Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2010 (20/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de enero de 2010

Que, de igual forma se aprecia que las sustancias y liquidos provenientes de los automoviles estacionados, se adhiere facilmente a la superficie de los blocks, dando un aspecto sucio al recubrimiento, afectando de esta forma el ornato del distrito; Que, en tal sentido resulta necesario prohibir el uso del grass block en las areas de uso publico del distrito e incorporar el incumplimiento de esta prohibicion como sancion en la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas-TISA, aprobada por Ordenanza Nº 227MSI. Que, el Articulo 46º de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades establece que las normas municipales son de caracter obligatorio y su cumplimiento acarrea las sanciones correspondientes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE PROHIBE EL USO DEL GRASS BLOCK EN EL DISTRITO Articulo Primero.- Prohibir el uso del grass block en las areas de uso publico del distrito de San Isidro. Articulo Segundo.- Incorporar el Codigo 5.26 en la Tabla de Infracciones y Sanciones AdministrativasTISA, aprobada por Ordenanza Nº 227-MSI, en el rubro de Parques y Jardines, la siguiente infraccion que se configura por incumplimiento de la presente Ordenanza:
COD. Descripcion de la Subsanacion Sancion Sancion no Infraccion (%UIT) o lo pecuniaria indicado u otra 2% por m² MORDAZA legal

implementacion de lo establecido en la MORDAZA y Tercera Disposicion Final. Quinta.- Encargar a la Gerencia de Fiscalizacion, a la Gerencia de Obras y Servicios Municipales y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de la presente Ordenanza. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA, a los trece dias del mes de enero del ano dos mil diez. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 447032-1 ORDENANZA Nº 284-MSI EL MORDAZA DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de fecha 13 de enero de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 227-MSI del 13 de enero de 2008, se aprobo la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de San MORDAZA ­ TISA, estableciendo entre otras, las infracciones referidas a ruidos; Que, dicha MORDAZA municipal entro en vigencia el 01 de febrero de 2008, estableciendose sanciones pecuniarias y no pecuniarias u otras, por la comision de la infraccion de ruidos; Que, no obstante lo senalado se viene incrementando en el distrito las denuncias por ruidos generados por las actividades de ocio, diurno y nocturno, por construcciones, funcionamiento de locales, entre otras, los cuales son continuos y reincidentes, perturbando la tranquilidad de MORDAZA y la salud de los vecinos, siendo necesario incrementar el valor de las sanciones pecuniarias por la comision de la infraccion de ruidos a fin reducir su incidencia en el distrito; Que, cabe indicar que en virtud del Articulo 24º de del Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM del 30 de octubre de 2003, que aprobo el Reglamento de Estandares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, las Municipalidades Distritales son competentes para elaborar, establecer y aplicar la escala de sanciones, no existiendo a la fecha una MORDAZA emitida por la Municipalidad Provincial, que se adecue a lo estipulado en el citado Reglamento; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Numeral 8 del Articulo 9° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del tramite de acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS RESPECTO A LAS SANCIONES PECUNIARIAS CORRESPONDIENTE A LAS INFRACCIONES POR RUIDOS Articulo Primero.- Modificar la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas, aprobada por Ordenanza Nº 227-MSI, en el extremo de las sanciones pecuniarias que corresponden a los Codigos 13.09, 13.10 y 13.11, sobre Respeto a las Normas de Convivencia MORDAZA, quedando de la siguiente forma:

5.26 Por instalar grass block en las areas de uso publico.

Reposicion Ley 27972; Ley Organica de Municipalidades

Articulo Tercero.- Modificar el Codigo 5.10 de la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas-TISA del rubro Parques y Jardines, conforme se detalla a continuacion:
COD. Descripcion de la Subsanacion Infraccion 5.10 Por eliminar jardines ubicados en areas verdes de uso publico, reemplazandolos con lozas de concreto u otros materiales similares. Sancion Sancion no (%UIT) o lo pecuniaria indicado u otra 100% MORDAZA legal

Reposicion Ord. N° 058MSI y Ord. N° 063-MSI

DISPOSICIONES FINALES Primera.- Las Disposiciones Reglamentarias y Complementarias que se requieran para la aplicacion de la presente Ordenanza seran dictadas mediante Decreto de Alcaldia. Segunda.- Encargar a la Gerencia de de Obras y Servicios Municipales, el reemplazo gradual de las construcciones de grass block existentes en las areas de uso publico del distrito. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, para que a traves de la Subgerencia de Catastro Integral realice el levantamiento de informacion de los grass block existentes ubicados en areas verdes de uso publico en el distrito, en un plazo de 180 dias calendarios. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo la asignacion de los recursos presupuestales necesarios para la

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