Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2010 (21/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de julio de 2010 422574 regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 3 de octubre de 2010, proceso este último en el que está permitido el voto de ciudadanos extranjeros residentes por más de dos años en el país, excepto en las municipalidades de frontera, de acuerdo al artículo 7 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales. 2. Mediante las Resoluciones Nºs 331-2008-JNE y 331-A-2008-JNE, de fecha 7 de octubre de 2008, el Jurado Nacional de Elecciones convocó a Referéndum Nacional para la aprobación o desaprobación del “Proyecto de Ley de Devolución de Dinero del Fonavi a los Trabajadores que contribuyeron al mismo”; y por Resolución Nº 088- 2010-JNE de fecha 12 de febrero de 2010, se dispuso que el citado referéndum se lleve a cabo el domingo 3 de octubre de 2010, conjuntamente con las Elecciones Regionales y Municipales; y siendo el referéndum de cobertura nacional, se recibirá el voto de los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero, de conformidad con el artículo 224 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones. 3. El Sistema Electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica de los ciudadanos, siendo competencia del Jurado Nacional de Elecciones fiscalizar el ejercicio del sufragio, la realización de los procesos electorales y la elaboración de los padrones electorales a utilizarse en elecciones y consultas populares, a tenor de lo dispuesto en los artículos 176 y 178 de la Constitución Política del Perú. Asimismo, el artículo 201 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil remite el Padrón Electoral actualizado al Jurado Nacional de Elecciones, con 90 días de anticipación a la fecha de las elecciones, para su aprobación dentro de los 10 días siguientes. 4. Siendo el 5 de junio de 2010 (120 días antes de la elección) la fecha de cierre del Padrón Electoral con arreglo a lo previsto por la Ley Nº 27764, a efectos de fi scalizar su contenido, se dispuso con Resolución Nº 331-2010-JNE de fecha 26 de mayo de 2010, la remisión de la lista inicial, sobre la cual se efectuó el correspondiente trabajo de campo que permitió hacer observaciones al Padrón que fueron remitidas al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil para su procesamiento. Luego de lo cual, llegado el momento de la entrega ofi cial del Padrón, dicha institución lo remitió el 5 de julio de 2010. 5. De la revisión del Padrón Electoral recibido al 5 de julio de 2010 y su comparación con la lista inicial a que se refi ere el párrafo anterior, se encontraron 123,440 casos de cambios de domicilio realizados en vísperas del cierre del mismo, situación que exigió una segunda verifi cación de campo para determinar su idoneidad, cuyas observaciones fueron remitidas a la referida institución para su levantamiento. 6. Habiendo sido presentado el Padrón Electoral en la fecha, y verifi cado su contenido luego del procesamiento correspondiente por parte del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, conforme se señala en el informe de fi scalización anexo al Memorando Nº 997- 2010-DNFPE/JNE, las observaciones han sido levantadas y el Padrón Electoral se encuentra expedito para su aprobación. Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el uso del Padrón Electoral elaborado por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil para el proceso de Elecciones Regionales, Municipales y Referéndum Nacional para la Aprobación o Desaprobación del “Proyecto de la Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo” del año 2010, que cuenta con 19´595,300 electores en total; de los cuales, 18´878,337 están registrados dentro del territorio nacional, incluyendo a 23 ciudadanos extranjeros que participarán en elecciones municipales y 716,963 electores peruanos residentes en el extranjero. Artículo Segundo.- REMITIR a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales los medios técnicos entregados por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, conteniendo el Padrón Electoral aprobado. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO MINAYA CALLE MONTOYA ALBERTI VELARDE URDANIVIA BRAVO BASALDÚA Secretario General 521001-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Designan Jefe responsable de la Oficina Registral Surco de la Jefatura Regional 10 - Lima RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 641-2010-JNAC/RENIEC Lima, 20 de julio del 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 2749-2010/GOR/RENIEC, de la Gerencia de Operaciones Registrales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 856-2007- JNAC/RENIEC de fecha 5 de octubre de 2007, se designó como Jefe responsable de la Ofi cina Registral Surco de la Jefatura Regional 10 - Lima, a la señora IRENE GUADALUPE CHUECAS CALLE; Que, mediante el documento del Visto la Gerencia de Operaciones Registrales propone se designe como Jefe responsable de la Ofi cina Registral Surco a la señora ELISABETH MARÍA ALVARIÑO PONTE, por lo cual corresponde dar por concluida la designación mencionada en el considerando precedente; Estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, en concordancia con el literal h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 448-2010-JNAC/RENIEC y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la designación de la señora IRENE GUADALUPE CHUECAS CALLE, como Jefe responsable de la Ofi cina Registral Surco de la Jefatura Regional 10 – Lima. Artículo Segundo.- DESIGNAR, a partir de la fecha, a la señora ELISABETH MARÍA ALVARIÑO PONTE, como Jefe responsable de la Ofi cina Registral Surco de la Jefatura Regional 10 – Lima de la Gerencia de Operaciones Registrales, quien además ejercerá las funciones previstas en el artículo 15º del Reglamento de Inscripciones en su calidad de Registrador y actuará como primera instancia administrativa en los procedimientos registrales que se inicien dentro del ámbito de su competencia.