Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2010 (21/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bedoya Chanove al cargo de Juez Especializado Titular del Juzgado Penal de MORDAZA, quien viene desempenandose como Juez Superior Provisional de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, Corte Superior de Justicia de Moquegua; agradeciendosele por los servicios prestados a la Nacion. Sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

Distritos Judiciales en donde entrara en vigencia el MORDAZA sistema procesal, tienen la responsabilidad de coordinar con el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal y la Secretaria Tecnica del citado Equipo Tecnico, para los fines de realizar el monitoreo y evaluacion permanente y de esa forma proponer las acciones administrativas y de control pertinentes que al respecto MORDAZA lugar en sus respectivas sedes judiciales; Cuarto: Que, los numerales 24, 25 y 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE:

SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 521764-4 Articulo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales transitorios de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, en la forma que se indica a continuacion: - Hasta el 30 de setiembre de 2010 Provincia de Tumbes: · El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio. - Hasta el 31 de diciembre de 2010 Provincia de Tumbes: · Primera y MORDAZA MORDAZA Penales Liquidadoras Transitorias. · MORDAZA Juzgado Penal Liquidador Transitorio. Provincia de Contralmirante Villar: · El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio. Articulo Segundo.- El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial conforme a la evaluacion de los informes tecnicos - estadisticos de la Corte Superior de Justicia de Tumbes y de la Gerencia General, podra disponer la conversion o reubicacion de los mismos, asi como adoptar las medidas que resulten pertinentes. Articulo Tercero.- Facultar al Presidente de Ia Corte Superior de Justicia de Tumbes y a la Gerencia General del Poder Judicial en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion e implementacion del Codigo Procesal Penal; incluyendo las que para dicho efecto el Presidente del citado Distrito Judicial deba adoptar de manera complementaria para la adecuada distribucion de la carga procesal de los organos jurisdiccionales, y que en tal sentido resulten pertinentes para la aplicacion de esta decision; informando al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Cuarto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Academia de la Magistratura, Corte Superior de Justicia de Tumbes, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 521764-5

Prorrogan plazo de funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales transitorios de la Corte Superior de Justicia de Tumbes
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 238-2010-CE-PJ MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2010 VISTOS: El Oficio N° 680-2010-ETI-PJ, cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Oficio N° 247-2010-DPD/PJ, del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Oficio N° 0452010-P-CI-CPP-CSJTU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, este Organo de Gobierno mediante Resoluciones Administrativas Nros. 340-2008-CEPJ, 071, 383 y 416-2009-CE-PJ, dispuso entre otros aspectos, crear, convertir, reubicar y prorrogar organos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Tumbes, en atencion a los pedidos formulados por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal; Segundo: En tal sentido, estando a lo expuesto por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como politica institucional la de adoptar medidas en aras de un optimo servicio de imparticion de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; deviene en necesario dictar precisiones complementarias a las ya impartidas; como es el caso de autorizar las prorrogas del funcionamiento de los organos jurisdiccionales liquidadores transitorios creados para los fines de implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal en el mencionado Distrito Judicial, teniendo en cuenta la carga procesal aun pendiente; Tercero: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolucion Administrativa N° 053-2008-CE-PJ del 25 de febrero de 2008, las Comisiones de Magistrados para la Implementacion del Codigo Procesal Penal, en los

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