Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2010 (20/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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de planificacion, el fortalecimiento de la capacidad de las comunidades nativas para el aprovechamiento sostenible y la comercializacion de los recursos forestales. Articulo Octavo.- RECOMENDAR al Ministerio de Agricultura y al Ministerio de Economia y Finanzas: a) Concluir formalmente el MORDAZA de transferencia de funciones en materia forestal respecto de los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, Pasco y Junin. Al mismo tiempo, transferir a dichos gobiernos los recursos necesarios, ordinarios y directamente recaudados, para el debido sostenimiento de las nuevas funciones asumidas. b) Transferir los recursos necesarios, ordinarios y aquellos que son recaudados por estos conceptos, a los Gobiernos Regionales de San MORDAZA, MORDAZA, Ucayali y MORDAZA de MORDAZA, para el debido sostenimiento de las nuevas funciones asumidas en materia forestal. Articulo Noveno.- RECOMENDAR al Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA (OSINFOR): a) Disenar e implementar un programa especial dirigido a fortalecer la capacidad de los funcionarios asignados a sus oficinas desconcentradas, a fin de que puedan ejercer apropiadamente sus responsabilidades. b) Incorporar, dentro de su manual de supervision, disposiciones especificas sobre la coordinacion e ingreso a las comunidades nativas que tienen permisos para el aprovechamiento forestal con fines comerciales, respetando su identidad social y cultural, sus costumbres, tradiciones y sus instituciones. Articulo Decimo.- RECOMENDAR a los Gobiernos Regionales: a) Otorgar a las oficinas que ejerzan las funciones en materia forestal el nivel jerarquico adecuado en su estructura organica, acorde con la importancia de los bosques en la Region. b) A los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, Pasco y MORDAZA, elaborar y aprobar sus instrumentos institucionales y de gestion (ROF, MOF, MORDAZA y CAP), asi como las herramientas o procedimientos que incorporen las funciones en materia forestal transferidas en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion a los Gobiernos Regionales. c) A los ocho gobiernos regionales supervisados, revisar y actualizar sus instrumentos de gestion de modo tal que faciliten el ejercicio de las competencias en materia forestal otorgadas, en particular la definicion de las funciones y competencias de las oficinas que conforman la estructura organica de las oficinas responsables de asumir las competencias en materia forestal. Articulo Undecimo.- ENCARGAR el seguimiento de las recomendaciones del Informe Defensorial Nº 151 a la Adjuntia del Medio Ambiente, Servicios Publicos y Pueblos Indigenas de la Defensoria del Pueblo. Articulo Decimosegundo.- INCLUIR la presente Resolucion Defensorial en el Informe Anual de la Defensoria del Pueblo al Congreso de la Republica, de acuerdo con lo establecido en el articulo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 520733-1

El Memorando Nº 614-2010-DP/OGRH que adjunta los memorandos Nº 251-2010-DP/PAD, Nº 66-10 DPTumbes y Nº 0180-2010-DP/SG; el Informe Nº 046-2010DP/OPPRE y el Memorando Nº 409-2010-DP/OAF que adjunta la Solicitud de Viaticos para Comision de Servicio (Comision al Exterior) Anexo 02, mediante el que se solicita la emision de la resolucion que autorice el viaje en comision de servicios de la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de la Oficina Defensorial de Tumbes, a fin de llevar a cabo la actividad de "Supervision a Consulados del Peru en Ecuador", que se realizara en la Republica del Ecuador; del 20 al 23 de MORDAZA del 2010; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoria del Pueblo debe cumplir el encargo de la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; asi como la supervision del cumplimiento de los deberes de la administracion estatal y de la prestacion de los servicios publicos, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 162º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; Que, segun los documentos de vistos, se comunica que la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de la Oficina Defensorial de Tumbes, con Nivel y Categoria D5, realizara un viaje en comision de servicios a la Republica del Ecuador, con el fin de llevar a cabo la actividad de "Supervision a Consulados del Peru en Ecuador", del 20 al 23 de MORDAZA del 2010; Que, es relevante la participacion de la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la actividad de "Supervision a Consulados del Peru en Ecuador", que se realizara en la Republica del Ecuador; en la medida en que la institucion, en observancia de su funcion de defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y la comunidad, garantice el efectivo cumplimiento de los derechos de la comunidad Peruana en Ecuador; Que, conforme a los documentos de vistos, se infiere que el viaje de la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA implicara gastos al presupuesto institucional, correspondiendo que la institucion financie los gastos de viaticos y pasajes internacionales, de acuerdo a lo senalado en el Memorando Nº 409-2010-DP/OAF; Que, los articulos 2º y 3º de la Ley Nº 27169, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos y representantes del Estado que irroguen gastos al tesoro publico, y los articulos 2º y 4º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, establecen que las resoluciones que autoricen los viajes deberan sustentarse en el interes nacional o institucional; e indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos del desplazamiento, viaticos y tarifa CORPAC. Asimismo dispone la obligacion de publicar la referida resolucion en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, asimismo, el MORDAZA parrafo del articulo 5º del precitado Reglamento establece la Escala de Viaticos por zonas geograficas y dispone que sobre dicha Escala, las Entidades del Sector Publico deberan aprobar, mediante Resolucion del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario Oficinal El Peruano, menores asignaciones por concepto de viaticos tomando en consideracion las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de financiamiento parcial, duracion del viaje por capacitacion, entre otras circunstancias, a fin de privilegiar la austeridad del gasto fiscal; Que, por otro lado, el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, senala que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru. Asimismo, establece que en el caso de los Organismos Constitucionalmente Autonomos, la excepcion es

Autorizan viaje de Jefa de la Oficina Defensorial de Tumbes a Ecuador, en comision de servicios
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 0018-2010/DP MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2010

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