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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de enero de 2010 411515 RESUELVE: Artículo Primero.- Fijar a las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito; Caja Municipal de Crédito Popular; Cajas Rurales de Ahorro y Crédito; Empresas de Desarrollo de la Pequeña y Micro Empresa –EDPYME; y, Empresa Afianzadora y de Garantías, para el año 2010, una tasa anual de contribución de un treceavo del uno por ciento (1/13 del 1%), que se aplicará sobre el promedio trimestral del Activo y Créditos Contingentes. Artículo Segundo.- Las contribuciones que correspondan pagar de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero, de la presente Resolución, deberán ser abonadas dentro de los diez (10) días siguientes de su requerimiento trimestral que en su oportunidad determine este Organismo de Control. En caso de incumplimiento en el pago de la contribución fi jada, ésta devengará intereses por el período de atraso, aplicándose la tasa de interés activa promedio en moneda nacional (TAMN) que publica esta Superintendencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administración General las acciones administrativas, financieras y legales necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 447185-1 UNIVERSIDADES Designan Secretario General de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL - UNI UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 057 Lima, 14 de enero de 2010 Visto el Ofi cio Nº 027-2010-INICTEL-UNI-DE-AL del 12 de enero del 2010, referido a la designación del Secretario General de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo resuelto por la Resolución Rectoral Nº 1201 de 03 de setiembre del 2009, en razón al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario en sesión extraordinaria Nº 24 del 02 de setiembre del 2009, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Instituto Nacional de Investigación de Capacitación de Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería - INICTEL-UNI, encontrándose la Secretaría General de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI, como cargo de confi anza; Que, mediante el Ofi cio Nº 027-2010-INICTEL-UNI- DE-AL del 12 de enero del 2010, el Director Ejecutivo del INICTEL-UNI informa que con fecha 11 de enero del 2010 el Secretario General de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI Abog. Juan Carlos Sánchez Gallegos, ha presentado su renuncia irrevocable al cargo de confi anza que venía desempeñando; Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del INICTEL-UNI corresponde al Presidente del Consejo Directivo del INICTEL-UNI designar los cargos de Confi anza, dando cuenta al Consejo Directivo; Que es necesario asegurar la marcha administrativa del INICTEL-UNI para el cumplimiento de sus metas y objetivos; De conformidad con lo previsto en el artículo 52º inciso c) y l) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Primero.- DESIGNAR al Abogado Jaime Enrique Oliva Ferre en el cargo de confi anza de Secretario General de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI, por el período de 02 meses a partir del 13 de enero del 2010. Segundo.- DAR las gracias al Abogado Juan Carlos Sánchez Gallegos, por los servicios prestados en el cargo de Secretaria General del INICTEL-UNI. Tercero.- ENCARGAR al Jefe del Área de Recursos Humanos o quien haga sus veces, de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI, realizar las acciones necesarias para implementar lo dispuesto en los artículos precedentes. Cuarto.- PUBLICAR, en el Diario Ofi cial El Peruano la presente Resolución, con cargo a los recursos directamente recaudados de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI. Quinto.- Dar cuenta al Consejo Universitario y al Consejo Directivo del INICTEL-UNI. Regístrese, comuníquese y archívese AURELIO PADILLA RÍOS Rector L. LUIS ACUÑA PINAUD Secretario General 447398-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban el Reglamento de la Ordenanza Nº 1275-MML que faculta a la Municipalidad Metropolitana de Lima a intervenir en los procesos de Licencias de Habilitación Urbana y de Edificación si se denuncian transgresiones a la normativa oficial DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001 Lima, 15 de enero de 2010 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con el numeral 79º inciso 1 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, compete a esta Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial, el Plan de Desarrollo Urbano, la Zonifi cación de las Áreas Urbanas y demás planes específi cos, así como aprobar la regulación provincial respecto al otorgamiento de licencias y las labores de control y fi scalización de las municipalidades distritales, además de fi scalizar el cumplimiento de los Planes y normas provinciales; debiendo también regular el régimen de infracciones, sanciones y en materia de planifi cación y urbanismo establece las competencias y funciones de la Alcaldía Metropolitana, entre las cuales dispone aprobar y normar los diferentes procesos de habilitación urbana, así como el desarrollo de los Planes en forma integral y armónica; Que, el artículo 151º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 dispone que la Capital de la República tiene régimen especial, el cual otorga a la