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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de enero de 2010 412432 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Precisan información referente a denominación y numeración de inmueble declarado monumento mediante Resolución Jefatural Nº 009 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 078/INC Lima, 15 de enero de 2010 Vistos el Memorando Nº 2051-2009-DDPH/INC de fecha 25 de noviembre del 2009, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 009 de fecha 12 de enero del 1989, se declaró monumento al inmueble sito en el Jr. Lampa Nºs 1094-1096-1098 esq. Pachitea Nº 295, distrito, provincia y departamento de Lima; Que, mediante el documento del visto la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico solicitó a la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, se lleve a cabo la precisión de la citada resolución al haberse detectado un error material respecto de la dirección del inmueble, ya que de acuerdo a los antecedentes registrales del inmueble que corren inscritos en las Partidas Nºs 49053859, 49053858, 49053857 y 49053856, emitidas por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, dicho inmueble fue independizado en el año 1968, registrándose como: Vivienda de altos ubicado en Jr. Lampa-calle Cádices Num. 1094-Cercado, Jr. Lampa –calle Cádices Nº 1096 (antes 1094)-tienda bajos, Jr. Lampa –calle Cádices- Nº 1098, Jr. Pachitea –calle Mandamientos-295; Que, mediante Informe Nº 003-2010-DAB-SDR-DPHCR/ INC de fecha 6 de enero del 2010, la Sub Dirección de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, indicó que el inmueble de dos niveles, corresponde a una edifi cación destinada a vivienda- comercio, de muros de adobe y quincha con entrepisos y techos de madera, construida en el año 1913. Asimismo, que toda vez que la declaración como monumento del inmueble, implica el haber otorgado dicha categoría a la totalidad del mismo, no se considera procedente hacer la precisión solicitada, considerando la dirección municipal que señala cada una de las partidas, pues conllevaría a la desmembración del inmueble en cuatro partes, resultando viable en cambio, realizar la precisión tomando en cuenta la numeración y nomenclatura que se registra en la Partida Nº 49053859 (partida matriz), donde señala que el inmueble se halla signado con los números: mil noventa y cuatro; mil noventa y seis y mil noventa y ocho con frente al Jirón Lampa-(Calle Cádices)- esquina con el Jirón Pachitea -(Calle Mandamientos)-Nº 295; Que, el artículo 13º del Decreto Ley Nº 25762 “Ley Orgánica del Ministerio de Educación”, señala que el Instituto Nacional de Cultura es el órgano que tiene por fi nalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el campo de la cultura, normar, supervisar y evaluar la política cultural del país y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo 201º de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General” señala que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, de conformidad con lo previsto en los Artículos III y VII del título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, el Instituto Nacional de Cultura es el organismo con competencia y atribuciones para declarar patrimonio cultural de la Nación a los inmuebles de importancia histórica y artística; Con las visaciones del Director de Gestión, del Director (e) de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano y del Director (e) de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 27444, Ley del procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decreto Supremo Nº 011-2006- ED, que aprueba el reglamento de la ley General del Patrimonio Cultural de la Nación. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar la Resolución Jefatural Nº 009 de fecha 12 de enero de 1989, en el extremo correspondiente a la denominación y numeración del inmueble declarado monumento, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Lima, conforme a la Partida matriz Nº 49053859, la misma que queda como a continuación se indica: Dice: • Jr. Lampa Nºs 1094-1096-1098 esq. Pachitea Nº 295 Debe decir: • Jirón Lampa -calle cádices- Nºs 1094, 1096 y 1098, esquina con el Jirón Pachitea -(calle Mandamientos)- Nº 295. Artículo 2º.- La condición cultural de bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, deberá quedar inscrita en la Partida matriz Nº 49053859 y en las Partidas independizadas 49053858, 49053857 y 49053856. Registrese, comuniquese y publiquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 451555-1 Retiran condición de Monumento a inmueble denominado “Quinta de las Nazarenas” ubicado en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 084/INC Lima, 19 de enero de 2010 Vistos: el Expediente Nº 013219/2009 y el Informe Nº 40-2010-OAJ/INC; y, CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 20 de mayo de 2009 contenido en el expediente del visto, el Monasterio de las Nazarenas Carmelitas Descalzas, representado por la Rvda. Madre Maria Soledad García Beroiz, Priora del Monasterio, solicita retiro de condición de bien cultural del inmueble denominado “Quinta de las Nazarenas” ubicado en Jr. Chancay Nº del 550 al 568, distrito, provincia y departamento de Lima, declarado Monumento mediante Resolución Jefatural Nº 515 de fecha 11 de agosto de 1989, integrante de la Zona Monumental de Lima declarada mediante Resolución Suprema Nº 2900-1972- ED de fecha 28 de diciembre de 1972; Que, mediante Acuerdo Nº 01 de fecha 31 de julio de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo declara improcedente el retiro de condición de Monumento del citado inmueble, considerando que las supuestas obras de demolición no contaron con la autorización del Instituto Nacional de Cultura, haciendo la