TEXTO PAGINA: 26
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de junio de 2010 420296 Municipalidad realice el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario. Que, el artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que en caso de vacancia o ausencia del Alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Que, mediante Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se regulan las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos. Que, conforme al Art. 5º del D.S. Nº 047-2002-PCM, los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas, especifi cadas en dicha norma. Que, mediante Memorándum Nº 2087-2010-MDA/OGP- OPr la Ofi cina de Presupuesto, precisa la Disponibilidad Presupuestal correspondiente para el referido viaje, con cargo al presupuesto del Ejercicio Fiscal 2010. Que, mediante Informe Nº 338-2010-MDA/OGAJ la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, señala que corresponde al Concejo Municipal autorizar el mencionado viaje de acuerdo a su competencia, opinando por su procedencia de acuerdo a los informes de la Ofi cina de Cooperación Técnica y la Ofi cina de Presupuesto. Que, mediante Dictamen Nº 006-2010-MDA/CPyADM la Comisión de Planifi cación y Administración, recomienda autorizar el viaje del Señor Alcalde, para participar en el II Foro de Autoridades Locales de la Periferia, que se llevará cabo en la Ciudad de Getafe – Madrid – España. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por unanimidad de los señores Regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; SE ACUERDA: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje del Dr. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate a la Ciudad de Getafe - Madrid - España, desde el 8 al 18 de junio del presente año, para que en representación de la entidad, asista al II Foro de Autoridades Locales de la Periferia. Artículo 2º.- EL EGRESO que demande el viaje autorizado, será con cargo al presupuesto de las Partidas Específi cas: - 2.3.2.1.1.1 Pasajes y Gastos de Transporte US$ 2,395.17 - 2.3.2.1.1.2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio US$ 2,600.00 - 2.5.4.1.2.1 Derechos Administrativos (Impuesto) US$ 31.00 (Tarifa Única por Uso de Aeropuerto). Haciendo un total neto de US$ 5,026.17 Dólares Americanos o su equivalente en moneda nacional. Artículo 3º.- Dentro de los 15 días calendarios siguientes a la realización del viaje, el Dr. Juan Enrique Dupuy García, presentará un informe detallado sobre las acciones realizadas, logros obtenidos y la correspondiente rendición de cuentas, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- ENCARGAR al Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate, Sr. Johnny Walker Vásquez Arana, el Despacho de Alcaldía de acuerdo al Art. 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; del 8 al 18 de junio del presente año, en tanto dure la ausencia del Señor Alcalde Dr. Juan Enrique Dupuy García. Artículo 5º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Oficina General de Administración, Oficina de Tesorería, Oficina de Presupuesto, Oficina de Cooperación Técnica y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 503094-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Modifican el D.A. Nº 030, sobre designación de miembros integrantes de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito de San Juan de Lurigancho DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007 San Juan de Lurigancho, 1 de junio del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 141 de fecha 22/05/2008 se conformó la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del Distrito de San Juan de Lurigancho, integrado, entre otros, por tres funcionarios de esta Corporación Municipal: El Gerente de Desarrollo Económico, el Gerente de Asesoría Jurídica y el Subgerente de Control, Operaciones y Sanciones; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 030 de fecha 27/10/2008 se estableció a los miembros integrantes de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del Distrito de San Juan de Lurigancho, conformada mediante Ordenanza Nº 141 de fecha 22/05/2008, formando parte de ella los siguientes funcionarios de esta Corporación Edil: Dr. Wiliam Dennis Murillo Mejía en su calidad de Gerente de Desarrollo Económico, Dr. Marcelino Huamán Cano en su calidad de Gerente de Asesoría Jurídica y el Dr. Gari Peralta Carrión en su calidad de Subgerente de Control, Operaciones y Sanciones; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002 de fecha 9/01/2009 se modifi có el Decreto de Alcaldía Nº 030 de fecha 27/10/2008, incluyéndose como nuevo integrante de la antes señalada Comisión al Lic. Javier Pérez Valderrama, actual Subgerente de Control, Operaciones y Sanciones, en sustitución del Dr. Gari Peralta Carrión, asimismo mediante Decreto de Alcaldía Nº 018 de fecha 20/10/2009 y ante la designación de la Dra. Flor Rosario Coronado Vásquez como nueva Gerente de Asesoría Jurídica se modifi có el Decreto de Alcaldía Nº 030- 2008 incluyéndose a su persona como integrante de la señalada Comisión en sustitución del Dr. Marcelino Huamán Cano; Que, mediante Ordenanza Nº 187 de fecha 4/02/2010, complementada mediante Ordenanza Nº 190 de fecha 15/03/2010, se modifi có el organigrama estructural de esta Corporación Municipal, asimismo se modifi có los artículos 16º, 52º, 53º, 57º, 62º, 63º y 66º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobada mediante Ordenanza Nº 107 de fecha 26/03/2007, esto debido a la creación de la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad así como de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva; Que, el Artículo Octavo de la Ordenanza Nº 187 establece modifi car el Artículo 66º del Reglamento de Organización y Funciones, ROF, de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, estableciendo que la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad es un órgano de línea dependiente de la Gerencia de Desarrollo Económico y tiene como objetivo la supervisión de las actividades relacionadas al servicio de transporte, así como garantizar la atención de las autorizaciones de movilidad urbana en el ámbito de competencia y jurisdicción, asignándole por otro lado funciones y competencias; Que, estando a la creación de la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad y en virtud a sus funciones y competencias detalladas en la Ordenanza Nº 187 de fecha 4/02/2010, mediante Ordenanza Nº 194