Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2010 (22/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de enero de 2010

Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED; y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RATIFICAR la encargatura con eficacia anticipada, a partir del 01 de enero de 2010, a la Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la plaza Nº 189, Directora General del Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados, Categoria Remunerativa F-4, cargo considerado de confianza. Articulo Segundo.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional (http://www.bnp.gob.pe) Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional (e) 448184-1

a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS, no se prepublica la presente resolucion por considerar que seria innecesaria, en la medida que la designacion del lugar de pago es potestad de la Administracion Tributaria conforme a lo establecido en el articulo 29° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; En uso de las facultades conferidas por los articulos 29° y 88° del TUO del Codigo Tributario, los articulos 5° y 11° del Decreto Legislativo N.° 501 y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N.° 1152002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.INCORPORACION DE CONTRIBUYENTES AL DIRECTORIO DE LA INTENDENCIA DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES Incorporase al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, a los contribuyentes comprendidos en el Anexo de la presente resolucion, los mismos que deberan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, asi como realizar todo MORDAZA de tramites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, unicamente en Avenida Garcilaso de la MORDAZA N.° 1472, Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA o a traves de SUNAT Virtual. El Anexo de la presente resolucion, de acuerdo a lo establecido en el articulo 9° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y MORDAZA modificatoria, sera publicado en el MORDAZA de la SUNAT en la Internet cuya direccion es http://www.sunat.gob. pe, en la misma fecha en que se publique la presente resolucion. Articulo 2°.- NOTIFICACION La SUNAT notificara el contenido de la presente resolucion a los contribuyentes senalados en el anexo. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de febrero de 2010. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 449270-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Incorporan contribuyentes al Directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 013-2010/SUNAT MORDAZA, 21 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que el articulo 88° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-99-EF y normas modificatorias, dispone que la declaracion tributaria es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que el articulo 29° del citado Codigo establece que el lugar de pago sera aquel que senale la Administracion Tributaria mediante Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que el mencionado articulo tambien indica que al lugar de pago fijado por la SUNAT para los deudores tributarios notificados como Principales Contribuyentes no le sera oponible el domicilio fiscal; senalando, ademas, que en este caso, el lugar de pago debe encontrarse dentro del ambito territorial de competencia de la oficina fiscal correspondiente; Que asimismo, de conformidad con el articulo 1° de la Resolucion de Superintendencia N.° 100-97/SUNAT y normas modificatorias, los deudores tributarios notificados como Principales Contribuyentes Nacionales efectuaran la declaracion y el pago de la deuda tributaria en las oficinas bancarias ubicadas en la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, en efectivo o mediante cheque; Que posteriormente mediante la Resolucion de Superintendencia N.° 260-2004/SUNAT y normas modificatorias, se aprobaron las normas para que los deudores tributarios presenten sus declaraciones determinativas y efectuen el pago de los tributos internos a traves de SUNAT Virtual; Que resulta de interes fiscal modificar el directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Dictan disposiciones en el MORDAZA del MORDAZA de implementacion de funciones del Tribunal del Servicio Civil
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº05-2010-SERVIR-PE MORDAZA, 21 de enero de 2010

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