Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2010 (30/01/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

412430

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de enero de 2010

VIVIENDA
Designan representante del Ministerio ante el Consejo Directivo del Laboratorio Nacional de Hidraulica de la Universidad Nacional de Ingenieria
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 018-2010-VIVIENDA MORDAZA, 28 de enero del 2010. CONSIDERANDO: Que, el articulo 4 del Decreto Supremo Nº 009-90-AG dispone que el Laboratorio Nacional de Hidraulica, organo MORDAZA de la Universidad Nacional de Ingenieria, contara con un Consejo Directivo conformado por siete miembros, entre ellos, un representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, por Resolucion Ministerial Nº 290-2009-VIVIENDA, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo del Programa "Agua para Todos", como representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ante el Consejo Directivo del Laboratorio Nacional de Hidraulica de la Universidad Nacional de Ingenieria; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 006-2010VIVIENDA, se acepto la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director Ejecutivo del Programa "Agua para Todos" del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, procediendose a designar en dicho cargo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Acosta; Que, resulta necesario dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ante el Consejo Directivo del Laboratorio Nacional de Hidraulica de la Universidad Nacional de Ingenieria, asi como designar al MORDAZA representante del Ministerio ante el referido Consejo Directivo; De conformidad con la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA y el Decreto Supremo Nº 009-90-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ante el Consejo Directivo del Laboratorio Nacional de Hidraulica de la Universidad Nacional de Ingenieria. Articulo 2º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ante el Consejo Directivo del Laboratorio Nacional de Hidraulica de la Universidad Nacional de Ingenieria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 452021-1

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el numeral 2.1 del articulo 2 del Decreto de Urgencia Nº 089-2009, los recursos del "Fondo para la Reconstruccion - Sismo 15 de agosto de 2007" son incorporados en los pliegos presupuestarios que realicen las actividades, proyectos y programas priorizados por el Directorio de FORSUR o quien haga sus veces, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, para cuyo efecto FORSUR comunica, mediante resolucion de su mas alta autoridad, al Ministerio de Economia y Finanzas, para que a traves de la Direccion Nacional de Tesoro Publico, efectue directamente la asignacion financiera correspondiente, con cargo a los citados recursos, a favor de la entidad publica beneficiaria a traves de la unidad ejecutora o Gobierno Local respectivo y por el monto que determine FORSUR conforme al Acuerdo de su Directorio o de quien haga sus veces. Cada asignacion financiera sera publicada en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el numeral 2.3 del articulo 2 del Decreto de Urgencia Nº 089-2009 dispone que cuando la actividad, proyecto o programa este a cargo de una empresa publica de saneamiento o por el Banco de Materiales, la asignacion financiera con cargo a los recursos senalados en el numeral precedente, se efectua directamente a favor del pliego Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para que a su vez dicho ministerio transfiera financieramente los recursos conforme a lo establecido en el articulo 3 del Decreto de Urgencia Nº 046-2009 y por resolucion de su Titular que se publica en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante el Oficio Nº 005-2010/FORSUR-PE el Presidente Ejecutivo del FORSUR informa que en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 2 del Decreto de Urgencia Nº 089-2009, la Direccion Nacional de Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, con fecha 30 de diciembre de 2009, ha realizado la asignacion financiera a favor del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento por un monto de UN MILLON NOVECIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 907 555,00) para ser destinado a la ejecucion del proyecto "Reconstruccion del Sistema de Agua y Desague del Centro Poblado de Hualcara, provincia de Canete, departamento de Lima", conforme a lo aprobado por la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 004-2009-FORSUR/PE, siendo que la Unidad Ejecutora del Proyecto en mencion sera EMAPA CANETE S.A.; Que, con fecha 11 de diciembre de 2009 se suscribio el Convenio de Cooperacion entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la Municipalidad Provincial de Canete, EMAPA CANETE S.A. y el FORSUR, con el objeto de establecer los lineamientos administrativos y de operatividad que deberan seguir las partes para la transferencia de recursos destinados a financiar el expediente tecnico y la ejecucion y supervision de obra del proyecto "Reconstruccion del Sistema de Agua y Desague del Centro Poblado de Hualcara, provincia de Canete, departamento de Lima", senalandose en su clausula MORDAZA, que el valor de inversion del proyecto asciende a DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 357 555,00) y sera cofinanciado con cargo a recursos del "Fondo para la Reconstruccion ­ Sismo del 15 de agosto de 2007" por UN MILLON NOVECIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 907 555,00), recursos de EMAPA CANETE S.A. por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 250 000,00) y de la Municipalidad Provincial de Canete por DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 200 000,00); Que, mediante el Memorandum Nº 091-2010/ VIVIENDA/VMCS/PAPT-1.0 el Director Ejecutivo del Programa Agua para Todos con el informe tecnico correspondiente, emite la opinion favorable y solicita se gestione la transferencia financiera por un monto de UN MILLON NOVECIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.

Aprueban transferencia a favor de EMAPA CANETE S.A. para cofinanciar la elaboracion de expediente tecnico, ejecucion y supervision de la reconstruccion del sistema de agua y desague del Centro Poblado de Hualcara
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 020-2010-VIVIENDA MORDAZA, 28 de enero del 2010.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.