TEXTO PAGINA: 49
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de enero de 2010 412459 relaciones de colaboración con instituciones y organismos internacionales, intergubernamentales y organizaciones no intergubernamentales que procuren el respeto, defensa y promoción de los derechos humanos. Que, resulta importante la participación de la Presidenta de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO) en las referidas actividades, que están vinculadas a la promoción del diálogo y la inclusión social. Que, asimismo, conforme a los documentos de Vistos, el viaje de la Defensora del Pueblo implicará gastos al presupuesto institucional, correspondiendo que la institución fi nancie los impuestos aeroportuarios y viáticos. El Club de Madrid fi nanciará los pasajes aéreos; Que, los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y los artículos 2º y 4º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, establecen que las resoluciones que autoricen los viajes deberán sustentarse en el interés nacional o institucional; e indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los viáticos y tarifa CORPAC. Asimismo, dispone la obligación de publicar la referida resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, por otro lado, el inciso 10.1) del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para al Año Fiscal 2010, señala que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con excepción de los viajes que realicen los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos. De igual manera, sostiene que en el caso de los Organismos Constitucionalmente Autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la Entidad; Que, en consecuencia, habiéndose cumplido con el procedimiento exigido por la normatividad y siendo de interés institucional que la Defensora del Pueblo acepte las invitaciones formuladas por el Club de Madrid y la Organización de Naciones Unidas (ONU), a través del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales, es procedente que asista a los actos a llevarse a cabo con motivo de la 48ª Comisión de Naciones Unidas para el Desarrollo Social; Que, asimismo, a efectos de asegurar la continuidad de la gestión institucional, es necesario encargar la atención del Despacho de la Defensora del Pueblo al abogado Eduardo Ernesto Vega Luna, Primer Adjunto, del 31 de enero al 6 de febrero del 2010 inclusive, y en tanto dure la ausencia de la Titular de la Entidad, conforme a lo establecido por el artículo 8º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; y de conformidad con lo establecido en los literales d) y p) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP y modifi cado mediante Resolución Defensorial Nº 019-2009/DP; así como lo dispuesto por los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y los artículos 2º y 4º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; por lo establecido en el inciso 10.1) del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR la atención del Despacho de la Defensora del Pueblo al abogado Eduardo Ernesto VEGA LUNA, Primer Adjunto, del 31 de enero al 6 de febrero del 2010 inclusive, y en tanto dure la ausencia de la Titular de la Entidad. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje de la Defensora del Pueblo, por el período comprendido del 31 de enero al 6 de febrero del 2010, a fi n de participar en los actos que, con motivo de la 48ª Comisión de Naciones Unidas para el Desarrollo Social, se llevarán a cabo en los Estados Unidos de América, se efectuarán con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional, según el detalle siguiente: - Impuesto aeroportuario : US$ 31.00 - Viáticos : US$ 1,540.00 TOTAL : US$ 1,571.00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 452259-1 MINISTERIO PUBLICO Convierten fiscalía en la Sétima Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 187-2010-MP-FN Lima, 29 de enero de 2010 VISTO Y CONSIDERANDO: Que la Fiscal de la Nación como Titular del Ministerio Público, es responsable de planear, organizar, dirigir y normar la administración de justicia en el Ministerio Público; ese sentido, considera necesario convertir la Fiscalía Provincial Especializada en Violación a los Derechos Humanos en la Sétima Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios a dedicación exclusiva. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público e, incisos c) e i) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN, de 23 de enero de 2009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir la Fiscalía Provincial Especializada en Violación a los Derechos Humanos, con todo su personal en la Sétima Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Artículo Segundo.- Disponer que el Fiscal Superior Titular Coordinador de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales, adopte las medidas pertinentes respecto a la distribución de la carga laboral pendiente de la Fiscalía Provincial materia de conversión entre las Fiscalías Penales Supraprovinciales - Sede Lima. Artículo Tercero.- Disponer que la Fiscal Superior Titular Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios adopte las medidas pertinentes, a partir de la vigencia de la presente Resolución, para el establecimiento de turnos de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, y asignación de carga laboral a la fiscalía materia de conversión hasta lograr un promedio ponderado con sus fiscalías homólogas. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Fiscal Superior Coordinador de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales, Fiscal Superior Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Fiscalía Provincial Especializada en Violación a los Derechos Humanos, Gerencia General y Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 452429-1