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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de enero de 2010 411667 Que, el encargo de funciones para el desempeño de cargos de responsabilidad directiva constituye una de las acciones previstas por Ley para el desplazamiento de los servidores dentro de la Carrera Administrativa, se aprueba por Resolución y tiene las siguientes características temporalidad, b) excepcionalidad, c) es fundamentada, d) debe ser compatible con niveles de carrera superiores al del servidor, según su grupo y nivel de carrera, f) en ningún caso debe de exceder del período presupuestal, y g) sólo procede en ausencia del titular; todo ello de conformidad con lo establecido en el Capítulo VII del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 5° del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, los encargos de puesto o de funciones autorizados mediante Resolución del Titular del Pliego y que excedan de un mes, dan derecho a percibir la diferencia entre la remuneración total del servidor encargado y el Monto Único de la Remuneración Total de la plaza materia del encargo; y De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276°, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED; y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR, la encargatura con efi cacia anticipada, a partir del 01 de enero de 2010, a la servidora Paxy Paola Sarmiento Vidal, la plaza Nº 060, Director de Sistema Administrativo III, Director General de la Ofi cina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú, Categoría Remunerativa F-4. Artículo Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web institucional (http://www.bnp.gob.pe) Regístrese, comuníquese y cúmplase NANCY ALEJANDRINA HERRERA CADILLO Directora Nacional (e) 448181-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 007-2010-BNP Lima, 12 de enero de 2010 La Directora Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Perú, es un Organismo Público Ejecutor conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, por el cual se aprobó la califi cación de Organismos Públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, de acuerdo a lo indicado en el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, la Biblioteca Nacional del Perú tiene autonomía técnica, administrativa y económica que la facultan a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el encargo de funciones para el desempeño de cargos de responsabilidad directiva constituye una de las acciones previstas por Ley para el desplazamiento de los servidores dentro de la Carrera Administrativa, se aprueba por Resolución y tiene las siguientes características temporalidad, b) excepcionalidad, c) es fundamentada, d) debe ser compatible con niveles de carrera superiores al del servidor, según su grupo y nivel de carrera, f) en ningún caso debe de exceder del período presupuestal, y g) sólo procede en ausencia del titular; todo ello de conformidad con lo establecido en el Capítulo VII del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 5° del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, los encargos de puesto o de funciones autorizados mediante Resolución del Titular del Pliego y que excedan de un mes, dan derecho a percibir la diferencia entre al remuneración total del servidor encargado y el Monto Único de la Remuneración Total de la plaza materia del encargo; y De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276° , Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED; y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR, la encargatura con efi cacia anticipada, a partir del 01 de enero de 2010, del servidor David Jorge Coloma Santibáñez la Plaza Nº 033, Director de Sistema Administrativo III, Director General de la Ofi cina de Desarrollo Técnico, Categoría Remunerativa F-4. Artículo Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web institucional (http://www.bnp.gob.pe) Regístrese, comuníquese y cúmplase NANCY ALEJANDRINA HERRERA CADILLO Directora Nacional (e) 448182-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL N º 008-2010-BNP Lima, 15 de enero de 2010 La Directora Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Perú, es un Organismo Público Ejecutor conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, por el cual se aprobó la califi cación de Organismos Públicos de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, de acuerdo a lo indicado en el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, la Biblioteca Nacional del Perú tiene autonomía técnica, administrativa y económica que la facultan a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el encargo de funciones para el desempeño de cargos de responsabilidad directiva constituye una de las acciones previstas por Ley para el desplazamiento de los servidores dentro de la Carrera Administrativa, se aprueba por Resolución y tiene las siguientes características temporalidad, b) excepcionalidad, c) es fundamentada, d) debe ser compatible con niveles de carrera superiores al del servidor, según su grupo y nivel de carrera, f) en ningún caso debe de exceder del período presupuestal, y g) sólo procede en ausencia del titular; todo ello de conformidad con lo establecido en el Capítulo VII del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 5° del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, los encargos de puesto o de funciones autorizados mediante Resolución del Titular del Pliego y que excedan de un mes, dan derecho a percibir la diferencia entre la remuneración total del servidor encargado y el Monto Único de la Remuneración Total de la plaza materia del encargo; y De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276°, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de