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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2010 (21/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de julio de 2010 422568 desempeñándose como Juez Superior Provisional de la Sala Mixta Transitoria del Callao; Segundo: Que, el cargo de magistrado termina entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3, de la Ley de la Carrera Judicial; Tercero: Que en tal sentido y sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por el recurrente, no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como magistrado de este Poder del Estado; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Robinson Gonzales Campos por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, con efectividad al 24 de junio del año en curso, la renuncia formulada por el señor Carlos Hugo Gutiérrez Paredes al cargo de Juez Especializado Titular del Primer Juzgado Laboral del Callao, quien venía desempeñándose como Juez Superior Provisional de la Sala Mixta Transitoria del Callao; agradeciéndosele por los servicios prestados a la Nación. Sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARIO PALACIOS DEXTRE 521764-2 Aceptan renuncia de Juez Especializado Titular del Juzgado Civil de Jauja, Distrito Judicial de Junín RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 230-2010-CE-PJ Lima, 1 de julio de 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 0672-2010-P-CSJJU/PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, remitiendo la solicitud presentada por el señor Adgemirer Rolando Rosales Hilario, con certifi cación de fi rma ante Notario Público de Satipo, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el señor Adgemirer Rolando Rosales Hilario formula renuncia irrevocable al cargo de Juez Especializado Titular del Juzgado Civil de Jauja, Distrito Judicial de Junín, con efectividad al 16 de junio del año en curso; solicitando se disponga se liquiden y abonen los respectivos derechos laborales que en razón del ejercicio del cargo desempeñado corresponden; Segundo: Que, el cargo de magistrado termina entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3, de la Ley de la Carrera Judicial; Tercero: Que, en tal sentido y sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por el recurrente, no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como magistrado de este Poder del Estado; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Robinson Gonzales Campos por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, con efectividad al 16 de junio del año en curso, la renuncia formulada por el señor Adgemirer Rolando Rosales Hilario al cargo de Juez Especializado Titular del Juzgado Civil de Jauja, Distrito Judicial de Junín; agradeciéndosele por los servicios prestados a la Nación. Sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARIO PALACIOS DEXTRE 521764-3 Aceptan renuncia al cargo de Juez Especializado Titular del Juzgado Penal de Moquegua, que venía desempeñandose como Juez Superior Provisional de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, Corte Superior de Justicia de Moquegua RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 231-2010-CE-PJ Lima, 01 de julio de 2010 VISTA: La solicitud presentada por el señor Juan Guillermo Nicolás Bedoya Chanove, Juez Especializado Titular del Juzgado Penal de Moquegua, con certifi cación de fi rma ante la Secretaria de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el señor Juan Guillermo Nicolás Bedoya Chanove formula renuncia al cargo de Juez Especializado Titular del Juzgado Penal de Moquegua, quien viene desempeñándose como Juez Superior Provisional de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, por razones personales; solicitando se le otorgue pensión por cesantía de acuerdo al tiempo de servicios, y se disponga la compensación por tiempo de servicios correspondiente; Segundo: Que, el cargo de magistrado termina entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3, de la Ley de la Carrera Judicial; Tercero: Que en tal sentido y sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por el recurrente, no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como magistrado de este Poder del Estado;