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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (24/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de febrero de 2010 414548 cual solicitan la Recepción de Obra de la Habilitación Urbana denominada “SOL DE PARAISO” del terreno con un área de 10,168.00 m2, constituido por el Lote 02 de la Manzana “k” Urbanización Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, cuyos proyectos de Habilitación Urbana fueron aprobados mediante Resolución de Alcaldía Nº 0253 del 31 de Enero del 2000 y su modifi cación por Resolución de Alcaldía Nº 736 del 22 de Mayo del 2000, expedidas por la Municipalidad Distrital de Ate CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0253 del 31 de Enero del 2000 y su modifi cación por Resolución de Alcaldía Nº 736 del 22 de Mayo del 2000, expedidas por la Municipalidad Distrital de Ate y conforme al plano Nº 002 – HU – OII – MDA, se ha procedido a la aprobación de la Habilitación urbana para uso Vivienda Taller “I1-R4”, del terreno de 10,168.00m2 , constituido por el Lote 02 de la Manzana k Urbanización Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, encontrándose debidamente inscrita en la Partida Registral Nº 45142914, así también se señala mediante Recibo Nº 29386 de fecha 02 de Noviembre de 1998 la cancelación del défi cit de aportes . Que, mediante Informe Nº 1234 – 2008 – MDA/OGAJ de fecha 19 de Diciembre 2008, la Ofi cina General de Asuntos Jurídicos, opina que habiéndose inscrito en la Partida Nº 45142914, la aprobación de la Habilitación Urbana del terreno constituido por el Lote 02 de la Manzana k Urbanización Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, cuenta con seguridad jurídica, respecto a su contenido, en mérito al título expresado en la Resolución de Alcaldía Nº 253 de fecha 31 de Enero del 2000 y su modifi cación por Resolución de Alcaldía Nº 736 de fecha 22 de Mayo de 2000 , carece de objeto la Ratifi cación de dicha aprobación por la Entidad Provincial por las consideraciones señaladas. Que, mediante Carta DPHC.0736616 de fecha 12 de Agosto de 2008, emitida por la empresa LUZ DEL SUR indican que la Asociación de Vivienda Sol de Paraíso esta ubicada en una zona electrifi cada contando con redes del subsistema de distribución secundaria e instalaciones de alumbrado público, los cuales atienden y/o podrán atender los requerimientos de energía eléctrica previa evaluación técnica y comercial. Que, mediante Ofi cio Nº 072 – 2008 – MDA/GOP-SGEOP, de fecha 18 de agosto del 2008, se adjunta constancia de Control de Obras de Pavimento y Certifi cado de Calidad del asfalto y concreto, el cual según se menciona ha sido ejecutado siguiendo lo indicado en las especifi caciones técnicas y donde se han realizado pruebas de control de calidad en el asfalto y el concreto utilizado. Que, mediante Carta Nº 232 - 2009 - EIAC de fecha 27 de Enero de 2009, emitida por la empresa SEDAPAL señala que, las obras de agua potable y alcantarillado quedan recepcionadas de forma defi nitiva, correspondientes a la Asociación de Vivienda Sol de Paraíso, constituido por el Lote 02 de la Manzana k Urbanización Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Que, mediante Resolución Jefatural Nº 1389 de fecha 05 de Agosto del 2009 resuelve aprobar la valorización ascendente a la suma de 4,068.42 (Cuatro mil sesenta y ocho con 42/100 nuevos soles) correspondiente al défi cit de aporte para el Ministerio de Educación, por el proceso de Regularización de Habilitación Urbana y mediante la boleta de venta Nº 000305 de fecha 10 de agosto del 2009 acreditan el pago de dicho aporte. Que mediante el Informe Nº 181-2009-A.R.Y.P. de fecha 08 de Septiembre de 2009 emitida por el Área de Habilitaciones Urbanas de la Sub gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro se concluye por la procedencia del trámite de Recepción de Obra, al haberse verifi cado la existencia de las obras básicas y complementarias; asimismo el recurrente ha cumplido con el pago del défi cit de los Aportes Reglamentarios y con presentar los requisitos estipulados por el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del capítulo II del artículo 79º de la Ley Orgánica De Municipalidades Ley Nº 27972, Ley Nº 27444 Ley Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas y por el Reglamento Nacional de Edifi caciones. SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECEPCIONAR de conformidad con el Plano de Replanteo Nº 050-2009-SGPUC-GDU/MDA que forma parte de la presente Resolución, las Obras de la Habilitación Urbana denominada “SOL DE PARAISO” seguido por don AUGUSTO MANUEL BECERRA PISCO, con un área de 10,168.00 m2, constituido por el Lote 02 de la Manzana k Urbanización Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, y en consecuencia autorícese la independizaciòn y la libre disponibilidad de los lotes que la conforman Del Área Bruta Total del terreno 10,168.00 m2 se tiene un área cedida a vías de 2,538.00 m2 quedando un área útil de 7,630.00 m2, distribuida de la siguiente manera: MANZANA CANTIDAD DE LOTES NUMERACION ÁREA (m2) A 24 1 AL 24 3,052.00 B 24 1 AL 24 3,052.00 C 12 1 AL 12 1,526.00 TOTAL 60 7,630.00 Artículo Segundo.- INCORPORAR en la jurisdicción del distrito de Ate, la Habilitación Urbana que se recepciona con la presente Resolución. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el plazo máximo de 30 días calendario de notifi cados, por cuenta de los interesados Artículo Cuarto.-. TRANSCRIBIR la presente Resolución de Gerencia al Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Lima y Callao - SUNARP para los efectos de su Inscripción correspondiente; y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL YAFAC VILLANUEVA Subgerente Planifi cación Urbana y Catastro 460322-1 Disponen la recepción de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA N° 019 Ate, 27 de enero de 2010 EL SUB GERENTE DE PLANIFICACION URBANA Y CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 0263-2010, seguido por la COMPAÑIA INDUSTRIAL TEXTIL CREDISA TRUTEX S. A. A. – CREDITEX S. A. A. representado por su Gerente Administrativo Don LUIS HERRERA PAREDES por el cual solicitan la Recepción de Obra de Habilitación Urbana del terreno con un área de 2,678.12 m2, constituido por el lote 7 de la Mz. “B” de la parcelación semirústica La Molina, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; cuyos Proyectos de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada fueron aprobados mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 139 de fecha 02 de Septiembre de 2009, emitida por la Municipalidad Distrital de Ate; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194°, numeral 5) del Artículo 195° de nuestra Carta Magna, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala en su artículo I del Título Preliminar que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial