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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (26/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de febrero de 2010 414670 Vencimiento: .............................................. De nuestra consideración: Por la presente y a la solicitud de nuestros clientes, señores ................... constituimos esta fi anza solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática, sin benefi cio de excusión, hasta por la suma de …...... ................... Dólares de los Estados Unidos de América (US$ ......) en favor de la Municipalidad de San Isidro, para garantizar la seriedadde la Carta de Presentación de Proyecto Alternativo de nuestros clientes y la suscripción del contrato correspondiente por parte de éstos, en caso que su iniciativa privada sea declarada preferente, declarada de interés y no se presenten interesados para la ejecución de la misma y ésta sea adjudicada directamente a nuestro cliente. Asimismo, dejamos constancia que la presente garantía se hará efectiva en el caso que nuestro cliente no cumpla con los requisitos establecidos por la Municipalidad de San Isidro para la fecha de suscripción del contrato, así como no suscribiese el respectivo contrato de promoción de la inversión privada derivado del proceso de selección correspondiente o no cumpla con presentar una oferta económica válida en el referido proceso de selección convocado, según sea el caso. El pago se hará efectivo al solo requerimiento escrito del Gerente Municipal de la Municipalidad de San Isidro, o de quien haga sus veces, en nuestras ofi cinas ubicadas en ....… Para honrar la presente Fianza a favor de ustedes bastará requerimiento por conducto notarial del Gerente Municipal de la Municipalidad de San Isidro, y toda demora de nuestra parte para honrarla devengará un interés equivalente a la tasa máxima LIBOR más un margen (spread) de 3%. La tasa LIBOR será la establecida por el Cable Reuter diario que se recibe en Lima a horas 11:00 a.m., debiendo devengarse los intereses a partir de la fecha en que se ha exigido su cumplimiento y hasta la fecha efectiva de pago. Nuestras obligaciones bajo la presente Fianza no se verán afectadas por cualquier disputa entre ustedes y nuestro cliente. El plazo de vigencia de esta Fianza será de ........., y se iniciará en la fecha …....... hasta el día ..... de ….... del año ...… Atentamente, Firma ................................... Nombre ................................ Entidad Bancaria ................... Nota: La garantía podrá ser emitida en el modelo del banco, siempre y cuando incluyan todas las condiciones antes señaladas. La Municipalidad de San Isidro proporcionará la lista de bancos autorizados a emitir la garantía. 460804-3 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Prorrogan fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial del Ejercicio 2010 DECRETO DE ALCALDÍA N° 000002 -2010/MDSJM San Juan de Mirafl ores, 25 de febrero del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: VISTO: El informe No. 301–2010-MDSJM-GR-SGAT de fecha 24 de Febrero de 2010, de la Sub Gerencia de Administración Tributaria perteneciente a la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal No. 000139- 2010-MDSJM de fecha 9 de Febrero de 2010, se aprueba las fechas de vencimiento del Impuesto Predial, correspondiente al ejercicio 2010; Que, de conformidad a lo dispuesto por la Unica Disposición Final de la Ordenanza Municipal No. 000139-2010-MDSJM, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza Municipal; Que, con el objeto de lograr la reducción de la morosidad, y a efectos de brindar mayor facilidades de pago a la gran mayoría de los contribuyentes del Distrito, para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, se ve por conveniente ampliar la fecha de vencimiento de la primera cuota correspondiente al Impuesto Predial del ejercicio 2010, cuya fecha fue fi jada para el día 26 de Febrero de 2010, debiéndose ampliar ésta hasta el 31 de Marzo de 2010; Que, en uso de las facultades conferidas por la Unica Disposición Final de la Ordenanza Municipal No. 000139- 2010-MDSJM de fecha 09 de Febrero de 2010, Artículo 20º, numeral 6 y el Artículo 39º de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar la fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota, correspondiente al Impuesto Predial del Ejercicio 2010 hasta el 31 de Marzo de 2010. Artículo 2º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 462079-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan fecha de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales de 2010 ORDENANZA Nº 352-MSS Santiago de Surco, 17 de febrero de 2010 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 006-2010-CGM-CAJ- MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 401-2010-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 166-2010-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Memorándum Nº 192-2010- GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 129-2010-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre proyecto de Ordenanza que amplía el plazo para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2010; y,