARP. Artículo Sexto.- REMITIR, los presentes actuados administrativos en copia certifi cada a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento de acuerdo a ley. Artículo Séptimo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la parte interesada en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución Gerencial. Artículo Octavo.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Catastro y a la Sub Gerencia de Obras Privadas de