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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2010 (30/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de enero de 2010 412424 cuentas bancarias abiertas para el otorgamiento de los “Encargos” a que se refi eren los artículos 46º, 62º y 63º y disposiciones conexas de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, aprobada por la Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15, a fi n de optimizar la ejecución del gasto público a través de dicha modalidad. Artículo 4º.- Establecer que las rendiciones de cuentas de los encargos entregados por las Unidades Ejecutoras y Municipalidades hasta el Año Fiscal 2009, se efectúan y se registran en el SIAF-SP, indefectiblemente hasta el 31 de mayo de 2010, bajo responsabilidad del Director General de Administración o de quien haga sus veces. Artículo 5º.- Prorrogar los plazos establecidos en el numeral 11.2 del artículo 11º de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15 y en la Segunda Disposición Transitoria de la Resolución Directoral Nº 013-2008- EF/77.15, para su aplicación en el Año Fiscal 2010. Artículo 6º.- Disponer que los Recursos Ordinarios no utilizados al 31 de marzo de 2010, de los Convenios de Administración de Recursos, costos compartidos y otras modalidades similares referidos en la Vigésima Sexta Disposición Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, son depositados por las Unidades Ejecutoras de las entidades suscriptoras de los mencionados Convenios, en la Cuenta Principal del Tesoro Público, mediante Papeleta de Depósitos (T-6), hasta el 31 de mayo de 2010 y se registran en el SIAF-SP, informando a la Dirección Nacional del Tesoro Público. Artículo 7º.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución Directoral. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MANUEL DÍAZ MARIÑOS Director General Dirección Nacional del Tesoro Público 452467-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 011-2010-EF Mediante Ofi cio Nº 087-2010-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 011-2010-EF, publicado en la edición del 21 de enero de 2010. En la página 411542 DICE: Artículo 11º.- ATRIBUCIÓN DE RENTAS Y PÉRDIDAS NETAS POR PARTE DE FONDOS Y FIDEICOMISOS Sustitúyase el artículo 18º-A del Reglamento por el siguiente texto: “Artículo 18º-A.- ATRIBUCIÓN DE RENTAS Y PÉRDIDAS NETAS POR PARTE DE FONDOS Y FIDEICOMISOS La atribución de rentas y pérdidas netas a que se refi ere el artículo 29º-A de la Ley, constituye la distribución de los resultados que provienen de fondos mutuos de inversión en valores, fondos de inversión, fondos de pensiones - en la parte que corresponde a los aportes voluntarios sin fi nes provisionales-, patrimonios fi deicometidos de sociedades titulizadoras y fi deicomisos bancarios, a favor de los contribuyentes del Impuesto. (...) DEBE DECIR: Artículo 11º.- ATRIBUCIÓN DE RENTAS Y PÉRDIDAS NETAS POR PARTE DE FONDOS Y FIDEICOMISOS Sustitúyase el artículo 18º-A del Reglamento por el siguiente texto: “Artículo 18º-A.- ATRIBUCIÓN DE RENTAS Y PÉRDIDAS NETAS POR PARTE DE FONDOS Y FIDEICOMISOS La atribución de rentas y pérdidas netas a que se refiere el artículo 29º-A de la Ley, constituye la distribución de los resultados que provienen de fondos mutuos de inversión en valores, fondos de inversión, fondos de pensiones -en la parte que corresponde a los aportes voluntarios sin fines previsionales-, patrimonios fideicometidos de sociedades titulizadoras y fideicomisos bancarios, a favor de los contribuyentes del Impuesto. (...) 452466-1 JUSTICIA Autorizan viaje de profesional como integrante de delegación que asistirá a audiencias convocadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 028-2010-JUS Lima, 29 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 049-2010-JUS/CNDH- SE el Secretario Ejecutivo (s) del Consejo Nacional de Derechos Humanos informa que la Presidencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha citado al Estado Peruano a cuatro (4) audiencias privadas, las cuales se encuentran relacionadas a los casos Barrios Altos, Cesti Hurtado, Acevedo Jaramillo y otros y De la Cruz Flores, a llevarse a cabo en la sede de la Corte ubicada en la ciudad de San José, República de Costa Rica, el día 1 de febrero de 2010; Que, por otro lado, los delegados que integran la representación del Estado Peruano en dichas audiencias privadas han programado sostener reuniones previas de trabajo, las cuales se realizarán el día 31 de enero de 2010, en las instalaciones de la Embajada Peruana en la República de Costa Rica; Que, por tanto, resulta de interés institucional el viaje del señor abogado Stephen Yuri Haas Del Carpio, Secretario Ejecutivo (s) del Consejo Nacional de Derechos Humanos, para participar como integrante de la delegación del Ministerio de Justicia que asistirá a las audiencias antes mencionadas en representación del Estado Peruano, por lo que resulta pertinente autorizar el viaje del citado profesional; Que, el gasto que genere dicho viaje será asumido con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807; Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor abogado Stephen Yuri Haas Del Carpio, del 30 de enero al 2 de febrero de 2010, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo a los