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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (24/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de febrero de 2010 414547 Sexta.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga, mientras dure la vigencia de la presente Ordenanza. Regístrese comuníquese y cúmplase. JACQUELINE ALJOBIN ESQUEN Alcaldesa 460842-1 Establecen monto mínimo del Impuesto Predial y fijan el Cronograma con las fechas de vencimiento para el pago de tributos municipales correspondiente al Ejercicio 2010 ORDENANZA Nº 207-2010-MDA Ancón, 29 de enero de 2010 VISTO: En Sesión de Concejo de la fecha, el Pleno ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO MINIMO DEL IMPUESTO PREDIAL, Y FIJA EL CRONOGRAMA CON LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2010 Artículo Primero.- Establecer el Monto Mínimo del Impuesto Predial 2010 en S/. 21.60 (Veintiuno y 60/100 Nuevos Soles) por concepto del Impuesto Predial para el ejercicio 2010. Artículo Segundo.- De conformidad con lo previsto en el Artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, la obligación de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2010 vence: PAGO AL CONTADO (ANUAL) : 27 DE FEBRERO PAGO FRACCIONADO (POR TRIMESTRE) Primera Cuota : 27 DE FEBRERO Segunda Cuota : 31 DE MAYO Tercera Cuota : 31 DE AGOSTO Cuarta Cuota : 30 DE NOVIEMBRE Artículo Tercero.- Establézcase, las fechas de vencimiento de pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del Ejercicio 2010, como sigue: 1º bimestre 27 de Febrero del 2010 4º bimestre 31 de Agosto del 2010 2º bimestre 30 de Abril del 2010 5º bimestre 30 de Octubre del 2010 3º bimestre 30 de Junio del 2010 6º bimestre 31 de Diciembre del 2010 Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Administración, el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como su respectiva implementación en el sistema informático correspondiente, y a la Secretaría General e Imagen Institucional su publicación y difusión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JACQUELINE ALJOBIN ESQUEN Alcaldesa 460842-2 Establecen montos de derecho de emisión mecanizada por tributos municipales, correspondiente al Ejercicio 2010 ORDENANZA Nº 208-2010-MDA Ancón, 29 de enero de 2010 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el pleno del Concejo ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS MONTOS DE DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA POR TRIBUTOS MUNICIPALES, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2010 Artículo Primero.- FIJESE en S/. 6.00 (Seis 00/100 Nuevos soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto, incluyendo la distribución de la declaración jurada y determinación del Impuesto Predial del ejercicio 2010. Asimismo por cada predio adicional se abonará el importe de S/. 2.00 (Dos y 00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. El monto del derecho de emisión se cancelará al vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio 2010. Artículo Segundo.- ESTABLECER en S/. 6.00 (Seis y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes o responsables por concepto de derecho emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2010, incluyendo la distribución a domicilio, por cada predio. El monto del derecho se cancelará en forma fraccionada conjuntamente con las seis cuotas de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2010. Artículo Tercero.- FIJESE como tope máximo el 0.4% de la UIT por el derecho de emisión mecanizada, para los contribuyentes que posean más de un predio. Artículo Cuarto.- APRUEBESE, el Informe Técnico que comprende la estructura de costos y la estimación de ingresos, que como anexo, forman parte integrante de la presente ordenanza, que establece el monto del servicio de emisión mecanizada, actualización de valores, determinación de tributos y distribución a domicilio, correspondiente al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2010. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y del Acuerdo de Concejo Ratifi catorio que emita la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Administración, el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como su respectiva implementación en el sistema informático correspondiente, y a la Secretaría General e Imagen Institucional su publicación y difusión. Artículo Sétimo.- Autorizar a la Alcaldesa para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JACQUELINE ALJOBIN ESQUEN Alcaldesa 460842-3 MUNICIPALIDAD DE ATE Disponen la recepción de obras de habilitación urbana en área de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 013 Ate, 20 de enero de 2010 EL SUBGERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 31095 - 2008, seguido por don AUGUSTO MANUEL BECERRA PISCO, por medio del