Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2010 (20/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y, en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 0012007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010AREQUIPA y la Ordenanza Regional 055-AREQUIPA; SE ORDENA: Articulo 1º.- Disposicion Aprobatoria APROBAR el CODIGO REGIONAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS; MORDAZA Regional que consta de (V) Titulos y (80) articulos, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo 2º.- Tribunal Administrativo Regional CREAR el Tribunal Administrativo Regional dentro de la estructura organica del Gobierno Regional de MORDAZA, como Organo Colegiado que en MORDAZA instancia, tendra a su cargo el control juridico-administrativo de los procedimientos y resoluciones disciplinarias conforme lo regulado en el Codigo Regional de Procedimientos Administrativos Disciplinarios aprobado. Articulo 3º.- Vigencia La presente Ordenanza Regional aprobada entrara en vigencia el 30 de agosto de 2010. Articulo 4º.- Publicacion Oficial y Electronica DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial "El Peruano", como en el Diario de Avisos Judiciales "La Republica"; la Oficina Regional de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, publicara electronicamente el texto integro de la MORDAZA y sus anexos de conformidad con lo regulado en el articulo 9 del Decreto Supremo Nro. 0012009-JUS. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.-Suspension de plazos de procesos y procedimientos Desde el dia siguiente de publicada la presente MORDAZA Regional y hasta el dia 30 de agosto de 2010, se suspenderan en forma inmediata todos los procesos disciplinarios y los procedimientos recursales en el estado en que se encuentren, asi como todas las diligencias pendientes de actuacion, incluyendose todos los plazos procesales y de prescripcion respectivos. Segunda.- Conformacion de Comisiones Inmediatamente publicada la presente MORDAZA Regional, y en el plazo MORDAZA de (10) dias habiles, las Gerencias Regionales, Gerencias y/o Jefaturas de Organos Desconcentrados calificados como Unidades de Funcion Disciplinaria, deberan conformar las correspondientes Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios; una vez formalizada su conformacion, en el plazo perentorio de (01) dia deberan instalarse a los efectos de recepcionar e inventariar los respectivos expedientes administrativos disciplinarios. Tercera.- Remision de los Expedientes La Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y/o la Comision Especial, constituidas al MORDAZA de la Ordenanza Regional Nro. 080-AREQUIPA, de manera inmediata, a partir del dia siguiente de publicada la presente MORDAZA Regional, deberan iniciar el MORDAZA de remision de los expedientes administrativos disciplinarios, segun corresponda, a las Gerencias Regionales, Gerencias y/o Jefaturas de Organos Desconcentrados donde tuvieron su origen; para lo cual deben precisar los siguientes datos: i) Numero de folios del expediente; ii) Estado administrativo actual del MORDAZA disciplinario. Cuarta.- Responsabilidad Administrativa y Penal De verificarse la inasistencia de uno o mas de los miembros (titulares o suplentes) a las reuniones o sesiones de trabajo de la correspondiente Comision de MORDAZA Administrativo Disciplinario; o si se verificase

el incumplimiento de las disposiciones reguladas en el Decreto Legislativo Nro. 276 y/o del Decreto Supremo Nro. 005-90-PCM; o si uno de los integrantes de la comision o la comision en su conjunto incurre en falta disciplinaria; entonces, correspondera al Ejecutivo Regional iniciar las acciones administrativas pertinentes de conformidad con lo regulado en la Ley 27815 / Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, y, el Decreto Supremo Nro. 0332005-PCM / Reglamento de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica; y si fuera el caso, las acciones de responsabilidad penal. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- MORDAZA Derogatoria Deroguense los articulos 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de la Ordenanza Regional Nro. 080-AREQUIPA y todas las disposiciones regionales que se opongan. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los trece dias del mes de MORDAZA de 2010. MORDAZA YANEZ MORDAZA Presidenta del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) del Gobierno Regional MORDAZA 520785-1

GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Aprueban solicitud para la obtencion del Certificado de Habilitacion para la instalacion del Cementerio Ecologico "Parque del Recuerdo de Ica"
DIRECCION REGIONAL DE SALUD RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL Nº 157-2010-DIRESA-ICA/DG lca, 31 de marzo del 2010 VISTOS: El Expediente con registro N° 788- 2009DESA (FUT N° 04054), que contiene la solicitud de Certificado de Habilitacion presentada por la Asociacion Civil San MORDAZA MORDAZA representado por su Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Santana; y demas actuados. CONSIDERANDO: Primero.- Que, con fecha 3 de diciembre de 2009, la Asociacion Civil San MORDAZA MORDAZA, inscrita en la Partida N° 01861921 del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, solicita Certificado de Habilitacion para la instalacion de un Cementerio Ecologico denominado "Parque del Recuerdo de lca", ubicado en el Predio MORDAZA MORDAZA, comprension del Distrito de Subtanjalla, Provincia y Departamento de lca, para lo cual adjunta Expediente Tecnico- Memoria Descriptiva, RUC, MORDAZA literal- 4 Planos, titulos de propiedad y fotos de diseno. Segundo.- Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 3º del Decreto Supremo N° 03-94-SA, Reglamento de la Ley N° 26298, Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, los cementerios, locales y servicios funerarios

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