Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2010 (14/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de enero de 2010

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Plan Estrategico Regional Multisectorial 2010 - 2015 para la prevencion y control de las Infecciones de Transmision Sexual, VIH y SIDA
ORDENANZA REGIONAL Nº 031-2009-GR.LAMB./CR Chiclayo, 17 de diciembre de 2009 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 15 de diciembre del 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru consagra el derecho a la proteccion de la salud, disponiendo que toda persona tiene derecho a la prevencion, atencion y recuperacion de su salud de manera integral, debiendo ser garantizado sin ningun MORDAZA de discriminacion por cualquier condicion; Que en la Cumbre del Milenio, los Estados miembros de las Naciones Unidas, reafirmaron su compromiso de promover mejoras importantes y mensurables en la MORDAZA de las personas, a traves de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, estableciendose: Promover la igualdad de los sexos y la autonomia de la mujer, reducir la mortalidad de los ninos menores de cinco anos, mejorar la salud materna y combatir el VIH y Sida. Que, en el MORDAZA de la normatividad internacional como la Convencion Americana de los Derechos Humanos, la Convencion sobre los Derechos del Nino; el Pacto internacional de los Derechos Civiles y Politicos, la Convencion sobre la Eliminacion de Todas las Formas de Discriminacion Contra la Mujer, la Conferencia Internacional de Poblacion y Desarrollo de El Cairo, la Conferencia de Beijing y, en la normatividad peruana como el Codigo de los Ninos y Adolescentes y el Plan Nacional de Accion por la Infancia y la Adolescencia 2002 ­ 2010; la prioridad y esfuerzo del Estado debe dirigirse a la realizacion de acciones que promuevan y garanticen la salud y el respeto de los derechos de las personas; Que, la Observacion General N° 4 reconocida por el Comite de los Derechos del MORDAZA reconoce en su parrafo 30 que "los adolescentes, ya MORDAZA ninas o ninos, corren el peligro de sufrir el contagio y las consiguientes consecuencias de ITS, como es por ejemplo el VIH/ Sida (...), por lo que los Estados deberian garantizar la existencia y facil acceso a los bienes, servicios e informacion adecuados y oportunos para prevenir y tratar estas infecciones , incluido el VIH/Sida" y con este fin se insta a los Estados a: a) Elaborar programas de prevencion efectiva, entre ellas medidas encaminadas a cambiar las actitudes culturales sobre las necesidades de los adolescentes en materia de contracepcion y prevencion de estas infecciones y abordar tabues culturales y de otra indole que estan relacionados a la sexualidad del adolescente y su ejercicio; b) Adoptar medidas legislativas para luchar contra las practicas que aumentan el riesgo de la infeccion de los adolescentes o contribuyen a su discriminacion cuando les han trasmitido una ITS, incluyendo el VIH; y c) Adoptar medidas para eliminar todos los obstaculos que impiden el acceso de los

jovenes y adolescentes a la informacion y a las medidas preventivas para la adopcion de precauciones; Que, los Principios de Yogyakarta aprobados en Yogyakarta, Indonesia, acerca de los Principios sobre la aplicacion de la legislacion internacional de derechos humanos en relacion con la orientacion sexual y la identidad de genero dan un MORDAZA para la proteccion de las poblaciones vulnerables. Que, el Plan Nacional Concertado de Salud, prioriza dentro de los problemas sanitarios la mortalidad maternoinfantil y la alta prevalencia de enfermedades transmisibles como el VIH y Sida, planteandose dentro de los Objetivos sanitarios nacionales para el periodo 2007-2020 reducir la mortalidad materno-infantil y controlar las enfermedades transmisibles como el VIH y Sida. Que, mediante Ley N° 26626, Ley CONTRASIDA, modificada por Ley N° 28243, se ha declarado de interes nacional e interes publico, la lucha contra la infeccion por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y las Infecciones de Transmision Sexual (ITS); y tiene entre sus objetivos proponer los cambios legislativos que faciliten y garanticen el adecuado desarrollo de la respuesta frente al VIH y SIDA y las ITS en el pais. Que la mencionada Ley Nº 26626 senala que: "Toda persona con VIH/SIDA tiene derecho a la atencion medica integral y a la prestacion previsional que el caso requiera". Esta apreciacion describe su alcance a traves de la modificatoria de Contrasida, es decir de la Ley Nº 28243 que en su Articulo 3º declara: "De la atencion integral de salud a las personas que viven con VIH y SIDA debe responder de manera integral a sus componentes biologico, psicologico y espiritual, comprendiendo en dicho MORDAZA a su familia y la sociedad, toda persona viviendo con VIH y SIDA, tiene derecho a recibir atencion integral de salud continua y permanente por parte del Estado, a traves de todos los establecimientos de salud donde tenga administracion, gestion o participacion directa o indirecta y a la prestacion previsional". Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2007-SA, se aprobo el Plan Estrategico Multisectorial 2007-2011 para la Prevencion y Control de las ITS - VIH y SIDA en el Peru, considerandose a traves del mismo la necesidad que la respuesta nacional contra el VIH y SIDA sea amplia e integral, con participacion de todos los sectores de la sociedad. En ese sentido, este documento plantea los siguientes objetivos estrategicos : el 1° Reducir en 50% el numero de nuevos casos de VIH y en 50% la prevalencia de ITS en poblaciones HSH, TS, PPL al ano 2011, el Objetivo 3º establece la necesidad de promover la prevencion de ITS/VIH, la educacion sexual y estilos de MORDAZA y conductas sexuales saludables en adolescentes y jovenes, el 4º establece la necesidad de reducir la transmision vertical a menos del 2% al 2011 , el 7º plantea promover un entorno politico, social y legal favorable para el abordaje integral del VIH/SIDA y la diversidad sexual desde una perspectiva de derechos humanos, con la participacion de las comunidades con mayor prevalencia (HSH, TS y PPL) y las PVVS y el 8º plantea: asegurar una respuesta multisectorial amplia y articulada para el desarrollo intersectorial e interinstitucional de actividades conjuntas para la prevencion y control de las ITS y el VIH/SIDA. Que, para el cumplimiento de tales requerimientos, es determinante generar un Plan Estrategico Regional Multisectorial que dirija y oriente las acciones necesarias para prevenir y controlar las infecciones de transmision sexual ­ ITS y VIH/SIDA que involucre tanto a las instituciones estatales como privadas. Que las disposiciones del Capitulo IV del Titulo Primero de la Ley General de Salud mencionan que la responsabilidad de dirigir y normar las acciones destinadas a evitar la propagacion y lograr el control y erradicacion de las enfermedades transmisibles en todo el territorio nacional es competencia del Ministerio de Salud, ejerciendo la vigilancia epidemiologica e inteligencia sanitaria y dictando las disposiciones correspondientes. En tal sentido, con la finalidad de establecer las medidas de prevencion y control para evitar la aparicion y propagacion del VIH y SIDA, el Ministerio de Salud expide normas tecnicas y directivas en esa materia; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Articulo 49° establece que son funciones

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