TEXTO PAGINA: 2
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de enero de 2010 411412 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA R.D. Nº 001-2010-GRL-GRDE-DREM.- Aprueban transferencia de autorización defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica a favor de Maja Energía S.A.C. en la Central Hidroeléctrica El Roncador 411434 GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Ordenanza Nº 233-2009-G.R.PASCO/CR.- Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional Agraria Pasco 411435 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Ordenanza Nº 017-2008-GOB.REG.TUMBES-CR.- Aprueban formatos de Declaración Jurada para el acopio, transporte y/o comercialización de productos hidrobiológicos 411436 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO D.A. Nº 003-ALC/MSI.- Aprueban Cronograma de Vencimientos del Impuesto Predial correspondiente al periodo 2010 411437 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Ordenanza Nº 095-MDSL.- Crean el Programa Municipal de Prevención del Consumo de Drogas y Pandillaje en el distrito de San Luis 411438 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Ordenanza Nº 196-MVES.- Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias 411439 Ordenanza Nº 197-MVES.- Modifi can la Ordenanza N° 186-MVES mediante la cual se aprobaron benefi cios tributarios y administrativos para el año 2009 411439 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS DE SHUARO R.A. Nº 275-2009/MDSLSH.- Autorizan viaje de Regidor para participar en taller que se realizará en Costa Rica 411441 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025 sobre Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público DECRETO SUPREMO Nº 009-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1025 se aprobaron las normas de capacitación y rendimiento para el sector público; Que, de conformidad con la Tercera Disposición Complementaria Final del referido Decreto Legislativo, el Reglamento debe ser aprobado por decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, a propuesta de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo N° 1025; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento Apruébese el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025, Decreto Legislativo que aprueba normas de capacitación y rendimiento para el sector público. Artículo 2º.- Normas complementarias La Autoridad Nacional del Servicio Civil dictará las normas complementarias que se requieran para la adecuada aplicación del presente reglamento. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Deróguese el Decreto Supremo 018-85-PCM, así como el Capítulo VI y los artículos 113º, 116° y 188º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1025 SOBRE NORMAS DE CAPACITACIÓN Y RENDIMIENTO PARA EL SECTOR PÚBLICO TÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LA CAPACITACIÓN Y LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO Artículo 1.- Ámbito de aplicación El presente Reglamento establece las normas y procedimientos aplicables a la ejecución de acciones de