Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2010 (24/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

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Estimacion de Ingresos - Derecho de Emision Mecanizada CUPONERA 2010 (En Nuevos Soles)
Tasa General (4.60) Adicional (0.55) TOTAL Factor Aplicables 39,800 7,700 Ingresos Estimados S/. 183,080.00 4,235.00 187,315.00

Articulo Tercero.- ENCARGUESE, a la Gerencia de Administracion Tributaria, Secretaria General, y a las demas Oficinas Ejecutoras, el cumplimiento y debida aplicacion de la Ordenanza; asi como la adecuada difusion de la misma y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, como en el MORDAZA y Pagina Web de la Entidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Establecen monto minimo de pago del Impuesto Predial e importe anual por derecho de emision mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios para el Ejercicio 2010
ORDENANZA Nº 001-2010/MDPN
Punta Negra, 10 de febrero de 2010. VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 057-2010-GAT/MDPN, de la Gerencia de Administracion Tributaria de fecha 02 de Febrero del 2010, solicitando aprobacion de la Ordenanza "ESTABLECIENDO EL MONTO MINIMO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y EL MONTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010". CONSIDERANDO: Que, segun la Constitucion Politica del Peru, concordante con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 regulan que los Gobiernos Locales gozan de Autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 13º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades establecer un monto minimo a pagar por Impuesto Predial, equivalente a 0.6% de la UIT vigente. Que, la cuarta Disposicion Final de la MORDAZA Tributaria precedente aprobada por D. S. Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades que brindan el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida la distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al 1º de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de MORDAZA de Declaraciones Juradas. En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de las Municipalidades 27972, el Concejo Municipal, con la dispensa de lectura y aprobacion del Acta, y por UNANIMIDAD, segun actas expidio la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO MINIMO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y EL MONTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010 Articulo Primero.- ESTABLECER, el Monto Minimo del Impuesto Predial a pagar en el ejercicio Fiscal 2010, en la suma de S/. 21.60 (Veintiuno y 60/100 nuevos soles). Articulo Segundo.- FIJESE, en S/. 12.40 (Doce y 40/100 nuevos soles) el importe anual que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, incluida la distribucion a domicilio, para el ejercicio fiscal 2010.

460297-1

Aprueban Regimen de Extraccion de Materiales de Construccion ubicados en los alveos, cauces de los MORDAZA y canteras del distrito
ORDENANZA Nº 002-2010/MDPN
Punta Negra, 10 de febrero de 2010. VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 107-2010-GDU/MDPN, de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de fecha 04 de febrero del 2010, solicitando aprobacion del Proyecto de Ordenanza "QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE EXTRACCION DE MATERIALES DE CONSTRUCCION, UBICADOS EN LOS ALVEOS, CAUCES DE LOS MORDAZA Y CANTERAS EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO". CONSIDERANDO: Que, segun la Constitucion Politica del Peru, y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, regulan que las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, las Ordenanzas son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal y tienen rango de Ley, segun lo establecido en el Articulo 200º numeral 4) de la Carta fundamental. Que, el Inc. 9 y 2 del Articulo 69º de la Ley Nº 27972 establece como Rentas Municipales; los derechos por la extraccion de materiales de construccion ubicados en los alveos, cauces de los MORDAZA y canteras localizados en su jurisdiccion, conforme a Ley. Que, la Ley Nº 28221, Regula el Derecho por extraccion de Materiales de los alveos, cauces de los MORDAZA, prescribe que las Municipalidades Distritales y Provinciales en su jurisdiccion, son competentes para autorizar la extraccion de materiales y percibir el derecho correspondiente, que no podra ser superior al derecho de vigencia que MORDAZA los concesionarios mineros no metalicos. En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades 27972, el Concejo Municipal, con la dispensa de lectura y aprobacion del Acta, y por UNANIMIDAD, segun actas expidio la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE EXTRACCION DE MATERIALES DE CONSTRUCCION, UBICADOS EN LOS ALVEOS, CAUCES DE LOS MORDAZA Y CANTERAS EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO Articulo Primero.- Apruebese el Regimen de Extraccion de Materiales de Construccion (arena, hormigon) ubicados en los alveos, cauces de los MORDAZA y canteras en la jurisdiccion del Distrito de Punta Negra, constituidos por 22 articulos, 4 articulos de sus disposiciones complementarios que corren como Anexos formando parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto Alcaldia, implemente lo necesario la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Publiquese la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, como en el MORDAZA y Pagina Web de la Entidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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