Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2010 (14/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de enero de 2010

"b) Promover la inversion y la formalizacion en el ambito del Cercado de Lima. La Gerencia de Desarrollo Empresarial podra autorizar actos que beneficien el inicio de actividades comerciales al MORDAZA de los principios contemplados en la Ley Nº 27444, solo cuando la evaluacion preliminar del riesgo determine que no aplica riesgo alto ni moderado." Articulo 3º.- Modifiquese el Articulo 11º de la Ordenanza Nº 857-MML, el cual quedara redactado con el siguiente texto: "Articulo 11º.- FACULTADOS PARA SUSCRIBIR CERTIFICADOS Y RESOLUCIONES Quedan facultados a suscribir las resoluciones y/o certificados que se originen como consecuencia de los procedimientos regulados por la presente Ordenanza Municipal, los siguientes funcionarios:
Numeral 1 MORDAZA de Resolucion o Certificado Para establecimientos en los que se desarrollen giros comprendidos en el Anexo I: FUNCIONARIOS Jefe Division de Autorizacion Municipal de Funcionamiento

suscritos por el funcionario designado para autorizar los giros del anexo de numeracion mayor." Articulo 4º.- Incorporar los literales e) y f) al Articulo 15º de la Ordenanza Nº 857 ­ MML, el cual quedara redactado con el siguiente texto: Articulo 15º.TIPOS DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y AUTORIZACIONES La Licencia de funcionamiento y autorizaciones reguladas por la presente Ordenanza pueden ser de los siguientes tipos: (...) e) Autorizacion de Funcionamiento para la utilizacion temporal de la Via Publica en calles autorizadas del Cercado de Lima.- Es la autorizacion que se otorga unicamente solo a restaurantes y cafeterias en zonas determinadas al MORDAZA de la Ordenanza Nº 062-MML y el Decreto de Alcaldia Nº 096. f) Autorizacion para la instalacion Anuncios y avisos publicitarios.- Son los elementos publicitarios permanentes que se colocan con la intencion de identificar, promover o anunciar imagenes, mensajes o similares ya sea mediante letreros, letras recortadas, toldos y placas, segun lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1094-MML y la Ordenanza Nº 062-MML sus normas modificatorias, complementarias o aquellas que las sustituyan, respecto de un establecimiento que cuente con licencia de funcionamiento. Articulo 5º.- Modifiquese el Articulo 19º de la Ordenanza Nº 857-MML, el cual quedara redactado con el siguiente texto: "Articulo 19º.- ESTABLECIMIENTOS QUE NO REQUIEREN INSPECCION UNICA MULTIPROPOSITO PREVIA Se podra emitir Licencia de Funcionamiento de manera inmediata, sin requerirse de previa Inspeccion Unica Multiproposito, tratandose de solicitudes para el desarrollo de giros contemplados en el Anexo I y siempre que: 1. Se trate de establecimientos con un area total no mayor a cien metros cuadrados (100 m2) y su capacidad de almacenamiento no sea mayor a treinta por ciento (30%) del area total del local. 2. El establecimiento no MORDAZA sido declarado en estado ruinoso, inhabitable, colapsado o similares. 3. El establecimiento no MORDAZA sido declarado como Monumento Historico o con valor monumental. 4. No almacenen o comercialicen productos peligrosos, toxicos o altamente inflamables. 5. Se cumpla con los demas requisitos aplicables. En estos casos, el solicitante debe expresar en la Solicitud - Declaracion Jurada su compromiso de someterse a la realizacion de la inspeccion respectiva y a obtener el Certificado de Inspeccion Basica en Seguridad de Defensa Civil, dentro del plazo fijado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, abonandose la tasa por este ultimo concepto al momento de presentarse la solicitud. La negativa a permitir la Inspeccion respectiva y/ o la no obtencion del Certificado de Inspeccion Basica en Seguridad de Defensa Civil, determinaran la revocatoria de la/s Licencia/s emitida/s". Articulo 6º.- Modifiquese el Articulo 20º de la Ordenanza Nº 857-MML, el cual quedara redactado con el siguiente texto: "Articulo 20º.- REQUISITOS DERIVADOS DEL GIRO O DE SITUACIONES PARTICULARES DEL SOLICITANTE. Constituyen requisitos exigibles aquellos senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente". Articulo 7º ­ Modifiquese el Articulo 26º de la Ordenanza Nº 857-MML, el cual quedara redactado con el siguiente texto: "Articulo 26º.- INSPECCIONES DE DETALLE O MULTIDISCIPLINARIAS DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL

Alternos: -Licencia de Funcionamiento o Asesor I de la Gerencia de DesarTemporal, rollo Empresarial, Jefe de Division de Formalizacion, -Autorizacion para Instalacion Jefe de la Division de Autorizade Anuncios y avisos publiciciones Comerciales en la via tarios. publica y, Jefe de Division de Promocion -Licencia para Cesionarios Empresarial. 2 Para establecimientos en los que se desarrollen giros comprendidos en los Anexos II y/o III: Subgerente de Autorizaciones Comerciales

Alternos: Subgerente de Desarrollo Productivo, Subgerente de Peque-Licencia de Funcionamiento o na y Microempresa, Subgerente de Turismo y Asesor I de la Gerencia Temporal. de Desarrollo Empresarial. -Autorizacion para Instalacion de Anuncios y avisos publicitarios. -Autorizacion para Uso Temporal de la Via Publica -Licencia de funcionamiento para Cesionarios -Licencia de funcionamiento Corporativa

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Para establecimientos en los que se desarrollen giros comprendidos en el Anexo IV:

Gerente de Desarrollo Empresarial

Alternos: Gerente de Desarrollo MORDAZA, Gerente de Seguridad -Licencia de Funcionamiento o Ciudadana, Gerente de FiscalTemporal, izacion y Control, Gerente de Servicios a la MORDAZA y quien re-Autorizacion para Instalacion sulte encargado de la Gerencia de de Anuncios y avisos publiciDesarrollo Empresarial mediante tarios. Resolucion. -Licencia de funcionamiento para Cesionarios.

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Certificado Basico de Seguridad Subgerente de Defensa Civil en Defensa Civil

El funcionario que ejercera la facultad de suscripcion de resoluciones derivadas de la constatacion de cese de actividades a que se refiere el articulo 56º de la Ordenanza No 857, sera el Jefe de la Division de Autorizacion Municipal de Funcionamiento, o quien haga sus veces. Tratandose de establecimientos que desarrollen giros comprendidos en mas de uno de los anexos a ser aprobados conforme a lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la presente Ordenanza, la Resolucion y el Certificado respectivo deberan ser

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