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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de enero de 2010 411510 4.3.- Para Profesor Auxiliar: a) Para ser nombrado profesor auxiliar, tener título profesional conferido por las universidades del país o revalidados según ley. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto cualquier disposición que se oponga a lo establecido en la presente Resolución. Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los actos administrativos correspondientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. LUÍS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 447034-1 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Designan Comisión Informante fuera de proceso para que verifique las denuncias contra la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1276-2009-ANR Lima, 23 de noviembre del 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Memorando Nº 1046-2009-SE de fecha 10 de noviembre del 2009, y; CONSIDERANDO: Que, la Asamblea Nacional de Rectores, como ente rector del sistema universitario tiene como fi nalidad coordinar, orientar y velar por la institucionalidad y autonomía universitaria; Que, ante las denuncias efectuadas ante la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura y Patrimonio Cultural del Congreso de la República, se hace necesario conformar las comisiones informantes en las universidades involucradas; Que, en mérito a las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27602, se hace necesario verifi car in situ el contenido y la veracidad de las denuncias contra la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, para lo cual el Secretario Ejecutivo mediante memorando de vistos, dispone la elaboración de una resolución que designe una Comisión Informante fuera de proceso; Estando a lo propuesto y a la autorización de la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar una Comisión Informante fuera de proceso, a fi n de que verifi que in situ el contenido y veracidad de las denuncias contra la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión. La comisión estará conformada de la siguiente manera: - Dr. Adolfo Ricardo Cortavarria Linares Director de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional de Huancavelica. - Ing. Pedro Pascual Córdova Alva Profesor Principal de la Universidad Nacional Agraria de la Selva Ex Vicerrector Académico de la Universidad Nacional Agraria de la Selva. Artículo 2º.- Disponer que la Dirección General de Administración proporcione las facilidades necesarias a fi n de que la Comisión pueda cumplir con la misión encomendada. Artículo 3º.- Publíquese la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 447037-1 Declaran que las Universidades Científica del Sur y San Martín de Porres han cumplido con el inciso e) del artículo 92° de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, respecto a la creación y organización de Maestrías y otros COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1284-2009-ANR Lima, 24 de noviembre del 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nºs. 009 y 012-2009-UCSUR-SG de la Secretaria General de la Universidad Científi ca del Sur, Informe Nº 128-2009-DGDAC de la Dirección General de Desarrollo Académico de fecha 29 de octubre del 2009 y Memorando Nº 1056-2009-SE, de fecha 13 de noviembre del 2009, y; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Nº 1081-2008-ANR de fecha 5 de diciembre del año 2008, se aprueba la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad Científi ca del Sur, con sede en la ciudad de Lima, con los Programas de Maestría en Atención a la Primera Infancia en el Entorno Familiar y Maestría en Gestión Integral de Riesgos para Salud en Desastres, precisando en su artículo segundo, que la creación y funcionamiento de nuevos programas de maestría y doctorado en la citada Escuela de Posgrado, requieren la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, la Secretaria General de la Universidad Científi ca del Sur, mediante ofi cios de vistos, hace de conocimiento que, dando cumplimiento a lo previsto en el considerando anterior, el Consejo Universitario de la Universidad, acordó mediante resoluciones rectorales Nº 018 y 019-2009- UCSUR-RE, la creación de los Programas de: Maestría en Docencia en Educación Superior y la Segunda Especialidad en Estomatología;