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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de enero de 2010 412421 Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil DECRETO SUPREMO N° 050-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29467 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2010, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente; así como rehabilitar la infraestructura pública dañada, recuperando los niveles del servicio básico interrumpido; Que, el literal b) del primer párrafo de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29467, establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI es responsable por el adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Ley en mención, correspondiendo al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el numeral 7.1 del artículo 7° de la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01; Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29467, señala que es competencia del INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos antes señalados, así como, de solicitarlos a fi n de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos fi nancieramente; Que, asimismo el numeral 7.2 de la Directiva antes mencionada, señala que en relación a los proyectos de inversión pública de emergencia aprobados por la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres-CMPAD, corresponde a la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, determinar su elegibilidad como requisito previo a la solicitud por parte del INDECI; Que en aplicación de lo antes señalado, el Instituto Nacional de Defensa Civil, mediante Ofi cio N° 284-2010/ INDECI/4.0 solicita la incorporación de recursos hasta por la suma de DOSCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 206 230,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente al Gobierno Regional del Departamento de Amazonas para ser destinados al proyecto Rehabilitación de la Conducción Provisional del Canal Principal denominado Variante Chachas en la Localidad de San Isidro, distrito de La Peca, provincia de Bagua, departamento de Amazonas, afectada por la lluvia del 04 de julio de 2009, aprobado en sesión de la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres-CMPAD mediante Acta N° 002-2009/CMPAD, de fecha 26 de octubre de 2009 y declarado elegible por la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público-DGPM del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, es necesario atender con suma urgencia situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fi n de moderar los efectos contraproducentes tanto en la población como en la economía nacional, incorporando para el efecto recursos hasta por la suma de DOSCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 206 230,00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, en cumplimiento de la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 011-2010-EF/15; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29467 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 y el artículo 45° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, hasta por la suma de DOSCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 206 230,00), para atender un proyecto de inversión pública de emergencia, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCION 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia 206 230,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 206 230,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil FUNCION 05 : Orden Público y Seguridad PROGRAMA FUNCIONAL 016 : Gestión de Riesgos y Emergencias SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0035 : Prevención de Desastres ACTIVIDAD 077985 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 206 230,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 206 230,00 =========== Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección