TEXTO PAGINA: 31
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de enero de 2010 411519 de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, conforme a lo establecido en los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú y los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, entre los objetivos de la Municipalidad de Mirafl ores se encuentra el de reconocer el esfuerzo de las personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, así como a las instituciones públicas o privadas, que con sus logros y/o acciones contribuyen al desarrollo cívico, moral, económico y social principalmente del distrito de Mirafl ores y de la Nación; así como en el progreso de cualquier aspecto de la vida humana; Que, mediante Ordenanza Nº 254-MM del 27 de abril del 2007, se aprobó el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones que otorga la Municipalidad de Mirafl ores; Que, la citada norma municipal requiere ser actualizada, a fi n de que los mecanismos y procedimientos que regulan estos tipos de reconocimiento se encuentren claramente establecidos; Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º, el numeral 5) del artículo 20º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa de trámite de aprobación de Acta, el Concejo por MAYORÍA aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE CONDECORACIONES Y DISTINCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el Otorgamiento de Condecoraciones y Distinciones de la Municipalidad de Mirafl ores, el mismo que consta de veinte (20) artículos y cinco (5) Títulos. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad de Mirafl ores (www.mirafl ores.gob.pe). Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº 254- MM del 27 de abril del 2007. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 447303-2 Autorizan viaje de Alcalde y Regidor a España, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2010-MM Mirafl ores, 8 de enero de 2010 EL ALCALDE DE MIRAFLORES Vistos, la invitación formulada por el Presidente de la Asociación Sant Jordi - Representante Exclusiva de la Escuela de Menores del Fútbol Club Barcelona para visitar las instalaciones del Club Barcelona - España, durante los días 16 al 21 de enero del presente año; CONSIDERANDO: Que, la invitación de vistos, de fecha 5 de enero del presente año, es efectuada al señor Alcalde y al señor Regidor Luis Molina, con el propósito de asegurar su visita a las instalaciones del Club Barcelona - España, durante los días 16 al 21 de enero del presente año; Que, el numeral 11) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, dispone que el Concejo tiene la atribución de autorizar los viajes al exterior del país, que en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; En uso de las facultades conferidas en el artículo 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo, por MAYORÍA y con dispensa del trámite de aprobación del acta, adoptó el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del señor Alcalde y el señor Regidor Luis Molina Arlés para asistir, en representación de la Municipalidad de Mirafl ores, a conocer las instalaciones del Club Barcelona - España. Artículo Segundo.- DISPONER que el viaje que se autoriza se efectuará entre los días 16 al 21 de enero del presente año. Artículo Tercero.- ESTABLECER que el viaje que se autoriza no irrogará gasto alguno a la Municipalidad de Mirafl ores, los mismos que serán asumidos íntegramente por la Asociación Sant Jordi. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Teniente Alcalde, señor Martín Bustamante Castro, las funciones del Despacho de Alcaldía, mientras dure la ausencia del titular. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 447303-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Modifican la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobada por Ordenanza Nº 227-MSI ORDENANZA Nº 283-MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO Visto, en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Enero de 2010; y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; Que, el Artículo 56° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las vías y áreas públicas, con subsuelo y aires son bienes de dominio y uso público, los cuales de conformidad con el Artículo 73° de la Constitución Política del Estado son inalienables e imprescriptibles; Que, el uso del grass block en las bermas de las vías del distrito viene ocasionando una serie de inconvenientes para el tránsito peatonal, especialmente para damas, niños y ancianos, pudiendo ocasionar accidentes, tales como caídas, torceduras, entre otros; Que, asimismo se advierte que la conservación en buenas condiciones del césped sembrado en las cavidades o alvéolos de los blocks resulta difícil y problemático por el reducido tamaño de aquellos y su poca profundidad, lo cual es inadecuado para el desarrollo del césped e insufi ciente para los instrumentos de mantenimiento de jardines;