Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2010 (30/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de enero de 2010

CIENTO CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 151 978 148,00), para el financiamiento de proyectos de inversion de saneamiento, de acuerdo a lo siguiente:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Autoriza Transferencia Financiera Autorizase la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, hasta por la suma de VEINTINUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 29 751 565,00) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de las Empresas Publicas senaladas en el Anexo II que forma parte del presente Decreto Supremo, para ser destinados exclusivamente al financiamiento de los proyectos de inversion de saneamiento cuya relacion y montos se detallan en el citado Anexo II. La transferencia financiera autorizada por el presente Decreto Supremo se realizara con cargo al presupuesto aprobado en el presente Ano Fiscal del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Actividad 1.046721: Transferencia para el Mejoramiento y Ampliacion de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos Institucional correspondiente. Articulo 4°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia a que hacen referencia los articulos 1° y 3° del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 5°.- Plazo para inicio del MORDAZA de seleccion Los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, senalados en los Anexos I y II del presente dispositivo, segun corresponda, inician en un plazo no mayor a quince (15) dias calendarios, a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo, el MORDAZA de seleccion correspondiente para la ejecucion de los proyectos a su cargo. Articulo 6°.- Informacion Los Pliegos y Empresas habilitadas informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los respectivos Convenios y/o Adendas correspondientes. Articulo 7°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los veintinueve dias del mes de enero del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA ARAOZ EFRNANDEZ Ministra de Economia y Finanzas

: Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Agua para Todos FUNCION 18 : Saneamiento PROGRAMA FUNCIONAL 040 : Saneamiento SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0088 : Saneamiento MORDAZA ACTIVIDAD 1.046721 : Transferencia para el Mejoramiento y Ampliacion de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 151 978 148,00 -------------------TOTAL 151 978 148,00 ============ A LA: SECCION MORDAZA En Nuevos Soles : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS : Gobiernos Regionales 1 : Recursos Ordinarios

PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros 1 569 064,00 PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros 150 409 084,00 --------------------TOTAL 151 978 148,00 ============

La transferencia de partidas autorizada por el presente Decreto Supremo sera destinada exclusivamente para el financiamiento de los proyectos de saneamiento senalados en el Anexo I, que forma parte de la presente MORDAZA, el cual detalla los Pliegos habilitados y el monto de transferencia para cada proyecto. Articulo 2°.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida.

ANEXO I TRANSFERENCIA DE PARTIDAS DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO A GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES ( EN NUEVOS SOLES) Nº PLIEGOS HABILITADOS CODIGO DNPP PROYECTOS DE INVERSION PROGRAMA DEL MVCS MONTO DE LA TRANSFERENCIA 1,569,064 044700 CONSTRUCCION DEL RESERVORIO APOYADO DE 1,500 M3 BUENA VISTA - DISTRITO DE BARRANCA PAPT 93,670

GOBIERNOS REGIONALES 1 463. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA

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