Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2010 (24/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

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del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, son sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79° numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de: 3.6.1. Habilitaciones urbanas, Que, mediante Resolucion de Sub Gerencia Nº 139 del 02 de Septiembre de 2009, emitida por la Municipalidad Distrital de Ate, resolvio en su Articulo Primero aprobar de conformidad con el Plano signado N° 048-09-SGPUCGDU/MDA los Proyectos de Habilitacion MORDAZA del terreno de 2,678.12 m2 para el Uso Residencial de Gran Industria "I-3", constituido por el lote 7 de la Mz. "B" de la parcelacion semirustica La MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate. Autorizandole a la empresa DISENO Y COLOR S.A. para ejecutar las obras de habilitacion MORDAZA, en base al siguiente cuadro de areas, Area Bruta igual al Area Util con un area de 2,678.12 m2. Asimismo en los considerandos de dicha Resolucion de Sub Gerencia se senala la cancelacion de todos los aportes reglamentarios, Que, en la Partida Registral Nº 49062155 del terreno se indica que el dominio del inmueble constituido por el lote 7 de la Mz. "B" de la Parcelacion Semirustica La MORDAZA ha sido adquirido por la Compania Industrial Textil Credisa Trutex S. A. A. en merito a la compra ­ venta celebrada con su anterior propietario Diseno y Color S. A., Que, con fecha 09 de Noviembre de 2009 mediante Carta Nº DPHC.09.0847253, la empresa Luz del Sur deja MORDAZA de Existencia y suficiencia de redes para el terreno ubicado en la Av. La Mar, Mz. "B" Lote 7, Parcelacion Semirustica La MORDAZA, las cuales atienden y/o podran atender los requerimientos de energia electrica de la MORDAZA, Que, mediante Carta Nº 858-2009/EOMR-AV de fecha 16 de Diciembre de 2009 la empresa SEDAPAL deja MORDAZA de Existencia y Suficiencia de Servicios de Agua y Alcantarillado, senalando que las redes de Agua y alcantarillado estan proyectadas para abastecer y descargar al terreno materia de la recepcion de obra, Que mediante el Informe N° 009-2010-DEHE de fecha 19 de Enero de 2010 emitida por el Area de Habilitaciones Urbanas de la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro se concluye por la procedencia del tramite de Recepcion de Obra, al haberse verificado la existencia de los servicios basicos y la pavimentacion de pistas, veredas; asimismo la empresa recurrente ha cancelado el deficit de los aportes reglamentarios y cumplido con presentar los requisitos estipulados por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del capitulo ii del articulo 79° de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 29090 Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y por el Reglamento Nacional de Edificaciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECEPCIONAR de conformidad con el Plano signado con el Nº 009-2010-SGPUC-GDU/MDA que forma parte de la presente Resolucion, las Obras de Habilitacion MORDAZA seguido por la COMPANIA INDUSTRIAL TEXTIL CREDISA TRUTEX S. A. A. ­ CREDITEX S.A.A. representado por Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA del terreno con un area de 2,678.12 m2, constituido por el lote 7 de la Mz. "B" de la parcelacion semirustica La MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, cuyos Proyectos de Habilitacion MORDAZA fueron aprobados mediante Resolucion de Sub Gerencia Nº 139 del 02 de Septiembre de 2009, emitida por la Municipalidad Distrital de Ate.

Del Area Bruta Total del terreno 2,678.12 m2, se tiene que el area util es igual que su area bruta, es decir 2,678.12 m2, propuesta como lote unico. Articulo Segundo.- INCORPORAR en la jurisdiccion del distrito de Ate, la Habilitacion MORDAZA que se recepciona con la presente Resolucion. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo MORDAZA de 30 dias calendario de notificados, por cuenta de los interesados. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion de Gerencia al Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao - SUNARP para los efectos de su Inscripcion correspondiente y a los interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA YAFAC MORDAZA Sub Gerente Planificacion MORDAZA y Catastro

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MUNICIPALIDAD DE COMAS
Convocan a delegados de las organizaciones de la sociedad civil para participar en el MORDAZA eleccionario de representantes ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2010-A/MC
Comas, 15 FEB. 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local emanados de la voluntad popular que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y rigen su accionar por lo que dispone la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades y demas normas que, con arreglo a la Constitucion, regulan el funcionamiento y actividades del sector publico nacional; Que, mediante Ordenanza Nº 257-C/MC, de fecha 06 de febrero del 2008, se aprueba el Reglamento de la Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local del Distrito de Comas, estableciendo que la convocatoria a elecciones del Comite Electoral y de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital sera mediante Decreto de Alcaldia, el mismo que senalara el lugar, la fecha y la hora en que se procedera a la eleccion; Que, mediante Informe N° 058-2010-SGPVROS-GPV/ MC, de fecha 08 de febrero del 2010, la Sub-Gerencia de Participacion Vecinal y Registro de Organizaciones Sociales, remite el Cronograma Electoral para elegir a los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital 2010-2012; Que, conforme a lo establecido en el inciso a) del articulo 6º, de la Resolucion Jefatural N° 099-2007-J/ ONPE, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la ONPE brinda asistencia tecnica a las instituciones publicas que lo soliciten; este servicio incluye la posibilidad de realizar el MORDAZA electronico; y Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6 del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 42° de la misma Ley y con el Visto MORDAZA de las Gerencias de Participacion Vecinal, Asuntos Juridicos y de la Gerencia Municipal, DECRETA: Articulo 1º.- CONVOCAR a los delegados de las Organizaciones de la Sociedad Civil de la jurisdiccion del distrito de Comas, para que participen en el MORDAZA

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