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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2010 (03/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de julio de 2010 421624 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Director General de Transporte Acuático a Ecuador para participar en el XIX Congreso Latinoamericano de Puertos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 104-2010-MTC Lima, 2 de julio de 2010 VISTO: El Memorándum Nº 1060-2010-MTC/02 de fecha 14 de junio de 2010 del Viceministro de Transportes y el Informe Nº 076-2010-MTC/13 de fecha 2 de junio de 2010, emitido por la Dirección General de Transporte Acuático; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiéndose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, mediante Ofi cio Nº 110-2010-ENAPU S.A./PD de fecha 24 de mayo de 2010, el Presidente del Directorio de ENAPU S.A. pone en conocimiento la realización del XIX Congreso Latinoamericano de Puertos, que se llevará a cabo del 7 al 9 de julio del 2010, en la ciudad de Manta, Ecuador; Que, se considera de suma importancia la participación del Director General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el citado Congreso, por cuanto permitirá obtener información actualizada, vinculada a las posibilidades de desarrollo en los Puertos del país, lo cual a su vez permitirá contar con elementos de juicio para actualizar y mejorar las políticas sectoriales relativas al Sistema Portuario Nacional y mejoramiento de infraestructuras y servicios portuarios; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa unifi cada de uso de aeropuerto, serán asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto; Que, la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración, con fecha 14 de junio de 2010, emitió la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 06065-2010, de conformidad con lo establecido en el Artículo 77º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley Nº 29465, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y a lo informado por la Dirección General de Transporte Acuático; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor José Luis Qwistgaard Suárez, Director General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Manta, Ecuador, del 6 al 9 de julio de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El gasto de los pasajes, viáticos y tarifa unifi cada de uso de aeropuerto que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, será cubierto con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,614.41 Viáticos US$ 800.00 Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto US$ 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los siete (7) días calendario de su retorno al país, el funcionario mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Suprema, deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el funcionario mencionado en la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho de exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 514630-13 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Aprueban Directiva “Lineamientos para la organización, preparación y ejecución del Simulacro Nacional de Sismo del 11.AGO.2010” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 155-2010-INDECI 21 de junio del 2010 VISTOS: El Memorándum Nº 342-2010-INDECI/11.0 de fecha 21.JUN.2010, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Ley Nº 19338 - Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, sus normas modifi catorias y ampliatorias, el Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI, es el Órgano rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI; Que, el artículo 44º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Sistemas están