Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2010 (17/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

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capacitacion o formacion del personal de las unidades organicas a cargo de Gerentes Publicos a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1024, mientras no se cuente con la acreditacion de dicho MORDAZA de programas. Tercera.- Priorizacion de Becas de Maestria Durante el periodo previo a la implementacion de las evaluaciones de desempeno en las entidades publicas, estas deberan establecer en el PDP los criterios de priorizacion de las personas elegibles para becas de maestria a la que hace referencia el articulo 18 de la presente norma. Cuarta.- Vigencia de los Planes de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado El Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado, a que alude el Capitulo II de la presente MORDAZA, entrara en vigencia una vez que SERVIR emita las directivas especificas para su desarrollo. Hasta en tanto ello suceda, las entidades deberan elaborar sus planes de capacitacion y evaluacion, segun la normativa vigente. 446985-1

ENERGIA Y MINAS
Modifican Plan Transitorio de Transmision aprobado por la R.M. N° 552-2006-MEM/DM
RESOLUCION MINISTERIAL N° 024-2010-MEM/DM MORDAZA, 15 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 5522006-MEM/DM, publicada el 23 de noviembre de 2006, fue aprobado el Plan Transitorio de Transmision para el periodo 2007 ­ 2008, y se dispuso que los organos correspondientes del Ministerio de Energia y Minas procedan con las acciones necesarias para organizar, desarrollar y culminar los procesos de Licitacion Publica necesarios para poner en ejecucion los proyectos del Sistema Garantizado de Transmision conforme al Plan Transitorio de Transmision aprobado; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 197-2009MEM/DM se incluyo en el Plan Transitorio de Transmision el proyecto "Refuerzo de la Interconexion Centro-Sur Medio-Sur en 500 kV", el mismo que dio lugar al MORDAZA de Licitacion para la Linea de Transmision SGT 500 kV MORDAZA ­ Marcona ­ Caraveli encargado a PROINVERSION mediante la misma Resolucion Ministerial; Que, a la fecha, han sido determinadas algunas modificaciones en la configuracion de la demanda de la MORDAZA sur del Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN), en razon de proyectos de generacion y demanda cuya puesta en operacion comercial debe coincidir con la disponibilidad de una suficiente capacidad de transmision que permita inyectar al MORDAZA la mayor produccion de energia y atender el incremento de la demanda; Que, de acuerdo con el Informe N° 001-2010-MEMDGE-REV1 denominado Modificacion del Plan Transitorio de Transmision Lineas de Transmision Chilca-MarconaMontalvo y Machupicchu-Abancay-Cotaruse, elaborado por la Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas, se concluye en la necesidad de modificar el Plan Transitorio de Transmision para modificar el proyecto de refuerzo de la interconexion Centro-Sur Medio Sur en 500 kV, con la configuracion Linea de transmision Chilca-Marcona-Montalvo 500 kV, y subestaciones asociadas, en lugar de la Linea de Transmision Chilca-Marcona-Caraveli; e incluir el proyecto Linea de Transmision Machupicchu-Abancay-Cotaruse en 220 kV y subestaciones asociadas;

Que, se cuenta con la opinion previa de OSINERGMIN, contenida en el Oficio Nº 0040-2010-OS-GART; y la opinion previa del COES, contenida en la comunicacion COES/D-035-2010; Que, con fecha 17 de MORDAZA de 2007 fue publicado el Decreto Supremo Nº 027-2007-EM que aprobo el Reglamento de Transmision, en cuyo articulo 20º se faculta al Ministerio de Energia y Minas para encargar a PROINVERSION, mediante Resolucion Ministerial, la conduccion del MORDAZA de licitacion para la concesion y construccion de instalaciones del Sistema Garantizado de Transmision hasta la adjudicacion de la buena pro, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso b) del numeral 22.2 del articulo 22º de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; Que, de acuerdo con lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria del Reglamento de Transmision, las disposiciones del Titulo IV del citado Reglamento, referidas a Licitaciones de Sistemas de Transmision, seran de aplicacion a los procesos de licitacion que se inician desde la publicacion de dicho Reglamento, es decir, desde el 17 de MORDAZA de 2007; En ejercicio de las funciones contenidas en los incisos a), b) y c) del articulo 6° del Decreto Ley N° 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas; en el inciso h) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007-EM; y conforme con la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento de Transmision, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2007-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°- Modificar el Plan Transitorio de Transmision, aprobado por la Resolucion Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, y MORDAZA mediante la Resolucion Ministerial Nº 197-2009-MEM/DM que incluyo el proyecto "Refuerzo de la Interconexion Centro-Sur Medio-Sur en 500 kV". Articulo 2°- Sustituyase el proyecto "Refuerzo de la Interconexion Centro-Sur Medio-Sur en 500 kV", por el proyecto "Linea de Transmision SGT 500 kV MORDAZA ­ Marcona ­ Montalvo" en el Plan Transitorio de Transmision, e incluyase en dicho Plan al proyecto Linea de transmision Machupicchu-Abancay-Cotaruse en 220 kV. Articulo 3°- Disponer que la Agencia de Promocion de la Inversion Privada (PROINVERSION) modifique el alcance del MORDAZA de licitacion del proyecto "Refuerzo de la Interconexion Centro-Sur Medio-Sur en 500 kV, y considere la configuracion LT MORDAZA - Marcona - MORDAZA en 500 kV. Articulo 4°- Encargar a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada (PROINVERSION) la conduccion del MORDAZA de licitacion necesario, hasta la adjudicacion de la Buena Pro, para implementar el proyecto Linea de Transmision Machupicchu-Abancay-Cotaruse en 220 kV incluido en el Plan Transitorio de Transmision mediante el articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 5°.- La Direccion General de Electricidad proporcionara a PROINVERSION la informacion que esta entidad considere pertinente a efectos de ejecutar el encargo contenido en los articulos anteriores. PROINVERSION efectuara las coordinaciones necesarias con la Direccion General de Electricidad para el debido cumplimiento de lo establecido en los numerales 21.2 y 21.3 del articulo 21º del Reglamento de Transmision. Articulo 6°.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 446981-1

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