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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2010 (20/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de julio de 2010 422524 UNIVERSIDADES Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a República Dominicana para participar en evento de la ALAFEC UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 03774-R-10 Lima, 19 de julio del 2010 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 02779-FCC-10 de la Facultad de Ciencias Contables, sobre viaje al exterior en comisión de servicios. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Decanato Nº 697-D- FCC-10 del 15 de julio del 2010, la Facultad de Ciencias Contables autoriza el viaje en Comisión de Servicios del 20 al 24 de julio del 2010, al Mg. JULIO CÉSAR TRUJILLO MEZA, con código N° 069914 , Director de la Unidad de Postgrado de la citada Facultad, para participar en su calidad de Miembro del Comité Organizador de la XII Asamblea General de ALAFEC, en la reunión convocada por el Presidente de la Asociación Latinoamericana de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración (ALAFEC), a realizarse en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana; Que asimismo, se le otorga las sumas en nuevos soles equivalentes a US$ 1,200.00 dólares americanos por concepto de Pasajes, US$ 1,000.00 dólares americanos por concepto de Viáticos por cinco días y US$ 30.25 dólares americanos por concepto de Tarifa CORPAC; Que el Jefe de la Unidad de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización y el Jefe de la Unidad de Economía de la Facultad de Ciencias Contables, emiten opinión favorable sobre la disponibilidad presupuestal; Que la participación del mencionado docente en el evento antes indicado benefi ciará a la Comunidad Universitaria Sanmarquina en lo académico y científi co, por cuanto elevará el nivel y calidad de enseñanza en la Universidad; así como, redundará a favor de la imagen de nuestro país, y contribuirá a su promoción económica; Que a fi n de mantener el normal desarrollo de las actividades de la Unidad de Postgrado de la Facultad de Ciencias Contables, es necesario encargar la Dirección de la citada Unidad al Dr. ELOY GRANDA CARAZAS, por el período que dure la ausencia del titular; Que el artículo 82º del Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM -Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, señala que: “El encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva, compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor. En ningún caso debe exceder el período presupuestal”; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y sus modifi catorias; SE RESUELVE: 1º.- Ratifi car la Resolución de Decanato Nº 697-D- FCC-10 del 15 de julio del 2010 de la Facultad de Ciencias Contables, como se indica: 1. Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 20 al 24 de julio del 2010, al Mg. JULIO CÉSAR TRUJILLO MEZA, con código N° 069914 , Director de la Unidad de Postgrado de la Facultad de Ciencias Contables, para participar en su calidad de Miembro del Comité Organizador de la XII Asamblea General de ALAFEC, en la reunión convocada por el Presidente de la Asociación Latinoamericana de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración (ALAFEC), a realizarse en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana. 2. Otorgar al Mg. JULIO CÉSAR TRUJILLO MEZA, las sumas en nuevos soles equivalentes a los montos que se indican, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Facultad de Ciencias Contables, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: Pasaje (Ida y vuelta) US$ 1,200.00 dólares americanos Viáticos (5x200) US$ 1,000.00 dólares americanos Tarifa CORPAC US$ 30.25 dólares americanos 2º.- Encargar la Dirección de la Unidad de Postgrado de la Facultad de Ciencias Contables al Dr. ELOY GRANDA CARAZAS, con código N° 030546, Docente Permanente Principal, por el período que dure la ausencia del titular. 3º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. 4º.- Encargar a la Ofi cina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Ciencias Contables el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FERNANDO IZQUIERDO VASQUEZ Rector 521274-2 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban el Código Regional de Procedimientos Administrativos Disci- plinarios ORDENANZA REGIONAL Nº 114 -AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Procedimientos Administrativos Disciplinarios deben garantizar a los funcionarios, empleados y servidores públicos del Gobierno Regional, los derechos de defensa y de debido procedimiento. Que el ejercicio de la potestad sancionadora, a través del procedimiento y acto disciplinarios, tiene por objetivo esencial la cautela del servicio público, de las actividades y/o proyectos a cargo, de los bienes y recursos tutelados del Estado y del interés público. Que corresponde al Gobierno Regional de Arequipa organizar el Régimen Administrativo Disciplinario sobre la base secuencial de dos fases administrativas: ((a)) El Ejercicio de la Potestad Disciplinaria, en primera instancia, a cargo de Unidades de Función Disciplinaria y las respectivas Comisiones de Procesos Disciplinarios; y, ((b)) La Función de Tutela Administrativa, en segunda instancia, a cargo del Tribunal Administrativo Regional, que tendrá a su cargo el control jurídico-administrativo de los procedimientos y los actos disciplinarios aplicados. Que, por estas consideraciones, al amparo de lo regulado en la Ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,