Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2010 (20/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2010

para su habilitacion, construccion y funcionamiento requieren de tres requisitos: a) El Certificado de Habilitacion otorgado por el Ministerio, a traves de las Regiones o Subregiones de Salud de Salud, segun sea el caso; b) La Licencia de Construccion otorgada por la Municipalidad correspondiente; y c) La Autorizacion Sanitaria, otorgada por la Autoridad de Salud. Tercero.- Que, para la obtencion del Certificado de Habilitacion, la persona juridica en la solicitud debera consignar la siguiente informacion ,y documentos: a) La razon social del promotor, asi como la acreditacion de su personeria juridica y su Inscripcion en el registro correspondiente; b)EI lugar de funcionamiento de su oficina principal y el ambito geografico en el que planea desarrollar sus actividades; c) El nombre del cementerio, local o servicio funerario; d) La inversion estimada para iniciar sus operaciones; e) El nombre del representante ante la Autoridad de salud; f) Documentos: i)Testimonio de la Escritura Publica de Constitucion Social y Estatutos debidamente inscrita en los Registros Publicos, ¡i)Titulo de propiedad del terreno o contrato de opcion de compra con firmas legalizadas o nombre de la persona juridica promotora, si el objeto de la solicitud es la construccion de cementerio o local funerario, iii)Ubicacion geografica/ plano a escala de 1: 5,000, iv) Plano de distribucion y especificaciones tecnicas, y v) Aprobacion de la ubicacion geografica, otorgada por el correspondiente municipio provincial. Cuarto.- Que, del analisis del expediente se tiene que la Autoridad de Salud al advertir informacion y documentacion no consignada en la solicitud, mediante Oficio N° 023 de 9 de diciembre de 2009 y Oficio N° 060 de 7 de enero de 2010 requirio al representante legal de la Asociacion San MORDAZA MORDAZA a efecto de que sea subsanada, el mismo que con escrito de fecha 12 de enero adjunta la documentacion solicitada. Quinto.- Que, contandose con la documentacion respectiva, mediante Informe N° 018-2010-DESADEPASO-UPRNFyF de fecha 19 de enero emitido por el Ingeniero MORDAZA A. MORDAZA A. a cargo del expediente y levantamiento de observaciones, y el Informe N° 020DESA-DEPASO de fecha 25 de enero suscrito por el Director de la Direccion de Ecologia, Proteccion del Medio Ambiente y Salud Ocupacional de la Direccion Ejecutiva de Salud Ambiental Ingeniero MORDAZA A. MORDAZA Anicama, opinan en forma favorable para que se le otorgue al recurrente el Certificado de Habilitacion correspondiente al haber cumplido con la documentacion estipulada en el articulo 4º del Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios. Sexto.- Que, en consecuencia, al haberse efectuado los descargos respectivos por parte del promotor y existiendo opinion favorable de la dependencia competente respecto a la seriedad, viabilidad y demas condiciones tecnicosanitarias del proyecto presentado, corresponde emitir la resolucion aprobatoria. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26298 y su Reglamento Decreto Supremo N° 03-94-SA; Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y estando a las visaciones de la Direccion Ejecutiva de Salud Ambiental, Direccion Ecologia, Proteccion del Medio Ambiente y Salud Ocupacional, y de la Oficina de Asesoria Juridica. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud para la obtencion del Certificado de Habilitacion para la instalacion del Cementerio Ecologico denominado "Parque del Recuerdo de lca", ubicado en el Predio MORDAZA MORDAZA, comprension del Distrito de Subtanjalla, Provincia y Departamento de lca, presentado por la Asociacion Civil San MORDAZA Bautista. Articulo 2º.- Autorizar la emision del Certificado de Habilitacion dentro de los tres (3) dias siguientes a la fecha de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA R. BRIZUELA POW MORDAZA Director Regional 521043-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA N° 006-2010-A-MDC. Cieneguilla, 3 de MORDAZA del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. CONSIDERANDO: Que, el dia 28 de MORDAZA de 1821, se proclamo la Independencia del Peru, fecha que se instituyo como Dia de la Independencia Nacional; Que, con tal motivo, en conmemoracion del 189º Aniversario de la Independencia del Peru y con la finalidad de fortalecer en los vecinos el sentimiento civico patriotico y de identidad para con el MORDAZA, debe disponerse el embanderamiento con el Pabellon Nacional de todos los inmuebles dentro de la jurisdiccion de Cieneguilla; Que, igualmente, el articulo 93º, inciso 6º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, faculta de manera especial a las Municipalidades, a disponer la pintura periodica de las fachadas; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del Articulo 20º y el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general dentro de la jurisdiccion de Cieneguilla, durante el periodo comprendido entre el 15 al 31 de MORDAZA del 2010, con motivo de conmemorarse el 189° ANIVERSARIO DE LA INDEPENDENCIA DEL PERU. Articulo Segundo.- RECOMENDAR a los vecinos del distrito el pintado de las fachadas de los inmuebles publicos y privados, asi como, la limpieza del frontis de sus inmuebles. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacion Vecinal, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA 520757-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan la vigencia de la Ordenanza Nº 345-MDJM que otorgo beneficios a contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2010-MDJM MORDAZA MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; VISTO, el Memorandum Nº 0434-2010/MDJM/GM, remitido por la Gerencia Municipal; y,

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