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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de julio de 2010 421625 a cargo de un Ente Rector que se constituye en su autoridad técnico - normativa a nivel nacional, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su ámbito; coordina su operación técnica y es responsable de su correcto funcionamiento en el marco de la presente ley, sus leyes especiales y disposiciones complementarias; Que, la Dirección Nacional de Operaciones es el órgano encargado de planifi car, organizar, coordinar, dirigir y supervisar la Política Nacional de Defensa Civil, así como de preparar a la población mediante la ejecución de simulacros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 037-2010-PCM se aprobó el “Plan de Prevención por Sismo 2010”; Que, mediante el documento de Vistos la Dirección Nacional de Operaciones solicita aprobar la Directiva -“Lineamientos para la organización, preparación y ejecución del Simulacro Nacional de Sismo del 11.AGO.2010”, que tiene como objeto establecer lineamientos básicos para poner a prueba la capacidad de preparación y respuesta de autoridades, instituciones y población, así como complementar las Directivas Nº 006- 2010-INDECI/10.2 (FASE IV) y Nº 007-2010-INDECI/10.2 (FASES II y III) relativas al “Plan Nacional de Prevención ante Sismos 2010”; De conformidad con el Decreto Ley Nº 19338, sus normas modifi catorias y ampliatorias y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones de INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y el Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM; Con las visaciones de la Sub Jefatura, la Dirección Nacional de Operaciones y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 008-2010/ INDECI/DNO - “Lineamientos para la organización, preparación y ejecución del Simulacro Nacional de Sismo del 11.AGO.2010” que obra en anexo adjunto en doce (12) folios, como parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Estadística y Telemática del INDECI en coordinación con la Secretaría General e Imagen Institucional la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Ofi cial El Peruano, así como el texto de la Directiva y su respectivo anexo en el Portal Institucional (www.indeci.gob.pe) e intranet. Artículo 3º.- Disponer que la Secretaría General distribuya la presente Directiva a nivel nacional e ingrese la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por Fedatario a la Sub Jefatura, a las Direcciones Nacionales, Direcciones Regionales y Ofi cinas, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. LUIS F. PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 513477-1 ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Designan Jefes de las Oficinas Zonales de Lima y Callao, Arequipa y Piura de COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°151-2010-COFOPRI/DE Lima, 2 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27594, regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, estableciendo en su artículo 7° que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el Artículo 1 de la citada Ley; Que, mediante el Decreto Supremo N° 025-2007- VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, en cuyo artículo 9° se establece que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad; Que, de conformidad con el literal i) del artículo 10° del referido Reglamento de Organización y Funciones, es función del Director Ejecutivo de COFOPRI, designar y cesar a los empleados de confi anza, de conformidad con la legislación vigente; Que, mediante la Resolución Suprema N° 006-2010- VIVIENDA publicada el 25 de mayo de 2010, se designó al señor Álvaro Delgado Scheelje, como Director Ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, mediante la Resolución Directoral N° 088- 2010-COFOPRI/DE de 29 de abril de 2010, se encargó a la señorita abogada Evelyn Tania Alvizuri Romaní, las funciones correspondientes al cargo de Jefe la Ofi cina Zonal de Lima y Callao del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal; Que, resulta necesario dejar sin efecto la encargatura dispuesta por la Resolución Directoral referida en el considerando precedente, disponiendo en consecuencia la designación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 y el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de COFOPRI; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al señor Alfredo Ladrón de Guevara Olarte, en el cargo de Jefe de la Ofi cina Zonal de Lima y Callao del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto, la encargatura dispuesta en el artículo primero de la Resolución Directoral N° 088-2010-COFOPRI/DE del 29 de abril de 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO DELGADO SCHEELJE Director Ejecutivo de COFOPRI 514363-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 152 -2010-COFOPRI/DE Lima, 2 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27594, regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, estableciendo en su artículo 7° que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el Artículo 1 de la citada Ley; Que, mediante el Decreto Supremo N° 025-2007- VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, en cuyo artículo 9° se establece que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad; Que, de conformidad con el literal i) del artículo 10° del referido Reglamento de Organización y Funciones, es