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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2010 (30/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de enero de 2010 412429 Iván Rafael Valentín Peralta, en el cargo de Asesor I de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; Que estando a lo solicitado por el documento de visto y convenir al servicio resulta necesario aceptar la renuncia presentada y designar en su reemplazo a la profesional propuesta; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010, en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el abogado IVÁN RAFAEL VALENTÍN PERALTA, al cargo de Asesor I, Nivel F-4, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la abogada MÓNICA ROXANA OROZCO MATZUNAGA, en el cargo de Asesor I, Nivel F-4, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 452464-2 Disponen mantener Alerta Amarilla en establecimientos de salud a nivel nacional y declaran la finalización de la Alerta Verde en el departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 073-2010/MINSA Lima, 29 de enero del 2010 Visto el Expediente Nº 10-007291-001, que contiene el Informe Técnico Nº 005-2010-PMV-OGDN/MINSA de la Ofi cina General de Defensa Nacional y el Informe Nº 075 - 2010-OGAJ/MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2010-PCM, se declaró el Estado de Emergencia por desastre natural en los distritos de Ate, Carabayllo, Comas, Rímac, San Juan de Lurigancho, San Juan de Mirafl ores, Villa María del Triunfo, Villa El Salvador y Lurigancho - Chosica de la provincia de Lima del departamento de Lima por sesenta (60) días y autorizan transferencia de recursos a favor de INDECI, debido a las fuertes lluvias que han producido daños materiales de consideración en la infraestructura pública y en las viviendas de la población, poniendo en riesgo su salud, siendo urgente su atención; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 755- 2009/MINSA, se declaró la “Alerta Verde” en todos los establecimientos de salud en el Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, ante la recomendación de la Organización Mundial – OMS de continuar con actividades de prevención y preparación ante una posible segunda ola pandémica; asimismo, se declara mantener la “Alerta Amarilla” en los demás establecimientos de salud a nivel nacional conforme a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 285-2009/MINSA; Que, la Directiva Nº 036-2004/MINSA-V.01, “Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 517-2004/MINSA, señala que la Alerta Amarilla se declara cuando la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud o su correspondiente de la DISA o DIRESA toma conocimiento del probable incremento signifi cativo de la demanda de atención en salud debido a la forma en que la amenaza se ha extendido o en virtud de la evolución que presenta, fundamentada en la información de la red de monitoreo o de fuentes complementarias; Que, mediante Informe Técnico Nº 003-01-2010- FRVL-OTPDN-OGDN, la Ofi cina General de Defensa Nacional, pone en conocimiento el boletín del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI Nº 011 del 18 de enero de 2010, el cual pronostica lluvias de moderada a fuerte intensidad, así como precipitaciones sólidas en localidades de Arequipa, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima, Madre de Dios, Pasco, Puno y Ucayali, sumado a ello el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI pronostica el arribo de la Onda Kelvin a fi nes de enero del presente año a la costa de Sudamérica y su contribución en el incremento de la temperatura de agua de mar en el litoral del Perú, que provocaría anomalías en las precipitaciones, así como daños a la salud de las personas, los servicios de salud y el entorno ambiental, por lo que se requiere implementar las acciones de prevención que permitan asegurar la atención adecuada y oportuna de los daños a la salud; Estando a lo informado por la Ofi cina General de Defensa Nacional; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del Vice Ministro de Salud ; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Mantener la “ALERTA AMARILLA” en los establecimientos de salud a nivel nacional, conforme a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 285-2009 del 27 de abril de 2009, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Declarar la fi nalización de la “ALERTA VERDE” en el Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, dispuesta en la Resolución Ministerial Nº 755-2009/MINSA. Artículo 3º.- La Ofi cina General de Defensa Nacional, a través de las Direcciones de Salud y Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces, se encargarán de monitorizar, supervisar y evaluar la aplicación de la presente Resolución. Artículo 4º.- Disponer que las Direcciones Regionales de Salud, de conformidad a la Directiva Nº 036-2004/ MINSA-V-01, ”Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 517-2004/MINSA, podrán incrementar la alerta al nivel que corresponda, siempre y cuando la situación dentro de su jurisdicción así lo amerite. Artículo 5º.- La Ofi cina General de Comunicaciones dispondrá la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/ portada/transparencia/normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 452464-3